Brindamos un servicio jurídico de excelencia y especializado, principalmente, en Derecho de Familia
07/07/2020
👉 DESLIZÁ Y ENTERÁTE TODO LO QUE HAY QUE SABER SOBRE LA NUEVA LEY DE ALQUILERES‼️
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01/07/2020
‼️ EN TIEMPOS DE COVID-19, NOSOTROS TE SEGUIMOS ACOMPAÑANDO ‼️
¡Te ofrecemos asesoramiento, representación legal y contención jurídica en derecho de familia, derecho laboral y de seguridad social, derecho civil y comercial y amparos de salud! ⚠️👩🏻💼👨🏻💼👨🏻⚖️👩🏻⚖️
¿TENÉS DUDAS SOBRE TU SITUACIÓN LABORAL ACTUAL? ¿QUERÉS SABER QUÉ DERECHOS LABORALES Y ACCIONES LEGALES TENÉS EN EL MARCO DE LA CUARENTENA?
¿TENES PROBLEMAS CON EL RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN DE TUS HIJOS? ¿TENÉS DUDAS RESPECTO A LOS ALIMENTOS?
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15/06/2020
¿TE OBLIGAN A IR A TRABAJAR PESE A LA CUERENTENA? ¿NO SABÉS SI ESTÁS EXENTO DE ASISTIR A TU LUGAR DE TRABAJO? ¿NO SABÉS SI SOS GRUPO DE RIESGO? ¿TENÉS QUE QUEDARTE EN CASA PARA CUIDAR A TUS HIJOS? ¿TE AMENAZAN CON REDUCIRTE EL SALARIO? 💭🏴☠️
⚠️ Nosotros despejamos todas tus dudas ⚠️
El Ministerio de Trabajo, mediante resolución N°207/2020, determinó la suspensión del deber de asistencia al lugar de trabajo, con goce íntegro de las remuneraciones, a:
➖ TRABAJADORES MAYORES DE 60 AÑOS ;
➖ TRABAJADORAS EMBARAZADAS;
➖ TRABAJADORES CON ENFERMEDADES RESPIRATORIAS CRÓNICAS;
➖ TRABAJADORES CON ENFERMEDADES CARDÍACAS;
➖ TRABAJADORES CON INMUNODEFICIENCIAS;
➖ TRABAJADORES DIABÉTICOS;
➖ TRABAJADORES CON DEFICIENCIAS RENALES.
👉Ninguno de estos trabajadores, salvo los mayores de 60 años, podrán ser considerados personal esencial. .
👉EXCEPCIÓN a la suspensión del deber de asistencia al lugar de trabajo: trabajadores declarados personal esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento
‼️ MADRES O PADRES DE NIÑOS MENORES ‼️
personas adultas responsables a cargo de menores, cuya presencia en hogar sea indispensable para cuidado del menor, también estarán dispensados de asistir a su lugar de trabajo, pero solamente por el tiempo que dure la suspensión de clases según Ministerio de Educación. en estos casos, será necesario notificar fehacientemente!
No pierdas tiempo y contáctate con nosotros!📞🖥️✉️🗓️
Si sos empleador, asesórate para poder atravesar esta situación de la mejor manera posible. contáctate con nosotros!📞🖥️✉️🗓️ www.aloyasociados.com [email protected] .
09/06/2020
⚠️¿TE QUERÉS DIVORCIAR? ⚠️
NOSOTROS RESOLVEMOS TODO TIPO DE CONFLICTOS SUSCITADOS EN EL PLANO FAMILIAR 👩🏻💼👨🏻💼 .
OFRECEMOS ASESORAMIENTO Y REPRESENTACIÓN JURÍDICA EN DIVORCIOS LITIGIOSOS O DE MUTUO ACUERDO ⚖️🔎🖋️ .
EN EL PROCESO DE DIVORCIO SE PODRÁN ACORDAR TODOS LOS ASPECTOS RELATIVOS AL ÁMBITO FAMILIAR: REGÍMENES DE COMUNICACIÓN 👧🏻👶🏽, CUOTAS ALIMENTARIAS 💵, ATRIBUCIÓN DE LA VIVIENDA FAMILIAR 🏠🏬, LIQUIDACIÓN DEL RÉGIMEN DE COMUNIDAD DE BIENES 🚗, ETC. .
‼️ AUNQUE NO HAYA ACUERDO, EL DIVORCIO SE CONCRETA SÍ O SÍ ‼️
EN TODOS LOS ASPECTOS EN QUE NO SE LOGRE UN ACUERDO, CORRESPONDERÁ INICIAR LOS PROCESOS JUDICIALES PERTINENTES, Y AHÍ ESTAREMOS PARA ACOMPAÑARTE! .
CONTACTÁTE CON NOSOTROS Y HACÉNOS TU CONSULTA! 💭📞
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20/05/2020
➖ ¿No te pasan alimentos para tus hijos?
