Ximena.Bergel.Abogada

Ximena.Bergel.Abogada Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Ximena.Bergel.Abogada, Abogado y bufete de abogados, Doblas 955, Buenos Aires.

Ximena Bergel - Abogada especialista en Derecho Laboral |Ayudo a PyMEs a prevenir conflictos laborales, ordenar la gestión de su personal y crecer con respaldo legal

31/08/2026

Muchas empresas del agro están recibiendo la visita del sindicato exigiendo contratar personal temporario a través de las bolsas de trabajo.

La realidad: desde la ley bases, esto NO es obligatorio. Es una alternativa, no una imposición.

Vos como empresario podés contratar a quien quieras y bajo la modalidad que tu empresa necesite. Es una libertad esencial e innegociable.

¿Recibiste una visita así? Escribinos.
📩 [email protected]

Para saber si algo funciona, hay que medirlo.Analizamos el FAL con números reales de una empresa antes de que entre en v...
30/07/2026

Para saber si algo funciona, hay que medirlo.
Analizamos el FAL con números reales de una empresa antes de que entre en vigencia. Estos son los resultados:
→ Acumula en 12 meses: $2.635.649
→ Dispone para pago de indemnización: $2.590.000
→ Queda expuesto a un reclamo de: $2.485.000
Deslizá para ver las 4 conclusiones 👉

💡 El FAL funciona — y el impacto es real para una PyME. Podés afrontar una indemnización completa sin tocar caja. Sin costo adicional. Solo redirigiendo lo que ya pagabas.
⚠️ Pero la registración parcial tiene un costo concreto y medible. El FAL solo cubre lo que está declarado. La diferencia queda expuesta a reclamo judicial.
⚠️ La prevención es la mejor inversión que podés hacer a largo plazo. No alcanza con tener el fondo — hay que tener la gestión laboral ordenada para aprovecharlo al máximo.

Las empresas que más pierden en juicios laborales son las que nunca tuvieron un diagnóstico claro de su situación.
¿Cómo está la tuya? Escribime.
✉️ [email protected]
📱 +5492235795151

El FAL entra en vigencia en noviembre. Lo simulamos con números reales.Una PyME con 10 trabajadores constituye su FAL y ...
27/07/2026

El FAL entra en vigencia en noviembre. Lo simulamos con números reales.
Una PyME con 10 trabajadores constituye su FAL y aporta $189.254 por mes. Al cabo de un año acumula $2.635.649.
Llega el momento de despedir a un trabajador. Remuneración registrada: $518.000. Antigüedad: 3,5 años.
El FAL cubriría la totalidad de la indemnización — $2.590.000 — sin tocar caja. Le quedaría incluso un remanente de $45.649 en el fondo.
Hasta ahí, perfecto.
El problema: ese trabajador cobraba en realidad $1.015.000. La deuda real es $5.075.000. El FAL no cubre esa diferencia.
🔴 Diferencia reclamable por el trabajador: $2.485.000.
Deslizá para ver el análisis completo 👉

El FAL funciona. Pero solo cubre lo que está registrado. Y la registración parcial tiene un costo concreto y medible.
Las empresas que más pierden en juicios laborales son las que nunca tuvieron un diagnóstico claro de su situación.
¿Cómo está la tuya? Escribime.
✉️ [email protected]
📱 +5492235795151

¿Sabés cuánto va a acumular tu empresa en el FAL?Lo calculamos para un cliente real del Estudio. Con 10 trabajadores y u...
23/07/2026

¿Sabés cuánto va a acumular tu empresa en el FAL?
Lo calculamos para un cliente real del Estudio. Con 10 trabajadores y una masa salarial de $7.570.185, el aporte mensual al FAL sería de $189.254,63.
El resultado después de un año: $2.635.649 acumulados. Sin costo adicional. Solo redirigiendo parte de lo que ya pagaba en cargas sociales.
Deslizá para ver la proyección completa 👉

📌 El FAL entra en vigencia el 1° de noviembre de 2026. Los primeros 6 meses son período de carencia — el dinero se acumula pero no está disponible para usar.
⚠️ Si no constituís tu FAL, ARCA te asigna uno de oficio.

