15/09/2020
🤔 Si bien seguro sabes que la salud es un DERECHO, pero que tanto sabes respecto del ejercicio de ese derecho?
👩⚕️🧑⚕️Sabías que cuando accedes a los servicios de medicina prepaga estás inmerso en una relación de consumo?
🩺 La empresa prestadora del servicio y los prestadores médicos persiguen un fin económico, y el consumidor (el futuro paciente) tiene derecho a una medicina total e integral.
🩺 En resumidas lineas, la prepaga se obliga a prestar servicios médicos a los pacientes, sujeto a la condición de la existencia de una enfermedad, y el usuario/cliente se obliga al pago de un precio anticipado y periódico.
🩺 En este contexto se desarrolla la finalidad asistencial de la contratación y ello es ajustado a la modalidad de plan escogido por el usuario (paciente).
🩺 Es importante tomar conciencia de que el servicio de medicina prepaga constituye un supuesto más de protección al consumidor, siendo éste la parte mas débil de la relación y que la misma esta inmersa en una serie de protecciones, tanto por ser sujeto de preferente tutela como también porque involucra un derecho personalísimo del afiliado, derecho íntimamente vinculado con la persona humana, por ello tiene especial protección.
🆘 Hay diversas herramientas para hacer cumplir el servicio contratado e incluso su modalidad: medidas cautelares, reclamos por aumento indebido de cuota conforme la edad del usuario, amparos, reclamos por intervenciones quirúrgicas o tratamiento denegados, la lista sigue y sigue...
Es adecuado el servicio de salud al que accedes?
Es correcta la relación precio y servicio?? Contanos tu experiencia
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⚖️ Estudio Juridico Alaniz André