17/07/2018
El Juzgado de Familia Nº 9 de San Carlos de Bariloche (Río Negro) admitió el recurso presentado por la Defensoría Oficial a raíz de la negativa de los padres de una menor a aplicarse la vacuna obligatoria, conforme al calendario nacional de vacunación, contra el Virus del Papiloma Humano (HPV) y los intimó a acreditar en un plazo de cinco días el cumplimiento del calendario nacional de vacunación en relación a su hija, bajo apercibimiento de disponer la misma en forma compulsiva, toda vez que más allá del indudable interés colectivo, se impone por sobre la negativa de los padres, el derecho personalísimo de la niña, a disfrutar del más alto nivel posible de salud (art. 24 CDN), más aún cuando no se advierte cómo esta negativa podría beneficiarla, pues el Estado debe realizar las acciones positivas para proteger y promover la salud, y el plan de vacunación oficial apunta a una política estatal de prevención y su incumplimiento justifica la intervención judicial en resguardo del derecho a la salud individual y colectiva.