El número importa. Pero más importante es saber cómo integrarlo a una estrategia de prevención de reclamos laborales.
¿Querés saber cuánto acumularía tu empresa? Escribime.
✉️ [email protected]
📱 +5492235795151

📋 ¿Qué indemnizaciones cubre el FAL?Cuando se habla del FAL, la mayoría piensa solo en el despido sin causa. Pero el fon...
20/07/2026

📋 ¿Qué indemnizaciones cubre el FAL?

Cuando se habla del FAL, la mayoría piensa solo en el despido sin causa. Pero el fondo cubre situaciones bastante más variadas — desde una enfermedad hasta un mutuo acuerdo.

1️⃣ Extinción de contrato a plazo fijo — cuando un contrato con fecha de finalización pactada se corta antes de tiempo, o el plazo mayor a un año se extingue al vencimiento.

2️⃣ Imposibilidad de reincorporar tras una enfermedad inculpable — cuando el trabajador se enferma por algo ajeno al trabajo, no puede volver, o la empresa no tiene tareas acordes a su capacidad.

3️⃣ Mutuo acuerdo — no genera obligación indemnizatoria en sí, pero la gratificación extraordinaria por cese sí está cubierta.

4️⃣ Despido indirecto — cuando el trabajador decide irse porque la empresa incumplió algo, y esa decisión se considera equivalente a un despido sin causa.

5️⃣ Despido por fuerza mayor o falta/disminución de trabajo — cuando la empresa despide por una causa externa grave, no por decisión arbitraria.

6️⃣ Fallecimiento del trabajador — la indemnización que corresponde a los derechohabientes.

🌾 Un régimen aparte: el trabajo agrario sigue el mismo esquema (preaviso, integración del mes de despido e indemnización por despido).

Conocer el alcance real del FAL es la base para integrarlo a la política de prevención de juicios laborales de tu empresa — no como un trámite aislado, sino como parte de tu estrategia.

📩 Agendá una reunión con el Estudio para integrar el FAL a la prevención de juicios laborales de tu empresa.

📋 FAL: ¿Cuándo cubre y cuándo no?Llega el momento de una desvinculación y la empresa tiene que proyectar el pago de la i...
15/07/2026

📋 FAL: ¿Cuándo cubre y cuándo no?

Llega el momento de una desvinculación y la empresa tiene que proyectar el pago de la indemnización. Te das cuenta de que es más de lo que pensabas… y además, el monto que tenés ahorrado en el FAL no te alcanza.

¿Qué hacés? ¿Podés usar el dinero que ahorraste en el FAL?

👉 Para usar el FAL:

✅ Tenés que haber aportado al menos durante 6 meses.
✅ El trabajador tiene que estar registrado.
✅ Tiene que haber estado registrado por lo menos 12 meses antes de la desvinculación.

🚫 Si no está registrado, el FAL no cubre.
🚫 Si está parcialmente registrado, cubre solo en la medida del registro.

La diferencia por lo que falte para completar la liquidación está a cargo tuyo. Podés liquidarla por recibo de sueldo o, según la estrategia del caso, llegar a un acuerdo con el trabajador.

Saber con qué cobertura contás, qué hacer con la diferencia y cómo hacer un uso inteligente de los fondos invertidos es lo que marca la diferencia en cada desvinculación.

📩 Agendá una reunión con el Estudio para analizar la situación de tu empresa.

📋 FAL: ¿es un costo nuevo para tu empresa?Con el FAL, la primera reacción es siempre la misma: un fondo obligatorio, un ...
10/07/2026

📋 FAL: ¿es un costo nuevo para tu empresa?

