Estudio Vazquez y Asociados

Estudio Vazquez y Asociados Somos especialistas en las áreas de Derecho aduanero, penal cambiario, tributario y laboral.

Nuestro Estudio está brindando sus servicios legales desde hace 38 años, operando -principalmente- en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Campana, La Plata, Bahía Blanca, y en las Provincias de Corrientes (Paso de los Libres), Entre Ríos (Gualeguaychú y Paraná), Mendoza, Misiones (Iguazú, Irigoyen y Posadas), Córdoba, Salta, Tierra del Fuego y Santa Fe (Rosario, San Lorenzo y Santa Fe Capital).

27/08/2026

📋 ARCA abrió una moratoria aduanera para PyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. ¿Qué trae?

✅ Cubre deuda impositiva, previsional y aduanera vencida al 30/6/2026 — multas por infracciones al Código Aduanero incluidas
✅ Hasta 18 cuotas (micro/pequeñas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro) o 15 cuotas (medianas)
✅ Pago a cuenta desde 5%
✅ Frena el inicio de acciones judiciales de cobro mientras el plan esté vigente
🗓️ Se puede adherir hasta el 30 de octubre de 2026

Ojo: no reduce intereses ni libera sanciones, y hay exclusiones (condenas firmes, responsables solidarios, garantes).

Hace más de 40 años acompañamos a empresas argentinas en estos temas. Una buena herramienta rinde según quién la use — por eso vale la pena leerla con calma antes de sumarse. 🏛️

👉 estudiovazquezyasoc.com.ar

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19/08/2026

Si tenés un sumario aduanero abierto —por clasificación o por valoración— y seguís importando la misma mercadería, hay algo que conviene saber: cada despacho nuevo puede transformarse en un sumario nuevo.

Mientras la discusión de fondo no se resuelve, cada operación idéntica arrastra el mismo cuestionamiento. La exposición se acumula, despacho por despacho.

El Código Aduanero prevé una herramienta para esto: la declaración supeditada (arts. 227 y 324). Permite atar las operaciones posteriores al resultado de la controversia original, en lugar de abrir un frente sancionatorio con cada una. Y si la resolución final resultara desfavorable, la multa queda acotada a la primera operación: las siguientes no generan su propia infracción.

Si estás en esa situación, evaluarlo a tiempo puede ahorrarte un problema que crece solo. Escribinos.

📩 [email protected]

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13/08/2026

¿Alguna vez oficializaste un despacho y después notaste que había un error? Un valor mal cargado, una clasificación equivocada, una diferencia de cantidad.

La buena noticia: que la declaración sea, en principio, inalterable no significa que no haya nada que hacer.

El Código Aduanero prevé dos caminos. La rectificación (arts. 225 y 322) permite corregir sin multa cuando el error surge de la propia documentación y se actúa a tiempo. Y la autodenuncia (art. 917) permite comunicar el error antes de que la Aduana lo advierta, reduciendo la multa un 75% y evitando que se abra el sumario.

El detalle que cambia todo: hay que llegar antes que la Aduana. Después, es infracción, multa completa y sumario —y, muchas veces, complicaciones cambiarias ante el BCRA.

En el Estudio ya acompañamos estos trámites en una gran variedad de situaciones. Si te pasó algo parecido, escribinos. Mejor evaluarlo a tiempo.

📩 [email protected]

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30/07/2026

📌 Novedad para quienes importan desde el MERCOSUR

Si alguna vez tuviste que dejar una garantía en la Aduana por no tener a mano el certificado de origen del MERCOSUR, esto te interesa.

ARCA acaba de habilitar (RG 5880/2026) el uso del Certificado de Origen Digital para dar de baja esas garantías —y las multas automáticas que suelen venir con ellas—. En muchos casos hay capital inmovilizado esperando desde hace tiempo.

La buena noticia: se puede recuperar. La letra chica: la baja no es automática. La Aduana revisa el certificado y puede rechazar el pedido si hay un error formal, y ahí la multa puede quedar firme.

Por eso conviene mirar cada caso con cuidado antes de gestionar.

