23/05/2026
𝐃𝐄𝐂𝐋𝐀𝐑𝐀𝐓𝐎𝐑𝐈𝐀 𝐃𝐄 𝐇𝐄𝐑𝐄𝐃𝐄𝐑𝐎𝐒
La declaratoria de herederos es una resolución dictada por un juez por la cual se reconoce el carácter de heredero universal a una o varias personas
¿QUIÉNES SON PARTE LEGITIMA PARA SOLICITAR LA DECLARATORIA Y PARA PEDIR LA DIVISIÓN DE LA HERENCIA?
🔹 El heredero.
🔹 El cesionario de la herencia o de una parte alícuota, a nombre del cedente.
🔹 Los legatarios.
🔹 Los acreedores del heredero, en defecto de éste.
🔹 Los albaceas
•Se inicia en cualquier momento posterior al fallecimiento del causante. Pero, a partir de ese acto, es cuando sus herederos ocupan jurídicamente el lugar del fallecido.
•La pueden iniciar uno, algunos o todos los co-herederos, pero nunca deben omitirse herederos.
•Se solicita ante el juez del último domicilio del causante.
•Se lleva a cabo cuando el causante deja bienes, derechos o acciones y sus herederos puedan hacer uso o disponer de ellos.
•Una vez finalizado el trámite mediante el dictado de una resolución denominada Auto de Declaratoria de Herederos, los herederos están legitimados para iniciar el juicio sucesorio, disponer de los bienes del causante o bien , vender los bienes mediante lo que denomina “tracto abreviado”, en este caso, debe haber acuerdo unánime entre los herederos.
Para iniciar el trámite y su admisibilidad es necesario cumplir con cierta documentación que deberán presentar el o los requirentes.
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