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salvi.abogado ABOGADO - Egresado de la Facultad de Derecho UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA

Derecho de las Famili

09/04/2022

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¿De que se trata la CE? La CE viene a ser una de las más importantes figuras que recepta expresamente nuestro Código Civ...
12/07/2021

¿De que se trata la CE?

La CE viene a ser una de las más importantes figuras que recepta expresamente nuestro Código Civil y Comercial de la Nación.

🔸Tanto en el caso de un Matrimonio o en una Unión Convivencial, la ley prevé la posibilidad de peticionar antes los Tribunales de Familia, una compensación económica con algunas diferencias según de trate de un matrimonio o una UC.
Respecto del matrimonio, el CCCN establece que el cónyuge a quien el divorcio le produce un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación y que tiene por causa adecuada el vínculo matrimonial y su ruptura, tiene DERECHO a una compensación.

🔸¿En qué puede consistir la CE? En una prestación única, en una renta por tiempo determinado o, excepcionalmente por plazo indeterminado. Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes (auto, casa,etc) o de cualquier otro modo que acuerden las partes o decida el juez.

🔸📣 LA ACCIÓN PARA PEDIR LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA CADUCA A LOS 6 MESES DE HABERSE DICTADO SENTENCIA DE DIVORCIO.

¿Qué pasa si es una Unión Convivencial? La ley también da la posibilidad, pero en éste caso la CE puede consistir en una prestación única o en una renta por plazo determinado OJO el plazo no puede ser mayor a la duración de la unión convivencial. También caduca a los 6 meses.

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Facundo Salvi Zambianchi
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🔷 Declaratoria de Herederos 🔸La muerte real o presunta de una persona importa la transmisión de la herencia a las person...
03/07/2021

🔷 Declaratoria de Herederos

🔸La muerte real o presunta de una persona importa la transmisión de la herencia a las personas a sucederle por el imperio de la ley o vía testamento. La DH es una resolución judicial que reconoce la calidad de herederos a quienes han justificado su carácter de heredero emergente de la ley.

🔸¿Quiénes pueden suceder? Según nuestro CCCN se encuentran facultadas:
1) las personas humanas existentes al momento de su muerte.
2) las concebidas en ese momento que nazcan con vida.
2) las nacidas después de su muerte nacidas de TRHA con sus requisitos de ley.
3) personas jurídicas existentes al momento de la muerte y las fundaciones creadas su testamento.

🔸COMPETENCIA: el juez interviniente será el del último domicilio real del causante.
🔸 Será necesario contar con la documentación que acredite los respectivos vínculos (partidas de nacimiento, defunción, actas matrimoniales, etc)

La DH suele iniciarse cuando hay bienes , acciones , dinero que en vida pertenecían al causante, y de la cual los herederos quieran disponer o administrar.

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🔷 Obligación Alimentaria de los progenitores conforme a nuestro Código Civil y Comercial de la Nación.La edad límite de ...
03/07/2021

🔷 Obligación Alimentaria de los progenitores conforme a nuestro Código Civil y Comercial de la Nación.

La edad límite de la cuota alimentaria suele prestarse siempre a equívocos, y ésto queda evidenciado en los clientes a la hora de la consulta inicial con el profesional letrado.

¿Qué dice la normativa aplicable?

"Ambos progenitores tienen la obligación y el derecho de criar a sus hijos, alimentarlos y educarlos conforme a su condición y fortuna, aunque el cuidado personal esté a cargo de uno de ellos.
La obligación de prestar alimentos a los hijos se extiende hasta los VEINTIÚN AÑOS (21) excepto que el obligado acredite que el hijo mayor de edad (+18) cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo."

Siempre se tendrá que estudiar el caso en concreto de cada situación en particular. Se recomienda el asesoramiento jurídico del profesional de su confianza.

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VIOLENCIA OBSTÉTRICA EN UNA CLÍNICA PRIVADA DE CÓRDOBA CAPITALEl Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de...
18/03/2021

VIOLENCIA OBSTÉTRICA EN UNA CLÍNICA PRIVADA DE CÓRDOBA CAPITAL

El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 4.° Nominación de la ciudad de Córdoba consideró que una joven madre fue víctima de violencia obstétrica, física y psicológica, cuando dio a luz a su hija, ya sin vida, en una clínica privada de la capital provincial.

En consecuencia, la jueza Mariana Wallace emplazó a las autoridades del nosocomio para que en 30 días presenten un protocolo de capacitación en la temática destinado tanto a los profesionales de la salud como al personal administrativo; un protocolo de expedición de certificado de defunción fetal; y un protocolo que garantice a las mujeres contar con la información necesaria respecto de los derechos que le asisten antes, durante y con posterioridad al parto, con o sin vida, incluso tratándose de abortos. Por ello, la clínica deberá publicar información sobre la temática en lugares visibles como salas de espera, barandillas y páginas web.

