Estudio Juridico - Abogada Griselda Alaniz Andre

Estudio Juridico - Abogada Griselda Alaniz Andre Laboral. Civil. Comercial. Familia. Defensa del Consumidor. Violencia Familiar

� Estudio Jurídico - Abogada Griselda Alaniz André
Egresada de la UNC
Especialista en Derecho del Trabajo (UNC - UCC - UNL)
� Asesoramiento jurídico integral.

🤔 Si bien seguro sabes que la salud es un DERECHO, pero que tanto sabes respecto del ejercicio de ese derecho?👩‍⚕️🧑‍⚕️Sa...
15/09/2020

🤔 Si bien seguro sabes que la salud es un DERECHO, pero que tanto sabes respecto del ejercicio de ese derecho?

👩‍⚕️🧑‍⚕️Sabías que cuando accedes a los servicios de medicina prepaga estás inmerso en una relación de consumo?

🩺 La empresa prestadora del servicio y los prestadores médicos persiguen un fin económico, y el consumidor (el futuro paciente) tiene derecho a una medicina total e integral.

🩺 En resumidas lineas, la prepaga se obliga a prestar servicios médicos a los pacientes, sujeto a la condición de la existencia de una enfermedad, y el usuario/cliente se obliga al pago de un precio anticipado y periódico.

🩺 En este contexto se desarrolla la finalidad asistencial de la contratación y ello es ajustado a la modalidad de plan escogido por el usuario (paciente).

🩺 Es importante tomar conciencia de que el servicio de medicina prepaga constituye un supuesto más de protección al consumidor, siendo éste la parte mas débil de la relación y que la misma esta inmersa en una serie de protecciones, tanto por ser sujeto de preferente tutela como también porque involucra un derecho personalísimo del afiliado, derecho íntimamente vinculado con la persona humana, por ello tiene especial protección.

🆘 Hay diversas herramientas para hacer cumplir el servicio contratado e incluso su modalidad: medidas cautelares, reclamos por aumento indebido de cuota conforme la edad del usuario, amparos, reclamos por intervenciones quirúrgicas o tratamiento denegados, la lista sigue y sigue...

Es adecuado el servicio de salud al que accedes?
Es correcta la relación precio y servicio?? Contanos tu experiencia

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⚖️ Estudio Juridico Alaniz André

‼️‼️Este es un tema que ha generado MUCHAS consultas, por eso queremos aclarar los puntos mas importantes que rigen con ...
03/09/2020

‼️‼️Este es un tema que ha generado MUCHAS consultas, por eso queremos aclarar los puntos mas importantes que rigen con la nueva ley 👇

📍 PLAZO el mínimo ahora es de 3 años (ya no de 2 años)

📍 AJUSTES solo pueden ser anuales y conforme a las variaciones mensuales del RIPTE (que toma la evolucion de los salarios) e IPC (toma la evolución de la inflación)

📍 DEPOSITO ahora la ley limita su monto al valor del primer mes de alquiler (si dicho importe debe ser devuelto por el locador se actualiza al valor del último mes de alquiler)

📍 GASTOS a cargo del LOCATARIO, ademas del precio, los servicios y expensas. El Locador es el obligado al pago de impuestos que graven a la propiedad y de expensas comunes cuando sean extraordinarias.

📍 GARANTIAS el locatario debe brindar al menos 2 de las siguientes: garantía real (titulo propietario de un inmueble), aval bancario, caución y los famosos garantes (fianza o fiador solidario), también puede ser la propia garantia personal del locatario a través de recibo de sueldo o certificación de ingreso. Importante! en caso de ser dos locatarios, ambos ingresos se suman.

📍 VALOR de las GARANTIAS Hasta 5 veces el importe mensual de la locación, EXCEPTO en el caso de las garantias personales del locatario en cuyo caso se elevan hasta 10 veces dicho importe.

