Matias Werner - Abogado

Matias Werner - Abogado : Derecho Penal | Consultoría en Derecho y Tecnología | Novedades del Mundo Judicial

Un juez de Esquel usó ChatGPT para redactar parte de una sentencia penal. Se olvidó de borrar la respuesta de la IA. La ...
16/03/2026

Un juez de Esquel usó ChatGPT para redactar parte de una sentencia penal. Se olvidó de borrar la respuesta de la IA. La Cámara anuló todo porque en el medio de los fundamentos encontró este texto:
“Aquí tienes el punto IV reeditado, sin citas y listo para copiar y pegar.”
La Camara detectó tres problemas: datos de partes y testigos volcados en una IA externa sin anonimizar, pedido expreso de omitir las citas que hacen al razonamiento jurídico, e imposibilidad de saber cuánto texto era del juez y cuánto de la máquina.
Sin el prompt -la instrucción que el juez le dio a la IA - era imposible saber si la decisión la tomó quien debía tomarla.
Las fiscales recurrieron y el STJ revocó la nulidad. Sostuvo que el sistema procesal “no somete a escrutinio directo los procesos internos de deliberación del juez, sino la motivación exteriorizada en la sentencia. La consulta de doctrina, los intercambios académicos y el empleo de herramientas de apoyo — tecnológicas o no — integran el ámbito propio de la elaboración intelectual del pronunciamiento.”
El criterio tiene un paralelo analógico que lo sostiene. En los juzgados, los empleados suelen hacer proyectos de sentencia que el juez revisa, corrige y firma. Eso no es delegación: es parte del proceso de elaboración. La IA puede cumplir el mismo rol.
Pero hay una línea que divide qué es usar IA como herramienta o delegar la decisión en una máquina.
Usar IA para organizar información, mejorar la redacción o buscar jurisprudencia es asistencia es lo primero.
Pedirle que construya el argumento que justifica una condena, que resuelva los planteos de la defensa, que decida qué pesa en la prueba, es delegación. Una IA no razona. Predice texto plausible. Delegar el criterio es un riesgo concreto.

El problema real: puede generar fundamentos que parecen impecables sin que el juez haya razonado nada. Responsabilidad sin trazabilidad es solo una declaración de principios.

¿Puede usarse como prueba un video íntimo grabado por una cámara de seguridad dentro de una casa?Un fallo reciente de la...
10/03/2026

¿Puede usarse como prueba un video íntimo grabado por una cámara de seguridad dentro de una casa?

Un fallo reciente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional abordó esta cuestión en un caso de robo bajo la modalidad conocida como “viuda negra”.

Según la investigación, una mujer habría contactado a sus víctimas mediante aplicaciones de citas, concurrido a sus domicilios y colocado clonazepam en sus bebidas para inducirlas al sueño y robar sus pertenencias.

En uno de los casos, la víctima tenía cámaras de seguridad dentro de su vivienda.
Las grabaciones captaron distintos momentos del encuentro, incluso escenas dentro del dormitorio.

La defensa pidió anular esos videos, argumentando que la mujer no sabía que estaba siendo filmada y que eso afectaba su derecho a la intimidad.

La Cámara rechazó el planteo y sostuvo que:

• Las filmaciones fueron obtenidas por la propia víctima dentro de su domicilio, sin intervención estatal.
• Las cámaras no habían sido colocadas para registrar escenas íntimas, sino por motivos de seguridad.
• El derecho a la intimidad no es absoluto y debe ponderarse con otros intereses, como la investigación de un delito.
“Las cámaras no fueron colocadas subrepticiamente para filmar imágenes de intimidad, sino por razones de seguridad y vigilancia”.

También subrayó que el material fue aportado por la propia víctima dentro de su domicilio, sin intervención estatal, lo que resulta relevante al analizar la validez de la prueba.

Además, el tribunal recordó que la intimidad no es un derecho absoluto y que, frente a conflictos con otros derechos o intereses, corresponde realizar una ponderación judicial.

Otro punto importante del fallo: la Cámara dejó abierta la posibilidad de que la mujer filmada pueda eventualmente iniciar una acción por la grabación del acto íntimo.

“La discusión que podría desarrollarse en torno a la afectación que conllevó para la encausada el ser filmada durante un acto íntimo sin prestar su consentimiento (…) podrá ser canalizada por la vía pertinente y evaluada mediante el proceso que corresponda”., señaló

La aplicación de la Ley 27.799 -denominada “Ley de Inocencia Fiscal”- continúa produciendo efectos en expedientes en trá...
25/02/2026

La aplicación de la Ley 27.799 -denominada “Ley de Inocencia Fiscal”- continúa produciendo efectos en expedientes en trámite, incluso en causas que ya contaban con sentencia condenatoria no firme. En el caso “M.A.M. s/ Evasión Tributaria Simple”, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de San Martín dispuso el sobreseimiento de un imputado que había sido condenado a tres años de prisión en suspenso por evasión simple respecto de un monto de $3.456.085,40 correspondiente al IVA de los períodos 2013-2014. La sentencia se encontraba recurrida ante la Corte Suprema y no había adquirido firmeza.

