28/10/2016
¿Qué hago si sufro un accidente de trabajo?
Se considera accidente de trabajo todo hecho súbito y violento que ocurra en ocasión del trabajo, como así también los ocurridos entre el domicilio del trabajador y el lugar del trabajo. Por otro lado, las enfermedades profesionales comprenden aquellas que se producen como consecuencia de la realización de las tareas laborales.
La Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) es la encargada de brindar todas las prestaciones médicas y dinerarias previstas por la ley, inmediatamente después de ser notificado el accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Prestaciones Médicas
La ART tiene la obligación de brindar, en caso de contingencias previstas por la ley, las siguientes prestaciones en Especie:
• Asistencia médica y farmacéutica.
• Prótesis y ortopedia.
• Rehabilitación.
• Recalificación personal.
• Servicios funerarios.
La Asistencia médica y farmacéutica, las prótesis y ortopedia y la rehabilitación deben ser otorgadas mientras subsistan los síntomas o hasta su total curación.
Alta
El alta debe ser otorgada por escrito y notificada al trabajador.
Al ser otorgada el alta el trabajador deberá presentarse ante su empleador para reiniciar la actividad laboral.
En el supuesto de estar en desacuerdo con el alta otorgada debe informar a su empleador para que este solicite un reingreso a la ART, o bien solicitar directamente el reingreso a la ART. Si no obtuviese una respuesta satisfactoria, el trabajador, puede iniciar un trámite ante la Comisión Medica correspondiente por divergencia en el alta.
Porcentaje de Incapacidad
En caso de que existiera una secuela producto del accidente. El porcentaje de incapacidad será estimado y notificado por la ART luego del alta laboral o al cumplirse el año del accidente (lo que ocurriese primero).
El trabajador podrá aceptar el porcentaje otorgado por la ART o rechazarlo.
Monto de indemnización
El monto de su indemnización se calcula de acuerdo al porcentaje de incapacidad que le hayan fijado.
Pero no deje que el ART se abuse del desconocimiento que puede llegar a tener usted como trabajador y acerquese a nuestro estudio en calle 23 N°580 para un mejor asesoramiento.