📍 RESOLUCION ANTICIPADA: Luego de 6 meses de transcurrida la vigencia del contrato: si es hasta el año el locatario debe abonar una indemnización equivalente a 1 mes y medio del valor del precio abonado, si es luego del año se reduce a 1 mes. Y si es luego de los primeros 6 meses PERO con una antelación de 3 meses de la notificación de la decisión de resolver no debe abonar indemnización

📍 AFIP El contrato debe ser declarado por el locador, conforme la reglamentación que dicha repartición establezca.

‼️‼️Son MUCHOS los cambios y eso genera muchas dudas, para evitar controversias y saber que tenes que negociar en tu contrato, contactanos!

Por consultas y mensajes escribinos por privado o 📲 al 0351 152176640

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🧐Muchas veces se habla de alimentos, pero no siempre se sabe concretamente que incluye ‼️Es un tema que tiene muuuchas c...
31/08/2020

🧐Muchas veces se habla de alimentos, pero no siempre se sabe concretamente que incluye
‼️Es un tema que tiene muuuchas cuestiones, empecemos por esto y en futuros posteos vamos a ir por otros detalles

👇Aca te hacemos un detalle (cada caso puede tener algunas variantes conforme el tipo de vida de la familia)

👇Comprende (atenti, es una enumeración ejemplificativa)
🍗alimentos propiamente dichos (supermercado, mercadería)
🏠habitación (vivienda, alquiler, expensas, servicios)
📚educación (colegio, idioma, taller de arte, deporte)
👗vestimenta (ropa, calzado)
🥳recreación/esparcimiento (cumpleaños, salidas, viajes)
🩺salud (obra social, tratamientos médicos, internaciones)
🧑‍🎓gastos necesarios para adquirir una profesió/oficio (formación universitaria, terciaria)

Deben ser acordes a:
▶️la situación económica de la persona obligada (ya que puede no ser necesariamente cada progenitor) y
▶️la necesidad del alimentado

Para poder llevar una vida digna y pleno desarrollo, el niño/niña/adolescente debe tener cubierta sus necesidades básicas, ello garantiza el goce pleno de sus derechos

‼️Importante!! la obligación de brindar alimentos NO cesa, ni se altera o se suspende por el hecho de no ejercer el cuidado parental, por lo que puede tratarse de padres que no convivan entre sí o con el N/N/A sin embargo la obligación DEBE SER CUMPLIDA

🙌Un gran reconocimiento que ha realizado el Codigo Civil y Comercial es otorgarle "valor" a las tareas de cuidado personal (es decir nada mas ni nada menos que el día a día de la crianza, uffff y todo lo que implica, TODO) ya que ahora se le reconoce un valor económico e implica un aporte a la manutención

✋No podemos decir "no trabaja, cuida a los chicos nada más", eso es un TRABAJAZO e incluso ahora tiene reconocimiento económico y legal

⏳La obligacion rige hasta los 21 años, la que puede extenderse hasta los 25 si el alimentado estudia (deben cumplirse ciertos requisitos)

📲Tenes dudas? Llamanos o envia mensaje al 0351 152176640

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⚠️Tema candente si los hay,⚠️El teletrabajo llegó para quedarse señoras y señores...acá te comentamos los puntos más imp...
31/08/2020

⚠️Tema candente si los hay,
⚠️El teletrabajo llegó para quedarse señoras y señores...acá te comentamos los puntos más importantes de esta nueva ley👇

▶️ Que es? Es cuando la prestación de tareas se realiza de manera total o parcial en el 🏠del trabajador

▶️ Esta modalidad se pacta de manera voluntaria y por 📝escrito 👀 cuidado! puede revertirse el consentimiento y volver al modo presencial (siempre y cuando sea posible por parte del empleador)

▶️ Como se trabaja? Mediante la utilización de TICS (tecnologías de la información y comunicacion)

▶️Elementos de trabajo: 💻⌨🖱son proprorcionados por el empleador, como también su soporte, instalación y mantenimiento (en caso de que sean del trabajador debe ser compensada su utilizacion)

▶️ Gastos en que se incurra (conectividad, consumo de servicios) son compensados por el empleador

▶️Jornada de trabajo: ⌚se pacta previamente por ✒ escrito Importante! 🛑 derecho a la desconexión, se debe respetar el horario de trabajo y licencias especiales.

