Arsur - Estudio Jurídico

Arsur  - Estudio Jurídico Asesoramiento en derecho laboral, privado; administrativo; empresarial; comercial; constitucional; familia; penal; etc.

03/03/2022

A pesar que en los últimos años, se avanzo bastante respecto a la prevención de accidentes en el ámbito laboral, los mismos siguen sucediéndose.

Muchos trabajadores desconocen que se encuentran amparados por una empresa aseguradora de Riesgos del Trabajo y bajo que términos. Por lo tanto, también desconocen que ante un accidente en ocasión de encontrarse prestando tareas, o mientras se dirigían hacia el establecimiento o lugar donde prestan servicios, deben recibir de parte de estas firmas, prestaciones en especie (todas aquellas necesarias para poner fin a su dolencia o mitigarla: tratamientos; consultas con especialistas; medicamentos; etc.) y una indemnización por la incapacidad que le provoca el hecho incapacitante.

Por lo tanto es importante, que ante la existencia de contingencia prevista en la Ley de Riesgo de Trabajo (accidente de trabajo; accidente in itinere o enfermedades profesionales), te asesores inmediatamente, para así poder iniciar el reclamo correspondiente, dado que existen formalismos y plazos, que ponen en riesgo tus derechos.

Recuerden que aparentemente el Dcto. 34/2019 ( aquel que establece una doble indemnización para los despidos), no se va ...
14/12/2021

Recuerden que aparentemente el Dcto. 34/2019 ( aquel que establece una doble indemnización para los despidos), no se va a prorrogar mas allá de su vencimiento (31/12/2021). Por lo tanto quedas pocos días para poder reclamar ante tu empleador, todas aquellas irregularidades existentes en la relación laboral vigente, con la posibilidad, para el caso que no obtengan respuestas, de darse por despedidos.

Son épocas en las cuales todo trabajador, se encuentra atemorizado ante la posibilidad de un inminente despido. Si bien la estabilidad laboral es un derecho que debe garantizarse a cada trabajador, la Constitución de la Nación Argentina no obliga a garantizar esta estabilidad propia ,pero si garantiza la protección contra el despido arbitrario o sin justa causa, a través del pago de la indemnización que fija la Ley de Contrato de Trabajo.
Muchas veces los trabajadores que son despedidos, por el aprovechamiento que los empleadores hacen de su hipo-suficiencia, resignan derechos que los asisten, ya sea por desconocimiento de las normas que los tutelan o simplemente por necesidades económicas apremiantes.
No hace falta que hayas sido despedido/a para poder reclamar tus derechos. Así que si tenes alguna duda al respecto o si lamentablemente te llego el telegrama de despido, asesorate con nosotros para hacer valer cada uno de tus derechos.

Arsur fue creado de acuerdo a la filosofía de vida de su socio fundador Ariel Pablo Suraniti, abogado egresado de la Fac...
14/12/2021

Arsur fue creado de acuerdo a la filosofía de vida de su socio fundador Ariel Pablo Suraniti, abogado egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, para quien el esfuerzo, el respeto, la seriedad, la eficiencia, la creatividad, y la capacidad de superación permanente, conforman un todo indispensable, para así poder satisfacer, las diversas necesidades de nuestros potenciales clientes.

A través de un trato personalizado, el estudio se especializa principalmente en el asesoramiento en derecho laboral, sin dejar de lado por supuesto, todas las demás ramas (privado; administrativo; empresarial; comercial; constitucional; familia; penal; etc.)

Nuestra misión es poder colaborar con la debida capacidad de anticipación que el sistema jurídico requiere, para así evitar problemas innecesarios, contribuyendo de esta manera a afianzar la relación profesional/cliente, la cual ya se encuentra cimentada en un valor importantisimo, el de la confianza mutua.

