Martin Morelli abogado

Martin Morelli abogado Abogado - Docente UBA.

11/08/2026

El caso del que hable ayer todavía me sigue dando vueltas en la cabeza.

Trabajadora víctima de violencia laboral, con medida cautelar para resguardar su integridad y su salario, cae porque la Sala VIII CNAT considera que AUN SIN NOTIFICAR la decisión de disolver el vinculo laboral en periodo de prueba es anterior a dicha medida y, por ende, vale más.

El sábado encontré de casualidad un fallo en Twitter que me llamó poderosamente la atención.El Juzgado de primera instan...
10/08/2026

El sábado encontré de casualidad un fallo en Twitter que me llamó poderosamente la atención.

El Juzgado de primera instancia había dictado una medida cautelar que le aseguraba salarios (aun sin prestar tareas) a una trabajadora víctima de acoso laboral (con denuncia penal inclusive).

Elevada la causa a la CNAT, la sala VIII revoca la medida PORQUE EL EMPLEADOR LA DESPIDIO EN PERIODO DE PRUEBA. ¿cuál es la cuestión mas "llamativa"? La medida judicial se dicto el 06/03 y la notificacion del despido sin causa fue el 12/03 PERO COMO LA DECISION SE HABIA TOMADO EL 05/03 la sala VIII ratifica el despido.

Sinceramente, la trabajadora sufrió también otra lesión en sus derechos con el aval de la justicia.

07/08/2026

Pago en cuotas de sentencias por capital y honorarios.

El fallo que trajo polemica es "Lescano Corbalán, Maurina Priscilla vs. Imperio, Víctor Manuel s. Cobro de pesos" /// Juzgado del Trabajo IX, San Miguel de Tucumán, Tucumán, 05/08/2026.

A mi tildenmen de garca pero prefiero cobrar.

Se fue un nuevo intensivo del CPO, el segundo del año, de la materia "Ley de Riesgos del Trababo: teoría y práctica".Dis...
06/08/2026

Se fue un nuevo intensivo del CPO, el segundo del año, de la materia "Ley de Riesgos del Trababo: teoría y práctica".
Distinto al anterior pero satisfactorio tambien.
Gracias a los/as alumnos/as que se anotaron, participaron, y me siguen ayudando y enseñando en la materia.

A recargar pilas que la semana que viene arranca la cursada normal y volvemos a elementos.

23/07/2026

Interesante fallo compartido por el Foro Federal del Trabajo y el Dr. Diego Guirado donde un Juzgado Laboral de Rosario en el expte "Leoni c Avenida Pizza y otros S/ cobro de pesos" establece medidas coercitivas basadas en el art. 553 CCyCN a los fines de buscar asegurar el verdadero cobro de la indemnización debida al trabajador/a atento su carácter alimentario.

- Prohibición de salidas del pais.
- Prohibición renovación carnet de conducir.
- Prohibición de emitir facturas.

Ayer un amigo me paso esta nueva metodología que tienen las ART. Expediente judicializado, imposibilidad de acuerdo debi...
21/07/2026

Ayer un amigo me paso esta nueva metodología que tienen las ART. Expediente judicializado, imposibilidad de acuerdo debido a ofrecimiento bajo (no tienen en cuenta la inc. Psicológica y no toman todos los intereses) y departamento judicial pro ART. Todo en conocimiento del cliente.

Pero la ART le manda un mail directamente al trabajador a los fines de buscar que presione al abogado para cerrar el caso.

Después la culpa es de los abogados y la .

Cansado

En el B.O de hoy salio publicado el Decreto 612/26 donde se agrega un párrafo a continuación del art 6bis del Decreto 19...
20/07/2026

En el B.O de hoy salio publicado el Decreto 612/26 donde se agrega un párrafo a continuación del art
6bis del Decreto 199/88 a los fines de darle mayor sustento a la Reforma Laboral introducida por la Ley 27.802.

"(...) Que, en esta instancia, con la finalidad de proveer al objetivo y eficiente ejercicio del control de legalidad previo a la homologación o registración de los acuerdos y Convenciones Colectivas de Trabajo que establezcan o readecuen los aportes y/o contribuciones reguladas por el artículo 9° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y sus modificaciones, resulta necesario precisar los conceptos de la remuneración que corresponde integrar a la base de cálculo, constituida por el salario básico convencional correspondiente a la categoría del trabajador, de conformidad con lo establecido por el artículo 6° bis del Decreto N° 199/88.

Que con igual finalidad, resulta pertinente reafirmar los destinos específicos y la modalidad de administración especial aplicable a los aportes y/o contribuciones que los empleadores libremente acuerden convencionalmente en favor de las asociaciones sindicales conforme a lo previsto en el artículo 9° de la Ley N° 23.551 y sus modificaciones, que tienen por destino obras de carácter social, asistencial, previsional y/o cultural en interés y beneficio de los trabajadores, conforme lo establecido por el artículo 4° de la Reglamentación de dicha norma aprobada por el Decreto N° 467/88 y sus modificatorios.

Que las precisiones efectuadas en el presente tienen por finalidad brindar certeza respecto del alcance de las disposiciones vigentes y asegurar su adecuada aplicación, contribuyendo a su efectivo cumplimiento. (...)"

Gracias por la data!

20/07/2026

Perdimos la final de la pero no hay reproches...
En caba y prov. De Buenos Aires empezó la por 2 semanas.

¿Qué hacemos los abogados/as estas dos semanas?
Trabajamos igual! Un poco mas tranquilos/as.

Cualquier duda y/o consulta a disposición!

18/07/2026

Si me ha pasado... la vida del abogado hecha meme.

Resolucion de Cámara Nro 17 del 15/07/2026 donde la CAMARA NACIONAL DEL TRABAJO dispone cubrir TRANSITORIAMENTE las vaca...
17/07/2026

Resolucion de Cámara Nro 17 del 15/07/2026 donde la CAMARA NACIONAL DEL TRABAJO dispone cubrir TRANSITORIAMENTE las vacantes de jueces de los Juzgados de Primera instancia CON LA LISTA DE CONJUECES aprobada en el 2025.

La Resolucion pone en evidencia la cantidad de vacancias del fuero, las subrogancias ya vigentes y la negativa fundada de varios jueces de poder llevar adelante dicha doble función.

Dirección

Avenida Corrientes Y Uruguay
Buenos Aires

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Martin Morelli abogado publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Martin Morelli abogado:

Atajos

Compartir