▶️ Trabajadores al cuidado de: 👦👧menores de 13 años/personas con discapacidad/👵🧓adultos mayores que requieren asistencia➡️ pactan horarios compatibles con sus tareas de cuidado y tienen derecho a interrumpir la jornada.

▶️Remuneracion💰 igual a la percibida por trabajadores presenciales

▶️ Los accidentes 🤕 que se sufran en el lugar, dentro de la jornada de trabajo y en ocasión de la prestación de tareas ➡️se presumen como accidentes de trabajo.

Te sirvió esta info?
Tenes dudas?
👇 Escribinos por aca o al 📲 0351 152176640

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🗣 Es un consejo que damos a diario..."conoce y defende tus derechos" pero, porque?ℹ️ Porque pensamos que tener informaci...
25/08/2020

🗣 Es un consejo que damos a diario..."conoce y defende tus derechos" pero, porque?

ℹ️ Porque pensamos que tener información es fundamental,
🧐 Te permite saber como actuar, como dirigirte y también elegis como actuar, te da las herramientas necesarias saber adonde estas parado y como lograr lo que necesitas o deseas.

⚖️Si bien la ley se presume conocida por todos, sabemos que ello no es así, y para eso nuestro asesoramiento es el nexo entre la letra de la ley, la combinación de las diferentes normas que interactúan en un caso y el como actuar.

✋ Conocer tus derechos te permite cumplir con la ley y hacerla cumplir.

💸 Ayuda a prevenir incluso futuros problemas, y la prevención también es fundamental, evitas resultados indeseados, hasta evitas gastos innecesarios.

💪 Conocer tus derechos te permite defender-los y defender-te, te empodera, te posiciona de una manera más segura.

👩‍🏫 Por eso es que nuestro asesoramiento siempre busca ir un "poco más alla" nos gusta que los clientes entiendan y sepan el estado de su causa, el porque se toma tal o cual decisión, es una oportunidad para aprender.

Incluso, si en un futuro se encuentran en la misma situación sabrán como actuar.

El conocimiento es poder, y hay que ejercerlo!

Por eso también desde este perfil de instagram buscamos informar, sacar dudas, asesorar y crear conciencia respecto de los derechos de los que somos titulares.

Por eso siempre..."CONOCE y DEFENDE TUS DERECHOS"

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🆘Seguimos en cuarentena, con todas las particularidades que sabemos implica, muchos trabajadores siguen prestando sus ta...
24/08/2020

🆘Seguimos en cuarentena, con todas las particularidades que sabemos implica, muchos trabajadores siguen prestando sus tareas de manera habitual, otros venían en tratamiento con su respectiva ART por accidentes sufridos o enfermedades antes de la cuarentana...que pasa con tu caso?

📣 Son varias las situaciones que se pueden plantear:

🩺☎️ Aquellos que venían con atención medica, muchos tratamientos se vieron suspendidos por la pandemia, algunos se han ido retomando, en este caso es necesario contactar formalmente a la ART para poder retomar la atención de ser posible.

🚑 Para los que por ser trabajadores esenciales o que luego se han ido incorporado en la prestación de sus tareas y que han padecido algún siniestro, es necesario actuar como siempre hacer la denuncia a la ART para la derivación a un centro de salud.

🏠💻 En el caso de trabajadores que prestan sus labores de manera remota (homeoffice - telegrabajo - trabajo remoto) es importante recordar que esta "nueva" modalidad también tiene cobertura por parte de la ART, ya que el hogar del trabajador se considera establecimiento en términos legales, por ello si sufris algún accidente aún estando en tu casa eso también implica que la ART debe brindarte la cobertura correspondiente (en anteriores posteos hemos hablado detalladamente de esta situación)

👩‍⚕️ Por último también recordemos la situación del personal médica y afines que prestan sus tareas en clínicas, nosocomios, consultorios privados si se contagian de COVID - 19 la ley lo considera como "enfermedad profesional" con algunas particularidades (tema que también ya tratamos en un anterior posteo), lo importante es que sepas que tenes la correspondiente cobertura de la ART.