Una vez publicada la reforma en el Boletín Oficial, en mi carácter de defensor solicité la extinción de la acción penal por aplicación retroactiva de la ley penal más benigna. La Ley 27.799 elevó el monto mínimo de punibilidad de $1.500.000 a $100.000.000, lo que implicó que el monto atribuido quedara por debajo del nuevo umbral legal. En el trámite del planteo, tanto la ARCA como el Ministerio Público Fiscal no formularon oposición al pedido de sobreseimiento.

El Tribunal -integrado de manera unipersonal por el juez Matías Alejandro Mancini-concluyó que la modificación normativa tornó atípica la conducta atribuida, al desaparecer el elemento objetivo de punibilidad que había sustentado la condena. Con fundamento en el artículo 2 del Código Penal y en la doctrina de la Corte Suprema sobre la aplicación retroactiva de la ley penal más benigna como cuestión de orden público mientras la sentencia no se encuentre firme, resolvió sobreseer al imputado, dejar constancia de que el proceso no afecta su buen nombre y honor y comunicar lo decidido a la Corte Suprema.

Los detalles del fallo, en Historias

En los últimos días, desde  me consultaron para analizar las principales incorporaciones que trae el proyecto de reforma...
14/12/2025

En los últimos días, desde me consultaron para analizar las principales incorporaciones que trae el proyecto de reforma del Código Penal argentino respecto a los delitos informáticos.

A diferencia de la actualización parcial de 2008, el nuevo proyecto propone una revisión integral, con un título autónomo dedicado específicamente a los delitos cometidos mediante sistemas informáticos, lo que implica una sistematización más clara y detallada del fenómeno digital.

Entre alguna de las novedades que aborda el proyecto se encuentran:

• La creación de figuras sobre obtención y uso ilegítimo de datos sensibles, con p***s y días-multa específicos.

• La suplantación de identidad digital como delito autónomo.

• La tipificación de la ciberviolencia sexual, incluyendo la difusión no consentida de imágenes íntimas y otras conductas vinculadas al entorno digital.

• La incorporación del hurto informático y de técnicas como el phishing, tanto en como actos previos a la estafa como maniobras independientes para cometer otros delitos, además de sanciones para quienes faciliten herramientas destinadas a cometer este tipo de delitos.

• Nuevos agravantes vinculados a la afectación de infraestructuras críticas, múltiples sistemas o el empleo de Inteligencia Artificial como medio para la comisión de un hecho.

Quienes quieran profundizar, pueden leer la nota completa de iProUP aquí:

🔗 https://www.iproup.com/innovacion/62592-reforma-del-codigo-penal-en-argentina-que-dice-sobre-delitos-con-inteligencia-artificial

Privilegios.  Con  muy querido y respetado colega, pionero en plantear ante los tribunales la tensión entre el derecho y...
24/10/2025

Privilegios. Con muy querido y respetado colega, pionero en plantear ante los tribunales la tensión entre el derecho y las nuevas tecnologías. Lo más valioso de esta profesión es poder generar espacios donde las ideas se debaten, se tensan y se enriquecen mutuamente. Hablamos sobre responsabilidad algorítmica y los desafíos que plantea la IA a la dogmática penal. Gracias al por la invitación.

En  en  hablando sobre nuevas modalidades delictivas, el uso estratégico de la evidencia digital y nuevas técnicas de in...
18/06/2025

En en hablando sobre nuevas modalidades delictivas, el uso estratégico de la evidencia digital y nuevas técnicas de investigación.
Porque sí, podemos hablar de metadatos, trazabilidad de IP, agentes encubiertos digitales y toda la parafernalia tecnológica del siglo XXI… pero al final del día, nada le gana al Brad Pitt trucho o al Rey de Nigeria. Es que, como dice la obra teatral: “No quiero realismo, quiero magia”
https://www.youtube.com/watch?v=LDu2qchCzNo

A un mes del Twitt, analicé un reciente fallo de la Justicia en lo Penal Económico sobre el “Criptogate”  y traté de pon...
15/03/2025

A un mes del Twitt, analicé un reciente fallo de la Justicia en lo Penal Económico sobre el “Criptogate” y traté de poner sobre la mesa las distintas problemáticas que surgen de la resolución:
Cómo se establece la competencia territorial cuando se habla de operaciones en la Blockchain. ¿Puede existir agiotaje financiero cuando hablamos de criptoactivos?

