12/05/2021
Los empleadores podrán convocar a presentarse a sus lugares de trabajo a aquellos trabajadores que estaban dispensados de hacerlo por pertenecer a grupos de riesgo, si han recibido al menos una dosis de la vacuna contra el Covid.
⚠️ A través de una nota enviada al Director de Prensa y Comunicaciones de la cartera laboral, Diego Martín Mandelman, el Ministerio de Trabajo ratificó que los empleadores podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el COVID-19, una vez transcurridos los 14 días de la inoculación.
❓Tras las crecientes consultas formuladas sobre la vigencia de la Resolución Conjunta 4/2021, la nota terminó por confirmar que la facultad de los empleadores a convocar a los trabajadores vacunados incluye a aquellos dispensados del deber de asistencia, es decir, mayores de 60 años, embarazadas y/o grupos de riesgo.
👀 ¿Qué te parece esta medida? ¿Volverías al trabajo presencial si estás vacunado?
Todos los detalles en nuestra nota: http://ow.ly/hgk850ELfEN