🚦También procede para aquellos casos de trabajadores esenciales que se han contagiado pero hay que recordar que ello tiene aún más particularidades para determinar si el contagio se debió a la prestación de tareas o no, de todos modos corresponde realizar la denuncia a la ART quien indicara los pasos a seguir para tomar el caso.

‼️ Por eso, si bien estamos y seguimos en cuarentena, la cobertura médica de las ART no ha cesado ni hay dispensa de hacerlo, es importante que estés informado de ello o solicites el asesoramiento legal correspondiente para poder obtener las prestaciones correspondiente si ello no sucede.

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🚦Tema arduo si los hay...ser empleador..parece fácil pero es bastante complejo.🧐 Como organizar las tareas, el trabajo d...
22/08/2020

🚦Tema arduo si los hay...ser empleador..parece fácil pero es bastante complejo.

🧐 Como organizar las tareas, el trabajo de los empleados, como organizar el personal, manejar las diversas cuestiones que se pueden plantear en el dia a día

🚦Por decir algunos ejemplos (y nos quedamos cortos quizas): permisos, ausencias, premios, sanciones, sueldos, generar un buen clima de trabajo, ser justo, y...ademas procurar que el negocio mejore, que la ganancia sea mayor, incorporar nuevas tecnologías, ampliar la clientela...y asi.

Seguramente se generan situaciones de todos los colores, con todos los matices, ya que son personas las involucradas y se va tejiendo una relación.

✋ La ley otorga derechos y facultades al empleador, es necesario conocer cuales son, ya que eso permite que su ejercicio sea correcto y adecuado, evitando abusos y también sufrir atropellos.

🙌 Implica mucho ser empleador, y desde el Estudio brindamos el asesoramiento necesario para cada necesidad, para poder organizar ese ejercicio de derechos y facultades, para que todo esté en orden, para que las pautas sean claras y así optimizar TODOS los recursos.

👉 Lo hemos logrado con muchos clientes, el resultado siempre ha sido positivo. Cada actividad tiene sus particularidades pero conociendo cuales son se puede organizar.

👉 Ofrecemos diversas opciones de asesoramiento:
🆘 Hay quienes prefieren consultarnos ante algo puntual, por ejemplo una demanda judicial, o un posible despido.
🔠 Hay otros que buscan ser mas previsores y tienen abonos mensuales para contar con los servicios del Estudio de manera diaria o saber que pueden realizar consultas ante cualquier duda o situación que pueda plantearse.

‼️ Es importante saber ser empleador ya que permite que el trabajo y la producción rinda de la mejor manera para todos!

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👩‍🏫Conseguir un título cuesta, implica esfuerzo, tiempo, constancia, organización y tantas cosas más!👩‍🎓Durante la carre...
21/08/2020

👩‍🏫Conseguir un título cuesta, implica esfuerzo, tiempo, constancia, organización y tantas cosas más!

👩‍🎓Durante la carrera se aprenden tantas cosas, y de golpe un día logras el objetivo por el cual te preparaste por años.

💪Lograr un título no es algo estático, ahora empieza una etapa nueva, quizás la más compleja, y que también implica esfuerzo, tiempo y organización.

☝️Lo que no hay que dejar jamás de lado son los valores, la calidad humana, la honestidad en cualquier cosa que uno haga.

🗣Una vez un abogado, ya veterano, me dijo tu nombre y tu honor es todo lo que tenes, siempre lucha por mantenerlo..y es así!

💁‍♀️Por eso puedo decir que en el ejercicio de la profesión la ética es y ha sido mi norte.

☝️El trabajo constante lleva a ser responsable, diligente, eficiente y organizado.

⚖La pasión por la justicia muchas veces se traduce en el día a día cuando el cliente logra SU justicia, se siente en paz y que su problema ha logrado una solución.

☝️Es muy importante recordar esto en el trabajo diario y que estos valores sean siempre nuestra guía.

