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Lo Duca & Quaranta Profesionales especializadas en Derecho de Familia, Sucesiones, Desalojos y Derecho de Género.

Uno de los grandes mitos en torno a la obligación de alimentos que tienen los progenitores es: ⬇️⬇️“NUESTROS HIJ@S PASAN...
24/09/2021

Uno de los grandes mitos en torno a la obligación de alimentos que tienen los progenitores es: ⬇️⬇️
“NUESTROS HIJ@S PASAN IGUAL CANTIDAD DE DÍAS CONMIGO QUE CON LA MADRE/PADRE. ASÍ QUE NO TENGO QUE PAGAR UNA CUOTA DE ALIMENTOS” ❓❓
Esta frase, que solemos escuchar muy seguido, no siempre es correcta. Aunque los hijos pasen la misma cantidad de días con cada progenitor, puede llegar a fijarse una cuota de alimentos, especialmente cuando los recursos económicos de cada padre son diferentes.
🔹La finalidad de esto es que los niñ@s gocen del mismo estilo y nivel de vida en cada hogar.
🔺¿Qué te parece?, ¿Estás de acuerdo con esto?

Escribinos! 🖌📩📲

Esta es una frase que hemos escuchado muy seguido. PERO CUIDADO! ⛔️‼️Si tu ex pareja te pasa una cuota de alimentos o si...
16/09/2021

Esta es una frase que hemos escuchado muy seguido. PERO CUIDADO! ⛔️‼️

Si tu ex pareja te pasa una cuota de alimentos o si tienen conversado un régimen de comunicación, y un día se ve modificado unilateralmente, no vas a tener forma de reclamar su cumplimiento. ❌

Si bien es muy bueno que los padres separados puedan entenderse espontáneamente, en nuestra experiencia los “arreglos de palabra” terminan por desvirtuarse, dando lugar a conflictos de distinta índole.

Esos acuerdos de palabra tienen escasa o nula validez legal. Y, más allá de que las conductas sostenidas en el tiempo pueden sentar precedentes y servir como prueba en algunos casos, no son sentencia ni ley para las partes.

🖌 Por eso aconsejamos que vuelquen esos acuerdos a un convenio formal, para dejar asentados los derechos y obligaciones de ambas partes, y así evitar malos entendidos a futuro.📄

¿Cuál es tu experiencia sobre este tema? Te leemos!

¿Cómo saber si una sucesión esta iniciada? 🔍🔍📍Si el último domicilio del causante (persona fallecida) es en Capital Fede...
06/09/2021

¿Cómo saber si una sucesión esta iniciada? 🔍🔍
📍Si el último domicilio del causante (persona fallecida) es en Capital Federal esta información te va a ser útil para saber si su sucesión fue iniciada:
🔹En primer lugar, podemos hacer una primera búsqueda del expediente con los siguientes datos: nombre y apellido del causante, DNI, la fecha exacta o aproximada del fallecimiento y su último domicilio.
🔹Si lo anterior no da resultado, podemos tramitar un informe al registro de “Juicios Universales”, para que éste informe si existe algún proceso sucesorio iniciado a nombre del causante.
Tal información es imprescindible para determinar si es necesario iniciar un nuevo proceso, o si ya existe uno en curso en el cual debés presentarte para hacer valer tus derechos sucesorios. 👊🏻
🔶¿Tenes que saber si una Sucesión esta iniciada?
Escribinos.🖋📲📩

29/08/2021

Feliz día del abogado y de la abogada a nuestros colegas! ‼️👨🏼‍💼👩🏽‍💼

Estos son algunos de los mensajes que, día tras día, nos hacen sentir que el esfuerzo vale la pena.

¿Por qué elegimos y amamos nuestra profesión?

Porque nos gusta lo que hacemos; porque día a día queremos superarnos para acompañarlos de la mejor manera; porque nuestra mayor misión es ayudarlos y que conozcan sus derechos y obligaciones.
Porque militamos la deconstrucción de la justicia patriarcal.
Estamos orgullosas del camino recorrido, y vamos por más.

¿Por qué es conveniente iniciar la sucesión? ⁉️Muchas veces nos hacen esta pregunta, y queremos despejar algunas dudas.E...
24/08/2021

¿Por qué es conveniente iniciar la sucesión? ⁉️

Muchas veces nos hacen esta pregunta, y queremos despejar algunas dudas.

