31/03/2022
Si vivís en Edificio, guardá esta info:
Es obligatorio que haya un administrador del consorcio. Cada consorcio decide si el administrador es uno de los propietarios o propietarias o alguien externo, profesional de la actividad.
👉🏻 Ese administrador que designes, va a tener las siguientes obligaciones, entre otras cosas:
1. atender a la conservación de las partes comunes;
2. asegurar al edificio contra incendio y accidentes;
3. cumplir con las obligaciones laborales, previsionales y tributarias del consorcio;
4. practicar la cuenta de expensas y recaudar los fondos para satisfacerla;
5. conservar la documentación del consorcio y garantizar el libre acceso de las y los consorcistas a la misma;
6. convocar a la asamblea (que es la reunión de propietarios y propetarias para resolver cuestiones relativas al edificio);
7. cumplir las decisiones adoptadas por la asamblea;
8. representar al consorcio en todas las cuestiones administrativas y judiciales;
9. rendir cuentas;
10. en caso de renuncia, cese o remoción, debe poner a disposición del consorcio, dentro de los 15 días hábiles, los libros y la documentación.
¿Qué pasa si no pago las expensas? 🤔
Si no pagás, el administrador puede hacer un certificado que le permite hacerte juicio ejecutivo: un juicio corto para cobrar la deuda, con pocas posibilidades de prueba.
Si no usas algunos de los sectores comunes, igual debes pagar las expensas que generan esos sectores!
Siempre recordá: si sos inquilino tenés a tu cargo el pago de las cargas y contribuciones que se originan con el uso del inmueble. No tenés a tu cargo el pago de las que gravan la cosa ni las expensas comunes extraordinarias.