A pesar del dolor que nos invade con la desaparición física de quienes mas queremos, es muy importante iniciar el proces...
14/12/2021

A pesar del dolor que nos invade con la desaparición física de quienes mas queremos, es muy importante iniciar el proceso sucesorio correspondiente.

La importancia del proceso sucesorio.

Luego de haber atravesado un momento triste y doloroso como el fallecimiento de un familiar, es necesario dar inicio al proceso sucesorio correspondiente, para que la totalidad de sus bienes, puedan ser distribuidos entre sus herederos, ya sea, según su disposición de ultima voluntad (cuando existe un testamento mediante el cual el causante indica quienes son sus sucesores) o según como la ley lo establezca (cuando no existe testamento y la normativa vigente establece que personas deben ser sus sucesores). El proceso sucesorio se inicia con la interposición de un demanda de inicio, rubricada por abogado inscripto en la matricula respectiva, dado que somos los únicos profesionales habilitados por ley para llevar el proceso ante los tribunales correspondientes, dando asistencia jurídica a los herederos o cualquier interesado en la herencia.

Es muy difícil poder determinar cuanto tarda, dado que diversos factores pueden alterar su duración: la existencia de una gran cantidad de bienes; la existencia de conflicto entre los herederos; posibles apelaciones o impugnaciones; demás imponderables propios del devenir de este proceso judicial. Sentada esta advertencia, tanto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en Provincia de Buenos Aires, un proceso sucesorio voluntario (no contradictorio), puede extenderse aproximadamente, entre los 3 y hasta los 6 meses de su inicio.

Un tema importante a considerar, es el costo del proceso sucesorio. Por un lado hay que tener en cuenta los gastos propios de este tipo de proceso, como ser: la publicación de edictos de la sucesión en el boletín oficial; la tramitación de partidas de nacimiento o defunción en caso de ser necesario; el diligenciamiento de certificados de dominios de propiedades; los oficios de informes a Bancos, Registros de la Propiedad inmueble o Automotor; los gastos de gestoría. Por otro lado nuestro estudio fija los honorarios profesionales, de acuerdo a la Ley 27.423 (Ley de Honorarios profesionales), fluctuando aproximadamente entre el 10% y el 17% del valor del patrimonio que se transmite (valor real de los bienes). Los mismos

Ante cualquier duda, consultanos. No hay nada peor que estar mal informado o asesorado.
14/12/2021

Ante cualquier duda, consultanos. No hay nada peor que estar mal informado o asesorado.

Que derechos tienes si renuncias a tu empleo?

La renuncia es uno de los modos de extinción del contrato de trabajo entre el trabajador y su empleador. Una vez interpuesta, quedan pocas cosas a reclamar entre las partes.
Muchos empleadores intentan seducir a sus empleados, con la utilización de este medio de extinción de la relación laboral, ante la posibilidad de un inminente despido, haciendo hincapié en lo negativo que seria para la reputación del trabajador ser despedido.
Lamentablemente el trabajador muchas veces se ve obligado a aceptar ese consejo, dado que se encuentra en situación de hiposuficiencia frente al empleador (necesita de ese dinero ofrecido a cambio de la renuncia, para poder solventar sus necesidades), sin saber que en ese instante, tal decisión lo deja sin derecho a una indemnización laboral, la cual puede ascender a una cifra considerable, según los años de antigüedad con los que cuente.
En otras oportunidades el trabajador renuncia como consecuencia de las malas condiciones laborales en su lugar de trabajo, porque su trabajo no es remunerado como corresponde, por maltrato propinado por el empleador, o en el mejor de los casos, porque obtuvo otro empleo que le permite crecer laboral o profesionalmente. Sin embargo la principal causa de descontento para renunciar a un empleo, continua siendo el trabajo no registrado o mal registrado, comúnmente denominado “en negro”, dado que el trabajador no tiene acceso a muchos derechos garantizados por ley, como ser el cobro de un salario mínimo, el acceso a una obra social, el pago del Sueldo Anual Complementario, vacaciones pagas por adelantado, aportes jubilatorios, etc.

