27/11/2020
El Juzgado Federal de Paraná N°2 hizo lugar a la demanda de una jubilada y ordenó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reintegrarle el dinero deducido en concepto de Impuesto a las Ganancias durante un año. También le ordenó al organismo liquidador de los haberes previsionales que se abstenga de realizar la retención.