09/05/2022
CUANDO PUEDO CONSIDERARME DESPEDIDO Y CUANDO NO ??
Cuando existe una injuria grave de parte de la empresa, el trabajador puede considerarse en situación de despido, y percibir en este caso la liquidación final, ( los días trabajados, aguinaldo y vacaciones proporcional) además los rubros por despido sin causa (preaviso, integración mes despido e indemnización por antigüedad este ultimo 1 sueldo por año trabajado, y las multas por doble indemnizacion).-
Constituye injuria grave: la falta de pago del salario en tiempo y forma, pago parcial del salario, falta de pago de alguno de los rubros que constituyen el salario, falta de pago de horas extras trabajadas, falta de pago de aguinaldo, negativa a dar tareas, cambio de horario de trabajo que cause perjuicio económico o moral al trabajador, falta de pago de aportes, fijar lugar de trabajo a más de 30 km del domicilio del vigilador, violencia laboral, hostigamiento, lugar insalubre, entre otras muchas causales .
Considerarse despedido por una injuria grave, da además derecho al pago del seguro de desempleo que da el estado
El trabajador puede renunciar. El único requisito que exige la ley, es que debe avisar su renuncia al empleador mediante telegrama con 15 días de anticipación. El correo cuenta con un telegrama preimpreso con el texto de la renuncia. La renuncia da derecho al trabajador a percibir dentro del quinto día hábil, de la notificación de la renuncia a su empleador, su liquidación final, que lo constituye los días trabajados, aguinaldo y vacaciones proporcional. La renuncia no da derecho al pago del seguro de desempleo que otorga el estado .
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