19/10/2023
Hay un mito común que afirma que los poseedores no pueden alquilar los inmuebles que tienen en su posesión ¿Creés que esto es verdad❓Seguí leyendo para obtener la respuesta👇🏻👇🏻
📌Los poseedores SÍ tienen el derecho de alquilar y arrendar sus propiedades. De hecho, esta acción se considera un acto posesorio de gran importancia.
🙏Sin embargo, antes de dar este paso, es fundamental tomar algunas precauciones clave. La primera de ellas es la elaboración de un contrato de locación por escrito. Este contrato, que debe ser confeccionado por un profesional especializado en derecho inmobiliario, será la base de toda la transacción y evitará futuros dolores de cabeza.
👉🏻Y además para garantizar aún más la seguridad de tu acuerdo, te recomendamos que certifiques las firmas del contrato con un escribano público.
👉🏻Esto le dará al contrato una fecha cierta, lo que significa que no se podrá desconocer la firma en el futuro.
Compartilo a quien necesite saberlo❗️😃
👩🏼⚖️Dra. María Jimena Ruiz.
⚖️M.P. 1-39142
📍27 de Abril 424, piso 3 Of. D, Córdoba Capital.