En el Estudio te ayudamos a ordenar tus garantías por origen y recuperar lo que tengas inmovilizado. Consultanos: [email protected]

Estudio Vázquez y Asociados · Derecho Aduanero y Comercio Exterior

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23/07/2026

📦 Se publicó el Decreto 604/2026, y trae novedades que valen la pena mirar para cualquiera que mueva mercadería por vía postal.
La más interesante: por primera vez se reglamenta la exportación comercial por correo, sin límite de valor. Es una oportunidad concreta para productores y PyMEs que quieren dar el salto al mercado internacional sin la complejidad de las operaciones tradicionales de comercio exterior.
También se ordena el lado de las importaciones: exención hasta USD 400 por envío y la caída de la vieja alícuota del 50% que fijaba el Decreto 161/99. En criollo, reglas más claras y parejas entre el correo y los courier.
Como siempre, la simplificación esconde detalles técnicos importantes (por ejemplo, quién responde por los tributos). Y ahí es donde la lectura experta hace la diferencia.
Desde hace más de 40 años acompañamos a quienes operan en comercio exterior. 💬⚖️
Estudio Vázquez y Asociados

15/07/2026

⚖️ ¿Importás el mismo producto mientras discutís con la Aduana?
Cada nueva operación podría sumarte una multa aparte... a menos que uses la herramienta correcta 👀
La 𝗱𝗲𝗰𝗹𝗮𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝘀𝘂𝗽𝗲𝗱𝗶𝘁𝗮𝗱𝗮 permite atar tus próximas importaciones al resultado de la controversia ya abierta, y protege las operaciones posteriores a la primera 🛡️
Pero ojo: si no se instrumenta bien, la protección no aplica 📋
En Estudio Vázquez y Asociados te ayudamos a evaluar si tu operatoria puede acceder a este beneficio 📩 Escribinos.

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01/07/2026

¿Sabías que hoy en día la valoración aduanera ya no deja ningún documento formal en manos del importador?
Antes, cuando aduana aprobaba el valor de una operación, emitía una nota o informe con número de actuación. Algo concreto, respaldatorio, que quedaba en el expediente.
Eso dejó de existir. Ahora la resolución circula en un correo interno entre funcionarios, y el importador no recibe absolutamente nada por escrito.
Y con la implementación del SITA, la situación se complica más: la empresa presenta la documentación para valoración a través del Subtramite 10030, el sistema lo registra… pero el resultado nunca llega. No hay respuesta formal. No hay número de expediente. No hay constancia de aprobación.
El problema no es la digitalización en sí. El problema es cuando "digitalizar" se convierte en sinónimo de borrar la huella del acto administrativo.
Desde el Estudio Vázquez y Asociados trabajamos día a día con estas realidades del comercio exterior argentino. Si tenés una operación de importación y no estás obteniendo respuesta formal de valoración, consultanos.
📩 [email protected]

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24/06/2026

¿Sabías que tu empresa quizás ya no necesita inmovilizar plata en un aval bancario para operar en aduana?
Desde el 16 de junio rige la RG 5864/2026 de ARCA. En criollo: amplía las operaciones que se pueden garantizar con una simple declaración jurada en el sistema MALVINA, en lugar de un aval bancario, una póliza de caución o un depósito en efectivo.
Alcanza, entre otras, a importaciones y exportaciones temporarias, tránsitos y envíos en consignación. El beneficio directo es menos capital inmovilizado y menos costos en cada operación.
El detalle fino: no todas las empresas califican. Hay que estar sin deuda exigible ante ARCA y tener al menos dos años operando ante la Aduana, entre otros requisitos.
¿Querés saber si tu operatoria entra? Escribinos y lo evaluamos. 📩

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17/06/2026

Te cuento un cambio que pasó casi desapercibido pero que puede costar caro. 📦
La importación temporaria del Decreto 1330/04 es una gran herramienta: permite traer insumos sin pagar derechos de importación, con el compromiso de reexportarlos transformados. El problema de siempre fue cumplir los plazos.
Y justo ahí ARCA acaba de cambiar las reglas. Con la RG 5854/2026 (vigente desde el 03/06), la prórroga de esos plazos ahora se pide por trámite SITA y con un mínimo de 10 días hábiles de anticipación al vencimiento. ⏰
¿La consecuencia de no anticiparse? Quedarte sin la extensión, con la mercadería en riesgo de salir del régimen.
Moraleja: revisá tu calendario de vencimientos antes de que el calendario te revise a vos. 😅
¿Te tomó por sorpresa este cambio o ya lo tenías en el radar?

¡Nueva resolución importante para quienes operan en comercio exterior! 📢La Dirección General de Aduanas publicó la Resol...
03/06/2026

¡Nueva resolución importante para quienes operan en comercio exterior! 📢

La Dirección General de Aduanas publicó la Resolución 5853/2026, que actualiza la denominación del programa Operador Económico Autorizado (OEA) para alinearlo con los estándares internacionales de la Organización Mundial de Aduanas.

En términos prácticos: si tu empresa ya tiene certificación OEA, seguís operando con los mismos beneficios. Si estás evaluando obtenerla, este es un buen momento para conocer los requisitos actualizados.

Desde el Estudio Vázquez y Asociados estamos disponibles para cualquier consulta. 💼

📎 Dejamos el link a la norma completa en los comentarios.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/342639/20260601

¿Trabajan con el régimen OEA? ¿Qué experiencia tienen con el proceso de certificación?

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