*El caso $Libra y el desplome del activo*

Todo comenzó el 14 de febrero de 2025, cuando el presidente argentino publicó en su cuenta de X un mensaje anunciando que el proyecto $Libra ayudaría a fondear pequeñas empresas en el país, lo que generó una compra masiva del token.

Tras el mensaje, el valor de $Libra se disparó de U$S0,01 a U$S5 en pocas horas, pero luego se desplomó abruptamente. La caída coincidió con el momento en que los principales tenedores del activo comenzaron a vender, lo que levantó sospechas de manipulación de precios.

El caso derivó en múltiples denuncias por estafa y asociación ilícita en tribunales federales argentinos y en los Estados Unidos. Una de ellas fue por el delito de agiotaje, argumentando que se manipularon artificialmente los precios del activo.

La causa recayó en el Juzgado en lo Penal Económico n° 6, a cargo de Marcelo Aguinsky, quien destacó las dificultades que enfrentan los tribunales para investigar delitos financieros cometidos a través de la blockchain.

Según explicó, la ausencia de una autoridad central y la naturaleza descentralizada de la tecnología DLT (Distributed Ledger Technology) hacen que las transacciones no puedan atribuirse con facilidad a una jurisdicción específica, ya que las operaciones con criptoactivos se inician en un entorno geográfico determinado pero se registran simultáneamente en miles de nodos en todo el mundo, lo que genera un asiento contable en un registro descentralizado.

A pesar de este obstáculo, Aguinsky concluyó que los tribunales argentinos tienen base para investigar la maniobra, ya que lo sucedido con $Libra podría haber afectado tanto a inversores individuales como al orden económico y financiero en general.

Un escenario en el cual los datos cerebrales o neurodatos “podrían utilizarse además para inferir estados emocionales y ...
03/03/2023

Un escenario en el cual los datos cerebrales o neurodatos “podrían utilizarse además para inferir estados emocionales y cognitivos” representa una especial preocupación para la protección de la privacidad en todos los ámbitos.

Ello se hace patente cuando nos referimos al derecho penal. De allí que se empiecen a hablar de nuevos derechos y garantías e incluso nuevos bienes jurídicos que ameritan una tutela jurídico penal
Aqui, algunos apuntes de la AEPD donde alerta que “losdatos cerebrales o neurodatos podrían utilizarse además para inferir estados emocionales y cognitivos, procesos asociados con la personalidad, pensamientos o sentimientos”

https://lnkd.in/enKT99G8

En materia de “neuro derechos” escribí hace un tiempo esta nota analizando un novedoso artículo de Christian Sueiro sobre “hackeó mental”

https://lnkd.in/egjam4v9

A scenario in which brain data or “neurodata”could also be used to “infer emotional and cognitive states” is particular concern for privacy protection in all areas.
This is particularly evident when it comes to criminal law.
Hence, we are beginning to speak of new rights and guarantees that might be protected by criminal law.
Here, some notes from the AEPD (Spanish Data Protection Agency) where it warns that brain data or neurodata could also be used “to infer emotional and cognitive states, processes associated with the personality, thoughts or feelings”.

On the subject of "neuro-rights" I wrote a while ago this note analyzing an article by Christian Sueiro about “mental hacking".

22/02/2023

CHATGPT reconoce que los abogados no van a ser reemplazados por sistemas de IA.
🦾!!!

La Suprema Corte de los Estados Unidos se prepara para resolver dos casos trascendentales en materia de responsabilidad ...
22/02/2023

La Suprema Corte de los Estados Unidos se prepara para resolver dos casos trascendentales en materia de responsabilidad de los gigantes de Internet y los contenidos que circulan a través de ellos.
Se trata de la interpretación sobre los alcances de la conocida Sección 230 de la Communications Decency Act
En esta nota se puntualiza sobre el (poco) conocimiento sobre la materia de algunos profesionales que actúan en el caso.

https://t.co/DyORX1sR2D

Sobre el debate en torno a la sección 230, escribí hace un tiempo este artículo. Cuando una orden ejecutiva la puso en jaque.
Básicamente, la discusión es si las redes sociales son”plataformas” y no “editores” del contenido que circula por ellas.

https://www.diariojudicial.com/nota/86639

Primer detenido por delitos cometidos en el Metaverso.Habría creado un perfil o un avatar bajo la supuesta identidad de ...
07/02/2023

Primer detenido por delitos cometidos en el Metaverso.

Habría creado un perfil o un avatar bajo la supuesta identidad de una chica de 19 años, se ganaba su confianza y pedía "fotografías y vídeos de carácter sexual"

Se produjo en el marco de la 'Operación Suzaku', llevada a cabo por agentes del Grupo de Delitos Tecnológicos de Zaragoza, España.

Por primera vez, una persona fue detenida como presunto autor de múltiples delitos de corrupción de menores, tenencia y distribución d

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