Estudio Juridico Shaferstein y Asociados

Estudio Juridico Shaferstein y Asociados Integramos este estudio jurídico, un grupo de profesionales altamente especializados en el asesoram Calidad de servicio al cliente. Optimización de recursos.

contando con los mejores
recursos humanos y los medios tecnológicos para
brindar un servicio que exceda las expectativas del
cliente. La palabra compromiso marca el norte de nues-
tra gestión profesional.Los abogados que conformamos este estudio ofre-
cemos COMPROMISO en temas centrales como:
Valores éticos derivados de nuestra profesión. Información permanente al cliente de los asuntos
encomendados. Trabajo en equipo y secreto profesional.

19/09/2025
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10/04/2024

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10/04/2024

Tras analizar el planteo de un jubilado, la justicia en lo Contencioso Administrativo habilitó la feria y suspendió los artículos del DNU del Ejecutivo que autorizaban el aumento libre de precios de prepagas.

10/04/2024

La Cámara Federal de La Plata decidió fijar un criterio general para resolver reclamos por aumentos de la cuota de medicina prepaga, tomando de referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) para todos los casos salvo una pauta específica para personas con discapacidad.

Logramos una Medida Cautelar contra Osde por el aumento de la cuota .En autos JUZGADO FEDERAL EN LO CIVIL Y COM. Y CONT....
08/02/2024

Logramos una Medida Cautelar contra Osde por el aumento de la cuota .
En autos JUZGADO FEDERAL EN LO CIVIL Y COM. Y CONT. ADM.
DE SAN MARTIN 1 , expte 842/2024 "A.E.J.C. c/ OSDE S/AMPARO COLECTIVO" se dispuso "En definitiva corresponde, hacer lugar parcialmente a la medida cautelar peticionada por el Sr. Sr. E. J.C. A. y su cónyuge Sra.G. P. N,, bajo caución juratoria y, en consecuencia, ordenar OSDE que proceda a facturar a la amparista las cuotas de afiliación al valor de,la cuota de diciembre de 2023, efectuando sobre los siguientes periodos los ajustes mensuales que resulten de aplicarle el índice salarial que publica el INDEC; ello, por un plazo de 6 meses, o hasta tanto –sea modificada por el magistrado que habrá de entender o bien dicte sentencia definitiva, lo que ASI .TAMBIEN SE DECIDE..Fdo.OSCAR ALBERTO PAPAVERO JUEZ FEDERAL"

20/09/2023

SI ESTAS POR JUBILARTE TENÉS DERECHO A CONTINUAR EN TU OBRA SOCIAL ,PRESENTAMOS UN AMPARO Y SEGUIRAS TENIENDO LA MISMA OBRA SOCIAL, NO PERMITAS QUE VULNEREN TUS DERECHOS. CONTACTATE A NUESTRO ESTUDIO.4374-9510

05/07/2023

La Corte de Salta confirmó una condena contra una obra social que se negaba a brindar la cobertura de la cuota del colegio al que asiste una niña con síndrome de down y retraso mental profundo.

05/07/2023

Un Juzgado de Salta ordenó a la cartera de Salud provincial que provea la cobertura total del costo de la droga “volanesorsen” a un paciente que padece de una enfermedad crónica poco frecuente.

¿Al jubilarme puedo continuar con mi obra social? 🤔📍Cuando se acerca el momento, es posible que te preguntes si podrás c...
20/04/2023

¿Al jubilarme puedo continuar con mi obra social? 🤔

📍Cuando se acerca el momento, es posible que te preguntes si podrás continuar en tu obra social o prepaga al jubilarte.

Es una duda que tienen muchos trabajadores y trabajadoras.

📍La respuesta es SÍ podés continuar con la misma obra social o prepaga, gozando de las mismas prestaciones y beneficios, realizando los correspondientes descuentos mensuales.

📍Las obras sociales y prepagas te lo niegan porque no les conviene prestar el servicio a personas mayores porque demandan más prestaciones que otro tipo de afiliado.

¿Qué hacer para continuar en tu obra social o prepaga al jubilarte?

1. Podés solicitar la opción de mantener tu obra social o prepaga.

2. No debés pasarte a obras sociales que acepten jubilados.

3. Tus aportes de Obra Social que van al PAMI pueden regresar a tu Obra Social.

4. Si tenés una obra social sindical, podés seguir en ella.

5. Si aceptas el traslado a PAMI, perdés la afiliación a tu obra social.

6. En cuanto te sea negado tu derecho, debés iniciar , lo antes posible, el trámite de reclamación.

Si tu obra social no te permite continuar con ellos, alegando toda suerte de argumentos e incluso, si te dan de baja de manera unilateral, iniciá la reclamación por vía judicial. ⚖

Contactanos y te asesoramos antes que sea tarde para vos!👌🏻

⚖Indignidad¿Qué es la indignidad para suceder?Es una causa por la cual una persona queda excluida de una sucesión y no p...
29/03/2023

⚖Indignidad
¿Qué es la indignidad para suceder?
Es una causa por la cual una persona queda excluida de una sucesión y no puede recibir bienes del causante.

📍¿Quiénes son indignos y no heredan?

👉🏻Los autores o cómplices de algún delito doloso cometido contra el causante, sus hijos, padres, cónyuge, conviviente o hermanos.

👉🏻Los que maltrataron al causante u ofendieron su memoria.

👉🏻Los que acusaron o denunciaron al causante por un delito, salvo que la víctima del delito sea el acusador o su familia.

👉🏻Los que no hicieron la denuncia de la muerte del causante ocurrida por causa de un delito doloso dentro de un mes de sucedida.

👉🏻Los parientes o el cónyuge que no le dieron al causante los alimentos debidos, o no lo llevaron a un establecimiento adecuado si no podía valerse por sí mismo.

👉🏻El padre extramatrimonial que no reconoció en forma voluntaria al causante cuando fue menor edad.

👉🏻El padre o la madre del causante que fue privado de la responsabilidad parental.

👉🏻Los que influyeron en la voluntad del causante para que otorgue testamento, deje de hacerlo, o lo modifique.

👉🏻Los que falsificaron, alteraron, sustrajeron, ocultaron o sustituyeron el testamento.

📍¿Cómo se logra la exclusión de la sucesión por causa de indignidad?

Por medio de una demanda que debe iniciarse luego de la apertura de la sucesión. Debe iniciar la demanda la persona que reclama los derechos que le corresponderían al indigno.

📍¿El causante puede perdonar a una persona indigna?

Sí. El testamento que beneficia al indigno y es posterior a la causa de indignidad significa un perdón, a menos que se pruebe que el causante no conocía la causa de indignidad al momento de hacer su testamento.

¿Conocías al respecto?. Te asesoramos para que no pierdas en ningún proceso legal! Contactanos!



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