Con el FAL, la primera reacción es siempre la misma: un fondo obligatorio, un % de la masa salarial, todos los meses… suena a un costo más para una estructura que ya viene ajustada.

👉 Pero no es así.

💰 El 2,5% del FAL se descuenta de las contribuciones patronales que ya pagás hoy. Es una redistribución de un aporte que ya venías haciendo, no un concepto adicional a tu costo laboral.

📈 Ese dinero, además, se capitaliza en fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros — va creciendo con el tiempo.

Entender cómo funciona, integrarlo a la gestión preventiva de tu empresa y usarlo con estrategia ante los despidos: eso es lo importante.

📩 Para eso estamos. Agendá una reunión con el Estudio.

08/07/2026

💰 ¿Qué beneficio obtenés con el FAL?

Las PyMEs tienen que integrar el 2,5% de la masa salarial de su empresa. Esta contribución es mensual y se calcula sobre la misma base que las cargas sociales actuales.

👉 Y acá está el punto que más te interesa como empleador: ese porcentaje se descuenta de las contribuciones patronales que ya pagás hoy. No es un costo nuevo que se suma — es una redistribución de lo que ya estás pagando.

📈 Y el dinero en esas cuentas individuales va a ir creciendo y capitalizándose, porque van a estar dentro de fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros.

Así, con el nuevo sistema, las indemnizaciones laborales —o parte de ellas— van a ser abonadas con fondos que originalmente estaban destinados a la seguridad social, pero que ahora quedan en tu poder, y además van a ir creciendo.

⚡ Es un cambio de paradigma muy grande, que tu empresa tiene que entender y aprender a usar inteligentemente.

Estamos a tu disposición para ayudarte a evaluar:
1️⃣ Cómo este nuevo sistema impacta en la estructura laboral de tu empresa.
2️⃣ Cuál va a ser el costo efectivo.
3️⃣ Cómo integrar el FAL en una política de prevención de conflictos laborales.

📩 Escribinos.

08/07/2026

💰 ¿Qué podés pagar con el FAL?
Con el FAL podés pagar, total o parcialmente, las indemnizaciones más frecuentes en una desvinculación:
📋 Despido sin causa
📋 Preaviso
📋 Integración del mes de despido
📋 La indemnización cuando el trabajador se coloca en situación de despido indirecto
📋 Fallecimiento del trabajador
📋 E incluso un mutuo acuerdo

⚠️ Ahora bien: si el saldo acumulado resulta insuficiente para cubrir la totalidad de la indemnización, la diferencia sigue siendo responsabilidad del empleador. Hay dos condiciones que no pueden faltar para que el fondo pueda usarse:

✅ El trabajador tiene que estar registrado.
✅ Tiene que haber estado registrado por lo menos 12 meses antes de la desvinculación.

🚫 Si el trabajador no está registrado, el FAL no te cubre.
🚫 Si el trabajador está parcialmente registrado, el FAL te cubre solo en la medida del registro.
📩 Si querés que te ayudemos a entender cómo impacta el nuevo sistema en tu empresa o negocio, escribinos.

08/07/2026

⚠️ Si tenés empleados en relación de dependencia, esto te va a afectar directamente.

📅 A partir de noviembre entra en vigencia el FAL: un fondo que tu empresa va a tener que constituir mes a mes, reservando un % de la masa salarial total, exclusivamente para el pago de indemnizaciones.

🚨 Cuidado con esto: el régimen de despido NO cambia. Vas a seguir debiendo exactamente lo mismo si despedís a alguien. Lo que cambia es que ahora vas a tener ese dinero ya reservado, en un fondo propio de tu empresa.

✅ Constituir el fondo es obligatorio.
❌ Usarlo, en cada caso, es una decisión tuya.

📩 Si querés entender realmente cómo impacta esto en tu empresa, escribinos.

Dirección

Doblas 955
Buenos Aires
1424

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Ximena.Bergel.Abogada publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Atajos

Compartir