Estudio Jurídico Carrascal

Estudio Jurídico Carrascal Estudio Jurídico CARRASCAL. Derecho Civil, Laboral y Previsional. Defraudaciones, abuso de firma en blanco.

Áreas de práctica:
El CARRASCAL | ABOGADOS, brinda un asesoramiento integral para poder satisfacer todas las necesidades de nuestros clientes. Litigios judiciales
El ESTUDIO CARRASCAL | ABOGADOS cuenta con gran experiencia en la resolución de conflictos de alta complejidad. Actualmente tiene a su cargo una amplia variedad de casos civiles, comerciales y administrativos. El Estudio representa a act

ores y demandados en procedimientos judiciales, arbitrales y de mediación, como también carteras masivas de juicios. Usualmente el estudio trabaja con un equipo de consultores técnicos especializados en diferentes áreas para litigios complejos donde debe producirse una gran cantidad de prueba. Lo que se busca en este tipo de casos es poder arribar a una solución lo más rápida, efectiva y económicamente posible, y es por eso que nos enfocamos en desarrollar la estrategia más adecuada, diseñando soluciones creativas y aplicables judicialmente, siempre asesorando al cliente sobre el mejor curso de acción a seguir. Derecho PENAL
Se especializan en temas tales como:
- EXCARCELACIONES
- Competencia ordinaria y Federal
- Defensas Penales en todas las instancias del proceso: etapas
instructorias y juicio oral.
- Eximición de prisión
- Hábeas corpus
- Acciones de amparos
- Querellas
- Presentación de denuncias por delitos de acción pública
- Causas correccionales, criminal penal económico, criminal y
correccional federal, tributarias, aduaneras, Cámara Nacional de
Casación Penal, Corte Suprema de Justicia de la Nación, Corte
Interamericana de Derecho Humanos.
- Asistencia a audiencias.
- Gestiones ante Juzgados y Comisarías.
- Extradiciones
- Gestiones ante organismos públicos nacionales e internacionales
(Ministerios, Embajadas, Consulados)
- Estafas. Derecho Comercial
El asesoramiento en el área de Practica General del Derecho Comercial y Corporativa de CARRASCAL | ABOGADOS abarca los más variados asuntos legales de la actualidad empresaria y comercial, asesorando desde personas individuales hasta grupos de sociedades comerciales de gran magnitud. El Estudio asesora en negociaciones, asuntos cambiarios (Cheques, letras de cambio y pagarés), acuerdos de accionistas y otros de naturaleza similar. Asesoramiento en Contratos
En lo que hace al asesoramiento en la práctica contractual, estudiamos y redactamos todo tipo de contratos, para negocios locales e internacionales, estudiando las diferentes posibilidades para obtener el mejor costo fiscal, sin dejar de atender las consultas de contratos sencillos, de utilización cotidiana. Nos enfocamos también en el asesoramiento del cumplimiento de cláusulas contractuales, y en la defensa de los contratos con cláusulas predispuestas. También tiene fuerte presencia en asuntos de Defensa del Consumidor (ley 24.240), como temas de publicidad comparativa, responsabilidad por productos y reemplazo de productos defectuosos, defensa contra acciones iniciadas por asociaciones de consumidores, sorteos, premios, campañas publicitarias y condiciones de venta. Asimismo asistimos a nuestros clientes en materia de reclamos vinculados a cobro excesivo de intereses o cargos facturados por entidades bancarias en el marco de contratos de tarjetas de crédito, cuentas corrientes y/o préstamos. Derecho Sucesorio y Asuntos de Familia
El CARRASCAL | ABOGADOS, posee una larga trayectoria en temas relacionados al derecho sucesorio, así como a otros asuntos de familia. Creemos que no solo son cuestiones jurídicas o patrimoniales, por lo que procuramos mantener preservados los vínculos familiares. Consideramos que en gran medida estos casos se pueden resolver extrajudicialmente, mediante técnicas de resolución alternativa de conflictos, ya sea mediante acuerdos privados, mediaciones o alguna otra solución posible. El Estudio brinda asesoramiento preventivo en cuestiones sucesorias, asesorando acerca de testamentos, donaciones, traspaso de bienes a sociedades comerciales y legados. Asesoramos a herederos en particiones de herencia, colaciones, albaceas y demás institutos que se ven inmersos en las sucesiones. En asuntos de familia, el Estudio actúa judicialmente en divorcios, ya sean de común acuerdo o contradictorios, regímenes de visitas, alimentos, liquidación de sociedades conyugales, filiaciones, adopciones, insanias e inhabilitaciones. Somos conscientes de la estricta confidencialidad, y el marco de extremo respeto que merecen las cuestiones relacionadas con este tipo de asuntos. Derecho Civil