En nuestra experiencia hemos visto muchos casos en que, por disputas patrimoniales, se terminan generando fuertes peleas entre familiares. Y para evitar esto es necesario ordenar el patrimonio de la persona fallecida.

Además, si la sucesión no se realiza en tiempo y forma, pueden surgir importantes perjuicios económicos para los herederos. Así, por ejemplo:

⛔️ No podrán disponer de los bienes registrables,
💵 Los gastos de dichos bienes se empiezan a acumular, creando conflictos entre las partes para organizarse y pagar.
💳 Las deudas del causante (difunto) también se heredan. Si no se pagan, pueden generar intereses y multas muy costosos para los herederos.
🙍🏼‍♀️ Al no realizar un “Acuerdo de partición de herencia” (en el que se divide y adjudica lo que corresponde a cada uno), pueden generarse roces familiares: alguien se adjudica unilateralmente un bien, otro se “adueña” de otros bienes del fallecido, y allí comienzan las disputas.

Por razones como estas, y por muchas otras que no podrían ser abarcadas en un solo posteo, sugerimos que no posterguen la consulta para iniciar una sucesión.

¿Vos tenés pendiente iniciar alguna sucesión? Escribinos!

La respuesta es Si ✅.Pero…¿Hasta qué edad corresponde recibir alimentos?Muchas veces se tiene el error de pensar que la ...
18/08/2021

La respuesta es Si ✅.
Pero…¿Hasta qué edad corresponde recibir alimentos?
Muchas veces se tiene el error de pensar que la cuota de alimentos se debe cumplir hasta los 18 años de edad.
Sin embargo, los padres/madres tienen la obligación de darle alimentos a sus hij@s hasta los 21 años, e incluso hasta los 25 años si éstos estudian o se capacitan en un arte u oficio y no pueden mantenerse por sus propios medios.
Recuerden que pagar alimentos es una obligación, y en caso de incumplimiento de la misma se puede realizar el reclamo judicial correspondiente.👊🏻 📃 🖋

03/08/2021

Martes de preguntas frecuentes: ¿Qué pasa si alguno de los progenitores no cumple el régimen acordado? ‼️

Un Juez de familia de la Ciudad de Cipolleti multó económicamente a la madre de un menor, por incumplir el régimen de co...
29/07/2021

Un Juez de familia de la Ciudad de Cipolleti multó económicamente a la madre de un menor, por incumplir el régimen de comunicación acordado con el progenitor. ⚠️

Antes de llegar a tal resolución, se la intimó reiteradas veces para que cese con su conducta obstructiva, pero tales advertencias fueron insuficientes. ‼️

Sobre este tema, el Código Civil y Comercial de la Nación establece que, frente al incumplimiento reiterado del régimen de comunicación acordado, el juez tiene facultades para disponer las medidas que fueren necesarias a fines de asegurar la eficacia de lo convenido.

En general, y según las circunstancias, tales medidas suelen consistir en intimaciones, multas económicas, y hasta la suspensión del régimen.

En este caso, el magistrado optó por una sanción económica equivalente a un salario mínimo, vital y móvil. 👨🏼‍🎓

El fallo destaca que los verdaderos titulares del derecho al régimen de comunicación son los niños, niñas y adolescentes, y no los progenitores. También hace hincapié en que l@s hij@s tienen derecho a continuar la relación con el padre/madre no conviviente, y a mantener ese vínculo afectivo estrecho a pesar de no vivir juntos.

¿Necesitas acordar un Régimen de Comunicación con el padre/madre de tu hij@? Consultanos. 📩

26/07/2021

¿Cómo abordar el régimen de comunicación con bebés o niños de menos de 3 años? 👶🏼👦🏼

Este es un tema sumamente complejo. Legalmente no existe una regulación específica, y por ello es importante recurrir a las normas básicas y al sentido común. ‼️

Los hijos tienen derecho a continuar la relación con el progenitor o la progenitora no conviviente, así como a mantener ese vínculo afectivo estrecho a pesar de no vivir bajo el mismo techo. Por ello, siempre es importante hacer foco en la búsqueda de un acuerdo integral en el cual, ante todo, se respete al niño.