El tribunal concluyó que, durante el parto, la mujer no fue debidamente informada sobre su situación de salud ni respecto a quién fue el profesional que la asistió. “No se puede pensar en un trato personalizado (lo que involucra de algún modo la intersubjetividad) desconociendo quién fue el/la profesional que la asiste. A D. F. P. no se le reconoce su condición de sujeto interlocutor”, expresó la magistrada.

Por otra parte, el tribunal señaló que como consecuencia del parto ocurrido en 2016 la damnificada todavía no puede afrontar la hipótesis de proyectarse en una futura maternidad y vincula tal imposibilidad al trauma que se le generó. Por esta razón, la jueza dispuso que el nosocomio deberá costear un tratamiento psicológico para la mujer que le permita sobrellevar lo vivenciado.

ASESORAMIENTO JURÍDICO INTEGRAL🔸 Derecho de las Familias (cuotas alimentarias, régimen comunicacional, cuidado personal,...
09/03/2021

ASESORAMIENTO JURÍDICO INTEGRAL

🔸 Derecho de las Familias (cuotas alimentarias, régimen comunicacional, cuidado personal, filiaciones)

🔸 Derecho Sucesorio (declaratorias de herederos y juicio sucesorio, venta de inmuebles y automotores del acervo hereditario,etc).

🔸 Derecho Civil Y Comercial ( accidentes de tránsito, daños y perjuicios, contratos de alquiler habitacional y comercial, arrendamiento rural, etc).

🔸 Derecho Laboral (despidos, suspensiones, accidentes de trabajo, enfermedad profesional, ART)

26/02/2021

📣 LICENCIA LABORAL PARA IR A VACUNARSE

Estará justificada la ausencia laboral para poder ir a vacunarse, la resolución del MTESS fue publicada en el Boletín Oficial.

🔸 Que la Ley N° 27.491 entiende a la vacunación como una estrategia de salud pública preventiva y altamente efectiva y la considera como bien social, sujeta a principios de gratuidad, interés colectivo, disponibilidad y amplia participación, declarándola de interés nacional.

ARTÍCULO 1º.- Establécese que será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto.

ARTÍCULO 2°.- La constancia de la aplicación de la vacuna, previa autorización del empleador, constituirá justificación suficiente, tanto para el vacunado como para los responsables de personas a su cargo.



CONGRESO DERECHO DE LAS FAMILIAS - 2021Tuve la dicha de ser parte de éste maravilloso Congreso, en el que pudimos ahonda...
22/02/2021

CONGRESO DERECHO DE LAS FAMILIAS - 2021
Tuve la dicha de ser parte de éste maravilloso Congreso, en el que pudimos ahondar sobre temas de suma actualidad en el Derecho de las Familias. Aprendiendo de excelentísimos profesionales.
Muchas gracias!
Por que la capacitación y especialidad tienen que ser constante!
Fundacion Cijuso
Marisa Herrera





19/02/2021

RECORDATORIO!

Alimentos: se deben hasta los 21 años. Excepcionalmente se puede extender la obligación alimentaria hasta la edad de 25 años de aquellos hijos que se encuentren estudiando o realizando arte, profesión u oficio y carezca de los medios suficientes para afrontarlos por su cuenta.




¡ALQUILERES! A continuación dejo algunas placas con la info sobre la reciente reglamentación sobre la Inscripción ante A...
18/02/2021

¡ALQUILERES! A continuación dejo algunas placas con la info sobre la reciente reglamentación sobre la Inscripción ante AFIP de los contratos de alquiler.

Vigencia a partir del 1-03-2021.




salvi.abogado

👏👏👏👏👏
17/02/2021

👏👏👏👏👏

EXPEDIENTE ELECTRÓNICO
🔶 Desde Defensa del Consumidor Córdoba pusimos en funcionamiento un nuevo sistema informático 🖥️para la presentación de ➡️ reclamos y ➡️ denuncias a través de nuestro sitio web ✔️ defensadelconsumidor.cba.gov.ar

✳️ A partir del viernes 12 de febrero del presente año, todos los usuarios y consumidores 👥 deberán ingresar sus reclamos o denuncias por dicha vía 💻.

📌 De esta manera, se genera un expediente electrónico 🖥️ que se registra en el Sistema Único de Atención al Ciudadano (SUAC) y que abarca la instancia de denuncia y conciliatoria.

🔴 Los consumidores y usuarios “hipervulnerables” están exceptuados de realizar los trámites online 💻 pudiendo concurrir presencialmente a las oficinas de la Dirección en ciudad Capital 🏫 y delegaciones del interior 🏤.

👉🏻 Ingresá al link para conocer cómo generar un expediente electrónico, el nuevo sistema y sus beneficios❗

https://prensa.cba.gov.ar/informacion-general/defensa-del-consumidor-puso-en-marcha-el-expediente-electronico-para-denuncias/

Eduardo Accastello
Ministerio de Industria, Comercio y Minería
Gobierno de Córdoba

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