01/07/2020
➡️🏘️ Nueva Ley de Alquileres.
Este martes, a través del Boletín Oficial, el Gobierno promulgó la Ley de Alquileres mediante el decreto 580/2020.
La Ley 27.551 modifica el Código Civil y Comercial de la Nación y establece nuevas reglas para los contratos de locación.
• Se amplía el plazo mínimo de duración de los contratos de locación, que será de 3 años (con las excepciones del art. 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación).
• Nuevo cálculo para la actualización del precio de alquiler de un inmueble.
- Solo pueden realizarse ajustes anuales, sobre un índice elaborado por el Banco Central de la República Argentina.
- Este índice estará compuesto en un 50% por la evolución de los salarios (RIPTE) y 50% por la evolución de la inflación (Índice de Precios al Consumidor, elaborado por el INDEC).
• Registración.
Todos los contratos de locación de inmueble deben ser declarados por el locador ante la AFIP.
• Pago de expensas.
- Ordinarias: deben ser abonadas por el locatario.
- Extraordinarias: estarán a cargo del propietario.
• Anticipos.
El mes anticipado y el depósito en garantía no pueden ser mayores al equivalente de un mes de alquiler.
• Garantías: el locatario debe proponer al menos 2 alternativas, entre: título de propiedad inmueble; aval bancario; seguro de caución; fianza o fiador solidario; garantía personal (recibo de sueldo, certificado de ingresos).
• Acuerdo para la renovación del contrato.
- Dentro de los últimos 3 meses de duración del contrato, tanto el locador como el locatario pueden convocar a la otra parte (mediante notificación fehaciente) para renovar el contrato.
- Ante el silencio del locador, o frente a su respuesta negativa, estando debidamente notificado, el locatario puede resolver el contrato de manera anticipada y sin pagar indemnización.
• Domicilio electrónico (a opción de las partes, para tener por eficaces todas las notificaciones allí dirigidas)
• La norma también modifica la Ley de Mediación Prejudicial 26.589, haciendo optativa la mediación en casos de desalojo o ejecución de alquileres.
➡️📄 Para ver la ley publicada: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/231429/20200630