➖ ¿El padre o la madre de tus hijos no abona nada relativo a sus gastos?
➖ ¿Te dejaron de pagar los alimentos durante la cuarentena?
➖ ¿Te amenazan con dejarte de pagar alimentos si no hacés tal o cual cosa?
➖ ¿Creés que te pagan poco de alimentos?
➖ ¿Te pasan alimentos una vez cada varios meses?
➖ ¿Te pagan los alimentos con atraso?
➖ ¿Te descuentan de la cuota alimentaria gastos que hicieron en favor de los hijos?
➖ ¿Te reducen el monto del dinero en efectivo porque dicen que pagan alimentos en especie?
👉 ENTONCES ESCRIBINOS A: [email protected] 📧📨
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15/05/2020
⚠️ ¿Puedo reclamar un accidente de trabajo o enfermedad profesional que nunca denuncié a la ART luego de que me despidieran? ⚠️ .
SÍ, PODÉS‼️
Si el trabajador nunca hizo la denuncia de un accidente o una enfermedad profesional, tendrá 2 años de plazo para hacerlo, contados desde la fecha del hecho o desde que surgieron las dolencias y CON INDEPENDENCIA DE SI CONTINÚA O NO EN SU PUESTO DE TRABAJO 🔍🕙📌‼️
El trabajador puede reclamar ante la ART que poseía su empleador al momento del accidente y/o al momento en que tenía las dolencias provocadas por enfermedad profesional (hipoacusia, hernia de disco, etc.) 📣 💬
De todas formas, siempre deberá evaluarse cada caso en concreto ✋
¿Tenés dudas respecto de tu situación? 👉 Escribinos a [email protected] www.aloyasociados.com
02/05/2020
‼️El divorcio o el cese de la convivencia pueden causar un desequilibrio manifiesto entre las partes, es decir, un empeoramiento de la situación económica de una de las partes y con causa en el divorcio o en el cese de la convivencia‼️ La CE busca sanar esa situación y atenuar su impacto hacia el futuro. ⚠️
🔸 ¿EN QUÉ CONSISTE? 1) EN CASO DE DIVORCIO, la compensación podrá consistir en una prestación única, en una renta por tiempo determinado o, excepcionalmente, por plazo indeterminado. Además, la compensación podrá pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o, también, de cualquier otro modo que acuerden las partes o que decida el juez. 2) EN CASO DE CESE DE LA CONVIVENCIA, la compensación podrá tratarse de una prestación única o una renta por tiempo determinado que no podrá ser mayor a la duración de la unión convivencial.
🔹 PROCEDENCIA Y MONTO DE LA COMPENSACIÓN. La compensación será fijada por el juez teniendo en cuenta: i) el patrimonio de las partes al inicio y al final del matrimonio/unión; ii) la dedicación que los cónyuges/convivientes brindaron a la crianza y educación de sus hijos y la que deberán prestar con posterioridad al divorcio/cese de la unión; iii) la edad y el estado de salud de los cónyuges/convivientes y de sus hijos; iv) la capacitación laboral y la posibilidad de acceder a un empleo por parte de quien solicita la compensación; v) la colaboración prestada a las actividades mercantiles, industriales y/o profesionales del otro cónyuge/conviviente; y vi) la atribución de la vivienda familiar.
🕖 ❗PLAZO PARA SOLICITAR LA COMPENSACIÓN. EN CASO DE DIVORCIO, la acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de haberse dictado la sentencia de divorcio. EN CASO DE UNIÓN CONVIVENCIAL, la acción caduca a los seis meses de haberse producido el cese de la convivencia. No obstante, en este caso y sobre la base de distintos supuestos, existe jurisprudencia que permite extender, prudencialmente, el plazo de seis meses.
👉 SI TENÉS DUDAS RESPECTO A SI TE CORRESPONDE UNA COMPENSACIÓN ECONÓMICA, ESCRIBINOS A: [email protected] 🖥️📨✉️ www.aloyasociados.com
23/04/2020
Muchas personas, preocupados por la idea de no llegar a ver a sus hijos hasta que acabe la cuarentena, nos consultaron por el régimen de comunicación que tienen vigente y que han pautado judicial, extrajudicial o verbalmente.
Con el establecimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y durante su vigencia, LOS TRASLADOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES HIJOS E HIJAS DE PADRES SEPARADOS QUEDARON SUSPENDIDOS.🚸🚫
EL NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE DEBE PERMANECER CON EL PROGENITOR CON EL CUAL SE ENCONTRABA ALOJADO AL COMIENZO DEL AISLAMIENTO OBLIGATORIO (20 DE MARZO). 🏡🏠
⚠️EXCEPCIONES: Está permitido realizar un único traslado si: i) al momento en que se dictó el aislamiento social, preventivo y obligatorio el menor se hubiera encontrado en la casa del progenitor/a no conviviente o de algún otro familiar distinto al de donde tiene su centro su vida, y ii) si por una cuestión de comodidad o salud deba trasladarse a otro domicilio más adecuado al interés superior del niño para cumplir el aislamiento social.⚠️
➡️ En el caso de tener que hacer un traslado excepcional, es necesario, para circular: i) declaración jurada; y ii) documento nacional de identidad (DNI) propio y del menor.
