Estudio Juridico D'Angelo

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01/06/2026
26/05/2026

DENUNCIA POR ABUSO SEXUAL

Por mayoría, la Cámara Nacional en lo Criminal confirmó que denunciar falsamente a una persona por Abuso Sexual no encuadra en el delito de Falso Testimonio ni en el de Falsa Denuncia, sino que constituye el delito de Calumnias, de Acción Privada.
7.421/2026 - “B., K. R. s/ falso testimonio” – CNCRIM Y CORREC – SALA IV - 06/05/2026

14/05/2026

La medida, publicada en el Boletín Oficial, forma parte del proceso de reforma estatal impulsado por el Gobierno nacional y el Ministerio de Justicia

10/05/2026

¡Histórico! Condenan a una madre por alejar a sus hijos de su padre durante años ⚖️.

La justicia salteña (sala 7 del Tribunal de Juicio) ha dictado una sentencia que genera un intenso debate sobre la custodia y los derechos de los menores. Una madre ha sido condenada tras comprobarse que bloqueó sistemáticamente todo contacto entre sus hijos y el padre, intentando borrar su presencia de la vida de los pequeños.
Este comportamiento, conocido como alienación parental, consiste en influir en la mente de los hijos para que rechacen, odien o teman al otro progenitor sin causa justificada.
En este 2026, y con precedentes en el mismo sentido dictados en los últimos años, los tribunales están siendo cada vez más estrictos: Los hijos no son trofeos de guerra ni extensiones de los rencores de los adultos; tienen derecho fundamental a crecer con ambos padres, siempre que no exista un riesgo real para su integridad.
El fallo judicial subraya que impedir el vínculo paterno-filial es un acto de injusticia hacia el padre y una forma de maltrato psicológico hacia los hijos, a quienes se les priva de una parte esencial de su identidad y desarrollo emocional. Esta condena envía un mensaje claro: el 'bloqueo' familiar tiene consecuencias legales graves.
¿Crees que este tipo de condenas ayudarán a reducir los conflictos de custodia o la justicia no debería intervenir tan duramente en la dinámica familiar?

Te leo en los comentarios.

15/04/2026

EL MENSAJE QUE NOS DEJA EL CASO DE ANGEL.

Creo que a partir de la muerte de Angel, un niño de 4 años en Comodoro Rivadavia, y considerando el caso de Lucio, hay algo que ya no se puede seguir maquillando.

Cuando la Justicia, los equipos técnicos y las instituciones deciden sobre la vida de un niño desde el prejuicio, la corrección ideológica o el automatismo burocrático, más que proteger a ese menor, le pueden infringir un daño.

A veces ese daño termina en una tumba. Otras veces el chico sigue vivo, pero crece mutilado de cosas esenciales: vínculo, figura, límite, resguardo, estabilidad, verdad. Y eso también destruye una vida.

En el ámbito jurídico argentino, se habla y escribe mucho sobre el “interés superior del niño”.
Pero no son pocas las veces (y hasta se podría decir que son las más) que se lo enmarca o encasilla en formularios, consignas, teorías de moda, lecturas militantes y decisiones tomadas con el resultado puesto de antemano. No se observa al niño real. No se escucha lo que muestra. No se mide el riesgo concreto. Se sigue un libreto. Libreto que muchas veces es escrito por profesionales que hablan por libros escritos por otros profesionales que también hablaron a partir de libros de otros. O sea, ese guión que se sigue a rajatabla, está hecho por gente que tiene cero trabajo de campo y por ende, cero experiencia real.

Y cuando la ideología tiene mayor peso que los hechos, o directamente los tapa, el desastre ya no es un accidente, sino una consecuencia previsible.

Todo profesional que interviene en un expediente judicial en el que su protagonista es un niño (psicólogo, psicopedagogo, funcionario, policía, secretario o juez), debería quedar automáticamente descalificado para decidir sobre la vida del menor, sí tiene una mirada previamente sesgada.
Un niño no puede quedar a merced de fanatismos, favoritismos ni militancias encubiertas de criterio técnico.

La protección de la infancia solo exige objetividad feroz, valentía institucional y hechos. No relato. No dogma.

Porque el Estado comete un abuso cuando se equivoca con un adulto. Pero también puede arruinarle la vida a un niño cuando se equivoca con él, a partir de lo que dice gente que nunca trató con menores pero que cree saber todo sobre ellos, y que encima se mueve por una ideología o por ser políticamente correcto con esta.
Gracias.

08/04/2026

Un fallo en Río Negro marca un giro en la jurisprudencia y obliga a las entidades a responder por fraudes digitales, incluso cuando el cliente fue engañado

27/03/2026

LA IMPORTANCIA DE DENUNCIAR LA VENTA AL TRANSFERIR UN VEHÍCULO.
La denuncia de venta es, básicamente, avisarle al Registro del Automotor, que ya no se tiene más el auto desde tal fecha. Con tal acto o comunicación, el titular deja constancia de que ya no posee el vehículo.
Este trámite, se puede realizar de manera presencial u online, y es especialmente importante porque en nuestro país, la transferencia del vehículo solo queda perfeccionada o concluida, cuando se realiza en el Registro del Automotor. Es decir, firmar un boleto de compra-venta, entregar el vehículo o incluso contar con un recibo, no tiene validez legal para desenlazar al titular del auto que ya no tiene.
En resumidas cuentas y si no se pasa por el Registro del Automotor, No hay ningún papel firmado fuera del mismo, que sirva para transferir un auto y desligarse de toda responsabilidad.

¿Cuáles son los riesgos de no transferir?
Cuando el comprador no realiza la transferencia, el vehículo sigue figurando a nombre del vendedor, por lo que:
* Las multas de tránsito le siguen llegando al titular original.
* También siguen llegándole al ex dueño, las Deudas de patentes.
* Hay Imposibilidad de renovar la licencia de conducir.
* Y lo más grave: Subsiste la responsabilidad civil ante accidentes, y puede haber problemas penales si el vehículo se ve envuelto en un delito.

La Denuncia de Venta hay que hacerla de inmediato. Se entrega el auto y se hace la Denuncia de Venta. Además, es uno de los pocos trámites que hoy puede completarse íntegramente por internet.
Cuando se hace la Denuncia, el Registro notifica al comprador y lo intima a concretar la transferencia, incluso bajo advertencia de secuestrarle el vehículo.

Aunque la Denuncia de Venta no transfiere la propiedad, sirve para dejar constancia legal y oficial, de que el titular ya no tiene el vehículo en su poder, lo cual lo exime de las consecuencias antes mencionadas.

En la provincia de Buenos Aires, como en otras jurisdicciones del país, la Justicia ha sido clara: Sin Denuncia de Venta, el titular puede seguir siendo responsable, aun cuando pueda probar que ya no tiene la posesión del vehículo.

En resumidas cuentas, la Denuncia de Venta es un trámite sencillo, económico y que puede evitar consecuencias patrimoniales muy graves mientras no se concrete la transferencia al comprador.

19/03/2026

Un reciente fallo sienta un precedente al establecer que compañías digitales deben asumir responsabilidades ante reclamos por productos defectuosos

29/01/2026

Se trata del esposo y de un hijo de una mujer. Indignos para la herencia

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