El Estudio CARRASCAL | ABOGADOS ha representado a diferentes instituciones, profesionales y a individuos particulares en materia de reclamos por daños y perjuicios y mala praxis médica y profesional. El Estudio asesora consorcios de propietarios, actúa en procedimientos de ejecuciones hipotecarias, locaciones y demás cuestiones relacionadas a bienes inmuebles o muebles, sobre todo referidas a los derechos reales, aplicando interdictos para solucionar asuntos de medianería, referentes a escrituraciones y otras cuestiones que se puedan suscitar. En CARRASCAL | ABOGADOS poseemos un staff de profesionales adecuado para el asesoramiento en materia de propiedad horizontal, locaciones, comodatos, desalojos, ejecuciones de alquileres y ejecuciones de expensas. Asimismo, estamos en condiciones de asesorarlo en casos de vicios por defectos de construcción de edificios. Asesoramos en materia de compraventa de inmuebles a la vez que examinamos la situación jurídica de éstos previa a la realización de la operación de compra o venta. Responsabilidad Civil
La vida diaria presenta situaciones de la más diversa índole que pueden generar el nacimiento de derechos y obligaciones. La variedad de situaciones con habilidad para generar daños reclamables es amplísima y prácticamente inagotable. Esos daños pueden producirse por incumplimientos contractuales o hechos tales como: accidentes de tránsito; accidentes u errores médicos; accidentes deportivos; accidentes derivados de adversas condiciones meteorológicas; accidentes ferroviarios y otros medios de transporte terrestre; desprendimiento de cornisas de edificios u otros objetos provenientes de niveles superiores de esas construcciones; electrocuciones; o, los derivados por desperfectos de fabricación o mecánicos y/o falta de mantenimiento de automóviles; los producidos por defectuoso diseño de calles, autopistas, rutas o caminos, su mal estado de conservación o su falta de seguridad; los causados por veredas en mal estado; los causados por falta o corte del suministro de energía eléctrica; los ocurridos en establecimientos educativos, centros de recreación, entretenimiento o deportivos; los causados por las cosas desde automóviles pasando por escaleras mecánicas hasta cosas tan insólitas como pan rallado desparramado en un local comercial; los ocurridos con motivo de viajes de placer o de estudios; los que se produzcan por la comisión de delitos tales como el hurto de automotores ubicados en garages o estacionamientos en general. Derecho Laboral y de la Seguridad Social
En este área el Estudio CARRASCAL | ABOGADOS brinda un asesoramiento destinado a minimizar los conflictos y los costos para las empresas, previendo y anticipándose a los problemas, desarrollando planes y soluciones efectivas y realistas. El asesoramiento en temas laborales debe tener presente todas las etapas, desde la contratación, el desarrollo de la relación y la finalización de la misma. Este tipo de asesoramiento, debe tener una visión clara de la significación de los negocios de la empresa, acompañando su vida diaria con herramientas y soluciones ágiles, y de fácil implementación. Asesoramos tanto en la redacción de contratos de trabajo, planes de retiro y otorgamiento de beneficios sociales, como también en la negociación con sindicatos, administración central y provincial y en conciliaciones y litigios laborales. El Estudio brinda el servicio de asesoramiento en grandes carteras de conflictos, tanto en el Ministerio de Trabajo como en la justicia laboral y lo respectivo a la ley 20.744.