La renuncia hace que el trabajador pierda el derecho consagrado por la Ley de Contrato de Trabajo, de ser indemnizado por el empleador, de acorde a la antigüedad en el puesto de trabajo. En consecuencia, el trabajador antes de tomar la decisión de renunciar, debería consultarnos, para poder informarlo acerca de todo lo necesario para no tomar una decisión equivocada, de la que después tenga que arrepentirse,sobre todo si pierde la indemnización que le correspondería por tantos años de e

Me pone muy feliz la cantidad de gente que confió en nosotros, para llevar adelante sus reclamos. Seguimos informando al...
02/03/2020

Me pone muy feliz la cantidad de gente que confió en nosotros, para llevar adelante sus reclamos. Seguimos informando al respecto, para que puedan iniciarlos cuanto antes, así no siguen perdiendo dinero.
Los esperamos.

Se esta terminando la feria judicial y es un buen momento para recordarle a todo el Personal de la PFA en actividad o retirado, que todavía no iniciaron el juicio por el Decreto 380/2017, que mes a mes prescriben sumas de dinero que ya no podrán ser reclamadas.

Por tal motivo, les recomiendo iniciar el reclamo correspondiente con cierta celeridad, dado que es la única manera de poder cobrar el retroactivo de las sumas salariales mal devengadas. No solo eso, sino que también es la única vía para poder regularizar el pago del suplemento instaurado por dicho Decreto (lo que en la jerga se conoce como "blanqueo"). Esto incrementa el salario mensual y por consiguiente el Sueldo Anual Complementario (Aguinaldo).

Ya existen fallos favorables de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, asignándole a estos suplementos, el carácter remunerativo y general que poseen, es decir a favor del personal policial.

Los montos a pagar por el retroactivo, siempre van a depender de la antigüedad del personal y de las sumas percibidas como salario. Pero mientras que no inicien el reclamo correspondiente, están dilapidando sumas de dinero que les pertenecen.

Tenemos asignadas una gran cantidad de causas, de camaradas que confiaron en nosotros, para llevar adelante sus reclamos. Algunos de ellos ya se encuentran en Corte Suprema, a pesar de haber sido iniciados con una antigüedad inferior a los 14 meses.

Aquellos que ya lo iniciaron, compartan este post para que sus camaradas dejen de perder dinero que les corresponde.

Si necesita información o quieren iniciar el reclamo correspondiente, comuníquese con nosotros, ya sea por mensaje privado o al teléfono de contacto.

Dr. Ariel Pablo SURANITI
Abogado UBA - Tomo 131 Folio 60 CPACF.

Muchas gracias a quienes se comunicaron conmigo para iniciar los reclamos correspondientes. Seguimos a disposición de to...
27/01/2020

Muchas gracias a quienes se comunicaron conmigo para iniciar los reclamos correspondientes. Seguimos a disposición de todos aquellos que todavía no se han decidido. No dejen pasar el tiempo que es dinero que están perdiendo. Saludos a todos.

Se esta terminando la feria judicial y es un buen momento para recordarle a todo el Personal de la PFA en actividad o retirado, que todavía no iniciaron el juicio por el Decreto 380/2017, que mes a mes prescriben sumas de dinero que ya no podrán ser reclamadas.

Por tal motivo, les recomiendo iniciar el reclamo correspondiente con cierta celeridad, dado que es la única manera de poder cobrar el retroactivo de las sumas salariales mal devengadas. No solo eso, sino que también es la única vía para poder regularizar el pago del suplemento instaurado por dicho Decreto (lo que en la jerga se conoce como "blanqueo"). Esto incrementa el salario mensual y por consiguiente el Sueldo Anual Complementario (Aguinaldo).

Ya existen fallos favorables de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, asignándole a estos suplementos, el carácter remunerativo y general que poseen, es decir a favor del personal policial.

