13/05/2024
Hoy les traemos un poco de actualidad sobre el tópico, 𝐏𝐑𝐄𝐏𝐀𝐆𝐀𝐒⚕
El DNU 70/23 derogó el Decreto N° 743 de fecha 6/11/2022 y, en consecuencia, eliminó los topes de aumentos que regían desde el año 2022 para las medicinas prepagas.
A raíz de ello, los afiliados a medicinas prepagas tuvieron un incremento en sus cuotas mensuales, de enero a marzo del corriente, que alcanzó al menos un 40 %.
Es por ello que, un grupo de legisladores denunciaron por CARTELIZACIÓN en los términos del Art. 2, inc. A de la Ley 27.442 a las siguientes empresas de medicina prepaga:
1. GALENO ARGENTINA
2. HOSPITAL BRITÁNICO
3. HOSPITAL ALEMÁN
4. MEDIFÉ
5. SWISS MEDICAL
6. OMINT
7. OSDE
8. CONFEDERACIÓN UNIÓN ARGENTINA DE SALUD (UAS); y
9. Claudio Fernando BELOCOPITT, en su doble carácter de presidente de la UAS y de la firma SWISS MEDICAL S.A.
Como nuestro objetivo es comunicar en forma clara, cuando hablamos de una 𝐂𝐀𝐑𝐓𝐄𝐋𝐈𝐙𝐀𝐂𝐈𝐎́𝐍 nos referimos a que varias empresas intercambian información y realizan acciones tendientes a controlar el mercado, eliminando de esta forma la libre competencia económica.
No es menor que las empresas denunciadas concentren la suma total de más de la mitad de los usuarios del mercado de medicina prepaga en Argentina y sirvan a diferentes segmentos de la población, cada una con estrategias de negocio únicas.
Esto debería implicar diferencias significativas en las estructuras de personal, instalaciones y recursos administrativos, comerciales y técnicos, según sus distintas formas de inserción y competencia en el mercado. En resumen, aunque los proveedores aumenten los precios de manera similar, el impacto en estas estructuras de costos debería ser diferente.
El 17/04/2024 se emitió una 𝐌𝐄𝐃𝐈𝐃𝐀 𝐃𝐄 𝐓𝐔𝐓𝐄𝐋𝐀 𝐀𝐍𝐓𝐈𝐂𝐈𝐏𝐀𝐃𝐀 según el Art. 44 (Ley 27.442) por el plazo de 6 MESES, que requiere la publicación del dictamen de la CNDC, informar los valores de plan e ingresos obtenidos, así como la cantidad de afiliados. Además, establece que las cuotas no pueden exceder los siguientes cálculos:
- 𝐏𝐚𝐫𝐚 𝐚𝐟𝐢𝐥𝐢𝐚𝐝𝐨𝐬 𝐚𝐧𝐭𝐞𝐫𝐢𝐨𝐫𝐞𝐬 𝐚 𝐝𝐢𝐜𝐢𝐞𝐦𝐛𝐫𝐞 𝐝𝐞 𝟐𝟎𝟐𝟑: la cuota del plan de salud de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC en el momento de la facturación y el mismo índice de diciembre de 2023).
- 𝐏𝐚𝐫𝐚 𝐧𝐮𝐞𝐯𝐨𝐬 𝐚𝐟𝐢𝐥𝐢𝐚𝐝𝐨𝐬 𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐭𝐢𝐫 𝐝𝐞 𝐝𝐢𝐜𝐢𝐞𝐦𝐛𝐫𝐞 𝐝𝐞 𝟐𝟎𝟐𝟑: el ajuste se basará en un plan similar al contratado en ese momento.
Finalmente, el excedente cobrado deberá ser reembolsado a los afiliados, aunque aún no se ha establecido un plazo debido a las dilaciones de las empresas de medicina prepaga al solicitar audiencias.
Si te resultó útil, 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐚́𝐫𝐭𝐞𝐥𝐨♻. Si tienes alguna pregunta, esperamos tus 𝐜𝐨𝐦𝐞𝐧𝐭𝐚𝐫𝐢𝐨𝐬.