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Presentes en el segundo día de la V jornada de derecho tributario en el CPACF “Defensa del contribuyente en CABA”.      ...
10/09/2019

Presentes en el segundo día de la V jornada de derecho tributario en el CPACF “Defensa del contribuyente en CABA”.

Recomendamos asistencia, charla sobre jurisprudencia tributaria en la Uba.
28/08/2019

Recomendamos asistencia, charla sobre jurisprudencia tributaria en la Uba.

Hoy participamos de la excelente charla sobre jurisprudencia tributaria brindada por el Dr Barbato y Dra. Accorinti en e...
08/08/2019

Hoy participamos de la excelente charla sobre jurisprudencia tributaria brindada por el Dr Barbato y Dra. Accorinti en el CPACF.

Feliz día de la independencia Argentina.
09/07/2019

Feliz día de la independencia Argentina.

"La Pinta no es lo de menos" Reciente fallo del Tribunal Fiscal de la Nación  ratifica la posibilidad de que un profesio...
28/06/2019

"La Pinta no es lo de menos" Reciente fallo del Tribunal Fiscal de la Nación ratifica la posibilidad de que un profesional pueda deducirse -en el impuesto a las ganancias- determinados gastos que resultan fundamentales para su imagen, en expediente 14° 37.448-1, caratulado: "TÁUIL JUAN MANUEL s/ recurso de apelación". Recordemos que a partir del 02/5/2019 los recursos ante el TFN son por medio de expediente electrónicos a través del sistema TAD.

Brindamos asesoramiento y asistencia  para contadores. Participación en honorarios en caso de actuación conjunta. Nos en...
24/06/2019

Brindamos asesoramiento y asistencia para contadores. Participación en honorarios en caso de actuación conjunta. Nos encontramos a 50 metros del Consejo de Ciencias económicas. Multas y clausuras. Determinaciones de oficio. Ejecuciones fiscales. Asesoramiento ante inspecciones.

05/06/2015

Atención empleados de la Salud!!!

La CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - rechazó una demanda incoada por un profesional de la salud que fue despedido con causa en la pérdida de confianza de su empleador como consecuencia de haber tomado fotografías de un paciente durante una emergencia médica y luego publicarlas en una red social. Entiende que la actitud del trabajador mientras se encontraba cumpliendo funciones bajo las órdenes de la demandada resulta injuria suficiente en los términos del art. 242 de la ley de contrato de trabajo. Asimismo, señala que lo manifestado por el accionante -en el sentido que las fotografías fueron tomadas con el consentimiento del paciente para ser incorporadas en una causa penal- no conlleva a restarle gravedad a los incumplimientos detectados por la empleadora y reconocidos por el trabajador.

Dirección

Avenida Córdoba 1495
Buenos Aires
1055

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