🤔Y para vos, que es lo que hace sostener el título de abogado?

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📣Un nombre tan largo y pomposo para hacer referencia a aquellas relaciones afectivas de pareja que serian como cuando an...
12/08/2020

📣Un nombre tan largo y pomposo para hacer referencia a aquellas relaciones afectivas de pareja que serian como cuando antes se decía "concubinato"⁣

👫👬👭Ahora se les otorga un marco legal a este tipo de relaciones, lo cual consideramos es un avance para reconocer estas uniones de "hecho" pero que generan muchos efectos jurídicos. ⁣

📝Para ello se disponen ciertos requisitos:⁣
📍Que ambos sean mayores de edad⁣
📍No haya vínculo de parentesco⁣
📍No tengan otra convivencia simultánea⁣
📍Y que haya un plazo mínimo de convivencia de 2 años⁣

Principales reconocimientos legales⁣
➡️Se pueden realizar pactos de convivencia en cuanto a contribución de cargas del hogar, atribución del hogar en caso de ruptura y división de bienes adquiridos por el esfuerzo común ⁣

➡️De no haber este pacto se rige por la libre administración y disposicion de los bienes que cada uno es titular⁣

Otros efectos⁣
➡️Ambos son solidariamente responsables ante deudas adquiridas para solventar las necesidades del hogar o respecto de los hijos⁣
➡️En caso de ruptura⁣
▶️posibilidad de compensacion económica (OJO con ciertos requisitos que deben darse). ⁣
▶️Atribución del uso de la vivienda familiar para aquel que tiene a su cargo el cuidado de los hijos o si se acredita extrema necesidad de vivienda.⁣

🚫Los principales NO de este tipo de uniones:⁣
No se hereda el patrimonio de la pareja⁣
No hay ganancialidad en los bienes adquiridos.⁣

⚠️Es importante destacar que las uniones convivenciales (su existencia, disolución y pactos) deben estar inscriptos en el Registro Civil.⁣
Pero es un estado que puede ser probado por cualquiera o ambas partes.⁣

☝️Vos, convivis? Sabias de estos derechos que te comentamos?⁣

💪Conoce y defende tus derechos ⁣

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📣Hoy venimos con un tema que genera muchas consultas! ⁣⁣🤔Que son las convenciones matrimoniales? ⁣⁣💡Por empezar es algo ...
10/08/2020

📣Hoy venimos con un tema que genera muchas consultas! ⁣

🤔Que son las convenciones matrimoniales? ⁣

💡Por empezar es algo relativamente nuevo en nuestra legislación, ya que rigen desde la sanción del nuevo codigo civil y comercial (antes se contemplaba solo respecto de ciertas donaciones).⁣

💰Se trata de acuerdos entre los futuros cónyuges en relación al patrimonio del matrimonio (como se va administrar y disponer de los bienes). ⁣

📝Los realiza un abogado y para que sean válidos requiere como formalidad que sean plasmados en una escritura pública⁣

Sobre que puede realizarse? ⁣

⚠️SOLAMENTE respecto de⁣

📍Los bienes que cada uno lleva al matrimonio, se detallan y también se hace una avalúo $$ ⁣

📍Las deudas que cada uno ha contraído ⁣

📍Las donaciones que se realicen entre sí los futuros conyuges⁣

📍La opcion respecto del régimen patrimonial durante el matrimonio (régimen de separación de bienes o regimen de comunidad de ganancias). ⁣

🧐 Y vos que pensas??? Lo harías??⁣

Cuentas claras...conservan matrimonio?⁣

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📣Todos somos consumidores, hemos estado involucrados en una relación de consumo.⁣⁣🧐 Pero...conocemos realmente nuestros ...
06/08/2020

📣Todos somos consumidores, hemos estado involucrados en una relación de consumo.⁣

🧐 Pero...conocemos realmente nuestros derechos y los deberes de quien provee bienes y servicios?⁣

Para poder defendernos tenemos que conocer cuales son⁣

⬇️ Acá te contamos algunos⁣

⚀ Derecho a un trato digno: los proveedores deben brindar a los usuarios de los servicios prestados un trato digno en todos los ámbitos en que la relación de consumo opera⁣