‼️Es claro, entonces, que, al menos hasta que termine el aislamiento, los regímenes de comunicación no podrán hacerse efectivos, en tanto puede verse afectada la salud de los hijos. ES OBLIGACIÓN DE LOS PADRES PROTEGER A LOS MENORES Y DEBE PRIMAR, SIEMPRE, EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO.‼️
Por otro lado y de acuerdo al sentido común, LA MEJOR ALTERNATIVA JURÍDICA será llegar a un acuerdo entre las partes, pautando días y horarios, en dónde se decida el uso de diferentes plataformas digitales para que el padre no conviviente pueda ver al hijo. ES OBLIGATORIO GARANTIZAR LA COMUNICACIÓN DEL MENOR CON EL PROGENITOR NO CONVIVIENTE EN TIEMPOS DE CUARENTENA.📱🖥️💻📞
Si uno de los padres aprovechase el aislamiento para impedir el contacto con el otro, tendría, a futuro, consecuencias legales.🏛️✍️👨⚖️
👉 Para más consultas o para obtener un modelo de declaración jurada, escribínos a: [email protected] www.aloyasociados.com
EN LOS ÚLTIMOS DÍAS, RECIBIMOS EN EL ESTUDIO MUCHAS CONSULTAS SIMILARES A ESTA 🗣️.
⚠️La normativa es muy clara en esta materia⚠️.
Por un lado, el D.N.U. N°329/2020 dispone la prohibición de los DESPIDOS SIN JUSTA CAUSA Y POR LAS CAUSALES DE FALTA O DISMINUCIÓN DE TRABAJO y las SUSPENSIONES POR LAS CAUSALES DE FUERZA MAYOR O FALTA O DISMINUCIÓN DE TRABAJO🚫.
TODOS LOS DESPIDOS Y SUSPENSIONES DISPUESTAS EN VIOLACIÓN AL DECRETO, NO PRODUCEN EFECTO ALGUNO, MANTENIÉNDOSE VIGENTES LAS RELACIONES LABORALES EXISTENTES Y SUS CONDICIONES ACTUALES.
POR TANTO, SI TE DESPIDEN O SUSPENDEN, TENÉS DERECHO A LA REINSTALACIÓN, COBRO DE SALARIOS ADEUDADOS, COMO ASÍ TAMBIÉN AL RECLAMO DE UNA INDEMNIZACIÓN‼️‼️
Por otro lado, la L.C.T. prohíbe al empleador alterar unilateralmente las condiciones esenciales del contrato individual de trabajo🚫.
POR TANTO, EL EMPLEADOR NO PUEDE ALTERAR UNILATERALMENTE LA REMUNERACIÓN PACTADA O DE CONVENIO‼️‼️
TE DESPIDIERON, TE SUSPENDIERON O REDUJERON TU SALARIO? CONTÁCTATE CON NOSOTROS!📞🖥️✉️🗓️
SI SOS EMPLEADOR, ASESÓRATE PARA PODER ATRAVESAR ESTA SITUACIÓN DE LA MEJOR MANERA POSIBLE. CONTÁCTATE CON NOSOTROS!📞🖥️✉️🗓️ www.aloyasociados.com [email protected]
Dirección
Avenida Corrientes N°1584, 2° Piso Buenos Aires 1042
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Eleonora Claudia Aloy, con más de cuarenta años de ejercicio profesional, se especializa en asuntos relativos a las cuestiones del derecho de familia y cuenta, en esa materia, con una remarcable e importante trayectoria.
Por esta razón, a lo largo de los años, el Estudio Aloy & Asociados ha obtenido un remarcable e intachable reconocimiento en el campo del derecho de familia.
Con el transcurso del tiempo, Eleonora Claudia Aloy ha conformado un equipo de profesionales altamente especializados y sumamente comprometidos. Tanto es así que, desde hace más de dos décadas, el Estudio se ha especializado, también, en derecho laboral y de seguridad social, derecho civil y comercial y en derecho a la salud.
Desde sus comienzos y al día de hoy, el Estudio se caracteriza no solo por su profesionalismo, compromiso y eficiencia en la prestación de servicios jurídicos y resolución de controversias, sino también por brindar una relación cálida y contenedora para que los clientes puedan expresarse confiadamente y recibir un apoyo jurídico y, principalmente, humano.