Los montos a pagar por el retroactivo, siempre van a depender de la antigüedad del personal y de las sumas percibidas como salario. Pero mientras que no inicien el reclamo correspondiente, están dilapidando sumas de dinero que les pertenecen.

Tenemos asignadas una gran cantidad de causas, de camaradas que confiaron en nosotros, para llevar adelante sus reclamos. Algunos de ellos ya se encuentran en Corte Suprema, a pesar de haber sido iniciados con una antigüedad inferior a los 14 meses.

Aquellos que ya lo iniciaron, compartan este post para que sus camaradas dejen de perder dinero que les corresponde.

Si necesita información o quieren iniciar el reclamo correspondiente, comuníquese con nosotros, ya sea por mensaje privado o al teléfono de contacto.

Dr. Ariel Pablo SURANITI
Abogado UBA - Tomo 131 Folio 60 CPACF.

Se esta terminando la feria judicial y es un buen momento para recordarle a todo el Personal de la PFA en actividad o re...
21/01/2020

Se esta terminando la feria judicial y es un buen momento para recordarle a todo el Personal de la PFA en actividad o retirado, que todavía no iniciaron el juicio por el Decreto 380/2017, que mes a mes prescriben sumas de dinero que ya no podrán ser reclamadas.

Por tal motivo, les recomiendo iniciar el reclamo correspondiente con cierta celeridad, dado que es la única manera de poder cobrar el retroactivo de las sumas salariales mal devengadas. No solo eso, sino que también es la única vía para poder regularizar el pago del suplemento instaurado por dicho Decreto (lo que en la jerga se conoce como "blanqueo"). Esto incrementa el salario mensual y por consiguiente el Sueldo Anual Complementario (Aguinaldo).

Ya existen fallos favorables de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, asignándole a estos suplementos, el carácter remunerativo y general que poseen, es decir a favor del personal policial.

Los montos a pagar por el retroactivo, siempre van a depender de la antigüedad del personal y de las sumas percibidas como salario. Pero mientras que no inicien el reclamo correspondiente, están dilapidando sumas de dinero que les pertenecen.

Tenemos asignadas una gran cantidad de causas, de camaradas que confiaron en nosotros, para llevar adelante sus reclamos. Algunos de ellos ya se encuentran en Corte Suprema, a pesar de haber sido iniciados con una antigüedad inferior a los 14 meses.

Aquellos que ya lo iniciaron, compartan este post para que sus camaradas dejen de perder dinero que les corresponde.

Si necesita información o quieren iniciar el reclamo correspondiente, comuníquese con nosotros, ya sea por mensaje privado o al teléfono de contacto.

Dr. Ariel Pablo SURANITI
Abogado UBA - Tomo 131 Folio 60 CPACF.

Terminamos un gran año excelente por donde se lo mire. Muchos desafíos nuevos y cada vez más ganas de superarlos.Gracias...
31/12/2019

Terminamos un gran año excelente por donde se lo mire. Muchos desafíos nuevos y cada vez más ganas de superarlos.
Gracias a todos quienes confiaron en nosotros para evacuar alguna duda o para ayudarlos con sus casos.
Se viene un 2020 complicado, pero ahí estaremos para lo que necesiten.
Ojalá encontremos la paz y felicidad que nos merecemos.
Feliz año nuevo para todos !!!

Seguramente no fue un año fácil para la mayoría. Ojalá podamos encontrar la paz y felicidad que todos nos merecemos.Feli...
24/12/2019

Seguramente no fue un año fácil para la mayoría. Ojalá podamos encontrar la paz y felicidad que todos nos merecemos.
Feliz navidad para todos nuestros clientes y amigos !!!

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A través de un trato personalizado, el estudio se especializa principalmente en el asesoramiento en derecho laboral, sin dejar de lado por supuesto, todas las demás ramas (privado; administrativo; empresarial; comercial; constitucional; familia; penal; etc.)

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