⚁ Prohibicion de clausulas abusivas: aquellas que afectan inequitarivamente al consumidor en el cotejo entre los derechos y obligaciones de las partes.⁣

⚂ Deber de información: resulta fundamental toda la información necesaria para prestar un consentimiento libre. Deber de I formar de manera clara, descripción del bien o servicio que permita al consumidor/usuario conocer el objeto del contrato y todas sus circunstancias.⁣

⚃ Prohibicion de publicidad engañosa o que induzca a error (debemos poder conocer acabadamente aquello que vamos a consumir, comprar otilizar, esto es su precio, características, condiciones de comercialización.⁣

⚄ Gratuidad en el acceso a la justicia: el consumidor está eximido de los gastos necesarios para enfrentar un proceso judicial (gastos, costos y costas).⁣

❔Conocías estos derechos que te protegen?⁣

🚫 Diariamente somos víctima de abusos o excesos por parte de empresas y proveedores de servicios, muchas veces desconocemos que tenemos mucho para actuar o defendernos.⁣

🤚 Como primer medida, hay que exigir el cumplimiento de lo pactado, comprado o solicitado, no quedarnos con lo que nos digan porque muchas veces se brinda información errónea o parcial, justamente para evitar reclamos y todo lo que conlleva.⁣

🙏 Si entre todos tomamos conciencia de los derechos que la ley nos otorga vamos a generar una actitud más responsable y correcta por parte de aquellos que ofrecen bienes y servicios.⁣

🤨 Y a vos te paso? Tuviste alguna mala experiencia como consumidor o usuario?⁣

👩‍⚖ Desde el estudio brindamos asesoramiento y defensa para estas situaciones y evitar que nos quede ese sabor amargo a "injusticia"⁣

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🤔Muchas veces hablamos de relación de dependencia dando por sentado que sabemos de que se trata, pero...sabemos?⁣⁣📣Acá a...
04/08/2020

🤔Muchas veces hablamos de relación de dependencia dando por sentado que sabemos de que se trata, pero...sabemos?⁣

📣Acá algunas aclaraciones importantes!⁣

👷‍♂️👷‍♀️Relación de dependencia = trabajar para otro, es poner nuestra fuerza de trabajo a cambio de una remuneración.⁣

Tan solo estar a disposición, poner nuestro tiempo y fuerza de trabajo ya implica el "trabajar" para otro.⁣

🏫⌚Eso se realiza en un ámbito y horario determinados. Es decir que como regla general se presta tareas en un establecimiento y ello en una franja horaria ya conocida por ambas partes. ⁣

🗣A su vez, es el empleador quien organiza el trabajo: tareas, modalidad, requisitos, elementos de trabajo. Es quien dirige las tareas y la forma en que se van a prestar.⁣

💰Se trabaja a cambio de un "sueldo" esto es independiente a cualquier situación económica que tenga la empresa (obvio que hay excepciones pero están expresamente determinadas por la ley, si lo sabremos ahora en tiempos de pandemia, no?). Hay ajenidad en los riesgos.⁣

👉Es el empleador quien proporciona los elementos necesarios para llevar a cabo las tareas.⁣

🤚El poder disciplinario esta en cabeza del empleador, ya que forma parte de la organización que realiza del trabajo y tareas a prestar. ⁣

👀Actualmente vemos que algunas de las características se han ido modificando, por ejemplo en el teletrabajo el "establecimiento" es hoy el domicilio del trabajador, entonces no es necesario que estén TODAS las notas caracterizantes presentes, sino que a veces pueden presentarse algunas y lo mismo estamos ante una relación de dependencia.⁣

🚦Tenes dudas?? Muchas veces hay fraudes y "grises" para querer hacer aparentar lo que no es, o disfrazar un vínculo laboral de otra cosa...ojo!⁣

⚠️Por eso consultanos, no te quedes con la duda!⁣

💪Conoce y defende tus derechos.⁣

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