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Policia Federal 👮🏼‍♂️👇
01/09/2022

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Fallo reciente de la CSJN - PFA act y ret- Decreto 380/17
01/09/2022

Fallo reciente de la CSJN - PFA act y ret- Decreto 380/17

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01/09/2022

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06/04/2021

⚖ LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO NO PUEDE SER CONSIDERADA PARTE DE LA CUOTA ALIMENTARIA Y, POR LO TANTO, EL EMPLEADOR NO ES RESPONSABLE DE RETENERLA

Se confirmó que no resulta aplicable al caso la sanción dispuesta por el art. 551, Código Civil y Comercial y si bien estimó que la sociedad debió informar con anticipación el distracto laboral para así poder tomar las medidas necesarias a fin de tutelar el derecho esencial de los niños, tuvo en consideración que la indemnización abonada por el empleador, dada su naturaleza resarcitoria, no constituye salario. La indemnización recibida por el alimentante demandado no encuadraba dentro de sus "haberes", toda vez que no es una retribución que el trabajador percibe en forma normal y habitual, sino por el contrario, excepcional; aquella no posee el carácter de "haberes" y, por ende, no puede ser considerada como parte de la cuota alimentaria. En consecuencia, no se advierte en el caso que la demandada hubiere desobedecido la manda judicial dispuesta en el expediente sobre alimentos, ni que una vez notificada del embargo hubiere pagado de manera indebida al deudor embargado, no se halla acreditada la responsabilidad en su carácter de destinatario por incumplimiento de la orden de retención.

Leé el fallo "B. M. L. vs. Tipi Plastimec s. Materia a categorizar. C 1ª CC Sala I, San Isidro, Buenos Aires; 17/02/2021; Rubinzal Online; 8684/2019; RC J 1514/21" en https://bit.ly/3lTEUTr



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06/04/2021

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Seminario ⚖️
29/03/2021

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06/03/2021

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