05/04/2016

NO EXISTEN LÍMITES PARA LA SALUD

La Corte de Justicia de Salta desestimó el recurso de apelación contra una obra social y así confirmó una sentencia de grado que ordenó proporcionarle la cobertura total e incondicionada requerida por una niña, incluyendo las prácticas y la evaluación de una posible cirugía en el Hospital Garrahan.
En los autos “Y.,V.D.H. vs. Instituto Provincial de Salud de Salta - Amparo - Recurso de Apelación”, la Corte de Justicia de Salta desestimó un recurso de apelación de una obra social y, en consecuencia, confirmó la sentencia de grado que ordenó proporcionarle la cobertura "total e incondicionada" requerida por una menor.
En el caso, la sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó a la accionada que “proporcione la cobertura total e incondicionada requerida para la niña, respetando las prestaciones básicas determinadas en la Ley 24901 en un ciento por ciento a su cargo para las prácticas médicas aconsejadas, evaluación y posible cirugía en el Hospital Garrahan, el pago de los pasajes aéreos y estadía para la niña y un acompañante y las prestaciones debidamente justificadas que expresamente indique el médico tratante (…)”.
El juez de grado afirmó que “en el caso la vía elegida resulta idónea a los fines de resguardar los derechos reclamados, que la atención tardía de la patología de la menor de tres años de edad pone en riesgo su salud, y que en razón del informe evacuado en autos por la accionada y las constancias del expediente administrativo acompañado como prueba, carece de entidad la pendencia de la vía administrativa opuesta”.
De este modo, el magistrado consideró “inatendibles los argumentos vertidos por la accionada referidos al principio de solidaridad contributiva y a la inexistencia de norma que avale la cobertura reclamada, a la vez que aseguró que la facultad de control por parte de la demandada en modo alguno puede condicionar la integridad de la cobertura de los requerimientos médicos necesarios para preservar la salud de la menor”.
Al respecto, los jueces del Máximo Tribunal provincial afirmaron que “no se encuentra en discusión la patología de la niña como tampoco la procedencia y necesidad de las distintas prestaciones reclamadas, sino que las cuestiones alegadas por la accionada refieren al porcentaje de gastos que debe afrontar; al cumplimiento de su parte de las prestaciones requeridas conforme a las normas provinciales aplicables que refiere; a su naturaleza jurídica y su exclusión del régimen de la Ley 23661, del sistema nacional de seguro de salud y del programa médico obligatorio; a aspectos de índole patrimonial (…)”.
En este orden de ideas, los magistrados explicaron que “el interés de un menor debe ser tutelado por sobre otras consideraciones por todos los departamentos de gobierno”.
En cuanto al agravio consistente en la alegada afectación del principio de solidaridad contributiva -en virtud del cual es necesario un uso proporcional y cuidadoso de los recursos con que cuenta la obra social para brindar el servicio de salud-, los jueces señalaron que “la demandada no puede eludir ligeramente sus obligaciones constitucionales alegando limitaciones financieras para cumplir con las prestaciones exigidas por los restantes afiliados y beneficiarios”.
“No basta con la simple y conjetural afirmación de que podrían existir limitaciones para atender esas demandas, pues el ejercicio de un derecho constitucionalmente reconocido como el de la preservación de la salud no necesita justificación alguna sino que, por el contrario y tal como se señaló, es la restricción que de ellos se haga la que debe ser justificada; de modo que es preciso fundar adecuada y convincentemente la carencia presupuestaria para que ésta pueda ser considerada un obstáculo insalvable a la procedencia de la acción”, concluyó el Alto Tribunal provincial.

31/03/2016

FERTILIZACIÓN SIN EXCLUSIONES

La Justicia porteña ordenó a la ObSBA que brinde a una afiliada la cobertura integral del tratamiento de fertilización médicamente asistida de alta complejidad. Para los jueces, "la edad de la amparista no puede ser condición para negar su cobertura".

31/03/2016

AVANZA LA REVISIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL

El subsecretario de Política Criminal, Martín Casares, anunció que el gobierno ya puso en marcha un proceso de revisión crítica del nuevo Código Procesal Penal. “Lo estamos haciendo de manera participativa, convocamos a mesas de trabajo en las cuales, con una agenda previa en la que punteamos cuáles son los ajustes que creemos que pueden ser futuras modificaciones, lo planteamos a especialistas, asesores, incluso han venido jueces, funcionarios, algunos fiscales, o personas que nos hacen llegar sus intereses”, indicó el funcionario.
Aunque la puesta en vigencia del cuerpo normativo estaba prevista por la anterior gestión para el 1 de marzo, a fines del año pasado, el gobierno encabezado por el presidente Mauricio Macri sacó un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que frenó su implementación.
Frente a esto, Casares insistió en que ahora el objetivo de la gestión es realizar un proceso amplio de diálogo. Como ejemplo, recordó que cuando fue el tratamiento anterior, se hicieron audiencias públicas en las que especialistas de diferentes ámbitos expusieron sus puntos de vista pero, por la velocidad del proceso, no fueron tenidos en cuenta. Ahora, en cambio, el funcionario indicó que se están recogiendo esos aportes para sumarlos a la discusión.
Por otro lado, Casares también se refirió a las razones que motivaron la suspensión del Código a fines de 2015. “No hay forma instrumental de hacer esto con la infraestructura que tenés”, dijo. La norma, expresó, no tiene “las herramientas para poder investigar, perseguir y sancionar eficazmente los delitos complejos” y añadió que “hacían falta un montón de acciones concretas que hacen a la implementación de la reforma para que sea exitosa”.
Sobre las falencias instrumentales, Casares apuntó contra aspectos clave de la reforma. El nuevo sistema acusatorio, explicó, “se gestiona mediante audiencias orales”, pero la organización judicial está lejos de poder responder a este cambio. Por caso, indicó que “no estamos en condiciones de videograbar todas esas audiencias para dejar esta metodología de expediente y pasar a una gestión digital de los casos moderna, en el cual si vos como parte apelás la resolución, la alzada que corresponda pueda ver un video o escuchar una grabación y decidir en base a eso, y no a un acta que después se hace”.
Además, el funcionario repasó otros puntos sobre los que buscarán avanzar. En ese sentido, dijo que agregarán un capítulo para investigar y perseguir los delitos complejos, donde incluirán las figuras del arrepentido y del agente encubierto. También indicó que darán “mucha más participación activa a la víctima, para que sea notificada e incluso en el caso de que quiera ser oída cada vez que los casos vayan a ser archivados”.

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