27/01/2017
Acuerdos Prenupciales: ¿Sí o no?
El nuevo código Civil y Comercial habilita a las futuras parejas a firmar convenios de división de bienes previos al matrimonio. Qué es lo que hay que saber antes.
En la Argentina, se producen 4,6 rupturas por cada 10 matrimonios. Si bien es cierto que en otros países como España se producen aún más (en 2014, hubo siete rupturas por cada 10 matrimonios, según el último informe del Instituto de Política Familiar). Pero atendamos a dos datos importantes. El primero: hace apenas 10 años, en Argentina había 3 divorcios por cada 10 parejas casadas, y en España 3,5 por cada 10 casamientos. Y segundo: la convivencia sin matrimonio se multiplicó por 9 en Argentina y por 6 en España en los últimos 30 años.
¿Y cuánto duran esos matrimonios que perduran? En promedio son 15 años para España y apenas 8 en Argentina. Es decir, que eso de “la comezón del séptimo año” existe, al menos en nuestro país.
La realidad se impone, en general el amor no dura para siempre, por más que digamos en el altar “hasta que la muerte nos separe”. El velo del romanticismo ya no es tan tupido como para ocultar una realidad que está haciendo disminuir el número de bodas (de cada 3 uniones, dos son para formar parejas de hecho) y aumentar los acuerdos prematrimoniales con los que establecer las condiciones razonables en las que se produciría una posible ruptura.
Las estadísticas del Colegio de Escribanos de la Capital Federal son contundentes. A apenas año y medio de vigencia del Código Civil y Comercial, una de cada 14 parejas que se casan, el 7%, realiza alguna clase de acuerdo prematrimonial. Y la suma va en alza. En España, el Centro de Información Estadística del Notariado pone datos a esa nueva conciencia sobre lo efímero del matrimonio: casi una de cada cuatro parejas (un 24%) que se casaron en 2015 optaron por firmar contratos prenupciales que, en su gran mayoría, contemplan la separación de bienes de los cónyuges.
El nuevo Código Civil y Comercial (vigente desde el 1 de agosto de 2015) admite la celebración de convenciones matrimoniales, pero en este caso los futuros esposos sólo pueden celebrar las convenciones que expresamente se permiten, las que se encuentran limitadas a las enumeradas en el artículo 446: “Las convenciones matrimoniales consisten en los acuerdos que los futuros contrayentes pueden formular ya sea con respecto al régimen patrimonial del matrimonio, o en cuanto a los bienes que llevan al matrimonio, la enunciación de las deudas o las donaciones que se hagan entre ellos”.
Si el régimen es de gananciales, es el que se aplica si no hay acuerdo previo, se crea un patrimonio común. Si es con separación de bienes, los cónyuges administran su patrimonio de manera separada, contribuyendo según sus ingresos a los gastos comunes. Y si es en régimen de participación de beneficios, cada uno mantiene su patrimonio pero recibiendo parte de las ganancias obtenidas por su pareja. Sin embargo, un acuerdo prenupcial no puede recoger otros muchos temas, como por ejemplo las pensiones compensatorias (a menos que se hayan considerado como donaciones condicionadas a la muerte del otro cónyuge), herencias, ni la custodia de los hijos".
El objetivo es tenerlo todo bajo control, sobre todo cuando hay fortunas de por medio. Hollywood ha sido desde hace tiempo un buen ejemplo de ello. Los medios norteamericanos aseguran que Brad Pitt y Angelina Jolie acordaron que cuando la relación no tuviera más recorrido, como así se demostró el año pasado, cada uno se llevaría el dinero y los bienes con los que llegó al matrimonio y que lo generado desde entonces se repartiría entre sus hijos, sobre los que Angelina mantendría la custodia.
Michael Douglas y Catherine Zeta-Jones estipularon que una supuesta ruptura costaría al actor un millón de dólares por cada año de casados (ya llevan 16). Un pacto similar al de Tom Cruise y Katie Holmes, aunque este más generoso: tres millones de dólares por año de convivencia. El actor tuvo que desembolsar 18 millones en el divorcio. Habrían sido muchos más si hubieran celebrado su undécimo aniversario, límite a partir del cual a Cruise le hubiera costado el 50% de su fortuna. Otros son más específicos respecto a las circunstancias del desamor: la prensa de Estados Unidos ha publicado que Justin Timberlake y Jessica Biel valoran la compensación por una posible infidelidad en 500.000 dólares.
Y ya que hemos venido hablando de España por comparación con nuestro país, hay una interesante excepción en las comunidades Autónomas de Cataluña y Baleares, en las cuales, por norma el régimen es de separación de bienes, y los contrayentes deberán hacer un acuerdo prematrimonial si lo que desean es tener una comunidad de gananciales.
En definitiva, es lógico que los futuros cónyuges hablen sobre estas cuestiones prácticas, que no tienen nada que ver con los sentimientos, y que lo hagan con antelación para saber a qué atenerse, de la misma forma que se habla sobre si se quiere tener hijos o sobre las reglas de la vida en común. Hay que hacerlo con la máxima naturalidad, aunque para algunos suene frío. Así lo dicen los psicólogos (que bastante tienen que lidiar con estos temas) y los expertos en familia y parejas.
Antes era lógico que se intentara proteger a las mujeres que no tenían ingresos dando por supuesto el régimen de gananciales. Ahora hay mucha más simetría en la pareja y a ninguno de los dos debe parecerle extraño que se quiera preservar cierta autonomía económica.
La mayor ventaja de los acuerdos prenupciales es que se llevan a cabo suponiendo la mejor voluntad de los cónyuges, lo que asegura una equidad siempre beneficiosa ante futuras desavenencias. Traducido: al momento de firmar, si es que se van a casar es porque por supuesto se aman más que nunca. Entonces la buena fe se presume.
En cualquier caso, se aconseja examinar con detenimiento lo que se firma, porque ese pacto es legalmente vinculante. Y si hay algo que no se entiende para eso están (estamos) los abogados.
Con frecuencia quienes no han optado por alcanzar estos pactos conyugales terminan por entender su utilidad tiempo después del enlace, aunque nunca es demasiado tarde. Se pueden realizar en cualquier momento que la pareja lo desee, siempre formalizando el acuerdo ante un escribano. Lo usual, en estos casos, es que se decida cambiar el régimen de gananciales por el de separación de bienes, y eso sucede por dos razones. Puede que haya motivos económicos, como un gran negocio en puertas, que aconsejen diferenciar patrimonios. Hay que recordar que en un régimen de gananciales se comparten los ingresos, pero también las pérdidas. Pero -lo cierto es- lo más habitual es que sea la antesala de un divorcio. Uno de los dos no se siente a gusto con la relación y no quiere ataduras económicas con el otro si se decide a dar el paso de la separación.
Para la doctora Campo Ruano, psicóloga especialista en Familia y Parejas "es evidente que proponer a tu pareja un cambio así demuestra que algo no marcha bien. Lo normal es que el otro sea consciente de ello y acepte sus deseos con la esperanza de mantener viva la relación, aunque seguramente no lo asuma de buen grado. Incluso ese trámite puede que prolongue innecesariamente el matrimonio".
Por eso, psicólogos y abogados insisten en lo saludable de prever escenarios indeseados antes de iniciar una vida en común. "Mi consejo es que antes de casarse todo el mundo se pare a reflexionar y valore la posibilidad de llegar a acuerdos -concluye la abogada Ana Clara Belío-. Que se asesoren, que conozcan la ley, que entiendan los derechos y deberes que asumen, y que decidan en común qué es lo que más les conviene, porque puede estar en juego su futuro bienestar".