🖌Si se trata de niños lactantes, se deberán respetar los momentos de lactancia teniendo en cuenta los beneficios que esto trae para los menores. En estos casos se suele establecer un sistema de visitas cortas pero frecuentes en el tiempo, graduándose progresivamente conforme los niños vayan creciendo.

🖌En cuanto al pernocte, es aconsejable que sea de manera progresiva, en función del crecimiento, la adaptación y las manifestaciones del niño.

Nuestra experiencia nos marca que con paciencia, voluntad y tiempo, se pueden lograr acuerdos positivos, que beneficien y respeten los derechos de todos los miembros de la familia, y que permitan a los niños re-adaptarse a la nueva realidad. ❤️

Si necesitás asesoramiento al respecto, no dudes en escribirnos.

¿Puedo cambiarme el nombre o el apellido? ⁉️⁉️.En principio, la respuesta es que SI, pero se necesita autorización judic...
23/07/2021

¿Puedo cambiarme el nombre o el apellido? ⁉️⁉️.
En principio, la respuesta es que SI, pero se necesita autorización judicial. Y el Juez expedirá la autorización siempre que haya motivos justos para dicho cambio.
Se considera motivo justo, de acuerdo a las particularidades de cada caso, entre otros:
🔹La afectación de la personalidad de la persona, cualquiera sea su causa, siempre que se encuentre acreditada. (Por ejemplo, aquellos casos en que el interesado tiene el apellido del padre pero no se con éste hace años, o sufrió una situación de violencia con aquél)
🔹El pseudónimo, cuando hubiese adquirido notoriedad.
🔹Por cuestiones vinculadas con la raigambre cultural, étnica o religiosa.
Pero como toda regla hay excepciones: Hay ciertos casos que NO se necesita autorización judicial para realizar el cambio:
🔺Por cuestiones de identidad de género.
🔺Por haber sido víctima de desaparición forzada, apropiación ilegal o alteración o supresión del estado civil o de la identidad.
🔺Por haber sido separado de la familia biológica por medio del terrorismo de Estado y dado en adopción.
¿Pensaste en cambiarte el nombre o apellido? Si necesitas asesoramiento, escribinos.📲📩.

19/07/2021

¿El aguinaldo se computa para el cálculo de la cuota alimentaria?

SI! ‼️‼️

Salvo que se agregue una expresa aclaración en contrario, cuando la cuota de alimentos se fija sobre un porcentaje de la remuneración del alimentante, debe contemplarse el sueldo anual complementario, ya que forma parte de los haberes ordinarios que percibe el obligado en su relación laboral.

¿Tenés que reclamar la cuota alimentaria de tu hij@ o actualizar el monto de la misma? Escribinos!

Ya hablamos bastante de algunas formalidades en torno a una sucesión, pero muchas veces nos preguntan cuáles serían los ...
15/07/2021

Ya hablamos bastante de algunas formalidades en torno a una sucesión, pero muchas veces nos preguntan cuáles serían los bienes por los cuales se debería iniciar. 🚗🛵🛥🏠‼️

Si bien se puede iniciar una sucesión sin que la persona fallecida haya dejado bienes, esto no es lo más usual. Por eso, en términos generales podemos decir que en una sucesión entran TODOS LOS BIENES REGISTRABLES del causante (es decir, del difunto), con el fin de que los herederos puedan disponer de ellos. En este concepto amplio de “Bienes registrables” podemos mencionar:

- Bienes inmuebles: Casas, departamentos, terrenos. 🏡
- Rodados: Automóviles, motos. 🚘🛵
- Cuentas Bancarias y fondos depositados en ellas: Cuentas corrientes, cajas de ahorro, cajas de seguridad. Para que los herederos puedan disponer de dichos fondos, será necesario denunciarlos en el expediente de la sucesión. 💶
- Sociedades: Cualquiera sea la participación del fallecido en la sociedad.
- Bonos, acciones, criptomonedas
- Caballos de carrera 🐴
- Embarcaciones de todo tipo 🛥
- En cuanto a los BIENES MUEBLES NO REGISTRABLES del causante (como la ropa o muebles del hogar) no es necesario iniciar una sucesión. Respecto de éstos, los herederos deberán acordar qué hacer con ese patrimonio (especialmente en los casos de bienes de gran valor como joyas, obras de arte, muebles de estilo, etc.)

Sabías esto? Te leemos!

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