Estudio Jurídico Vega

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Consultas al 291-4616034, por mensaje privado o e-mail a [email protected]

Feliz día para todos los colegas!
29/08/2020

Feliz día para todos los colegas!

Para mayor comodidad de nuestros clientes, ofrecemos otra alternativa de pago, a través de la plataforma de Mercado Pago...
25/07/2020

Para mayor comodidad de nuestros clientes, ofrecemos otra alternativa de pago, a través de la plataforma de Mercado Pago

Querés saber si cumplís con los requisitos para iniciar una prescripción adquisitiva? No dudes en consultar Sacá tu turn...
12/07/2020

Querés saber si cumplís con los requisitos para iniciar una prescripción adquisitiva? No dudes en consultar
Sacá tu turno por llamada o Whatsapp al 291-4616034, por mail o vía inbox
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Elaboración de contratos de todo tipo. No confíes en modelos descargados de internet, asesorate con un profesional.Sacá ...
27/06/2020

Elaboración de contratos de todo tipo. No confíes en modelos descargados de internet, asesorate con un profesional.
Sacá tu turno llamando o por Whatsapp al 291-4616034, por mail [email protected], o por mensaje privado

Estás por alquilar? Asesorate sobre las nuevas condiciones dispuestas por la nueva ley de alquileres:➡️ El mes anticipad...
15/06/2020

Estás por alquilar? Asesorate sobre las nuevas condiciones dispuestas por la nueva ley de alquileres:
➡️ El mes anticipado y el cobro del deposito en garantia no pueden ser mayores a un mes de alquiler, respectivamente.
➡️ El reintegro del mes de garantía debe realizarse en efectivo al momento de la restitución del inmueble, al valor del último mes de alquiler, es decir, se actualiza.
➡️ El plazo mínimo del contrato pasa a ser de tres años.
➡️ Las expensas ordinarias están a cargo del locatario, pero las expensas extraordinarias debe pagarlas el locador.
➡️ Garantía: el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantia personal del locatario (recibo de sueldo, certificado de ingresos, etc.) Y el valor de la misma no puede superar el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo el caso de que la garantia sea de ingresos, elevándose a diez veces.
➡️ Solo se admiten ajustes anuales, que deben seguir un indice conformado en partes iguales por el IPC (indice de precios al consumidor) y el RIPTE (remuneración imponible promedio de los trabajadores estables).
➡️ Será obligatorio declarar los contratos de locación ante la AFIP.
Sacá tu turno 📲 llamando o por Whatsapp al 291 4616034.

Divorcios por presentación conjunta o unilateral.Reservá tu turno por teléfono o Whatsapp al 291-4616034 y hacé tu consu...
07/06/2020

Divorcios por presentación conjunta o unilateral.
Reservá tu turno por teléfono o Whatsapp al 291-4616034 y hacé tu consulta, no te quedes con ninguna duda.

De acuerdo a la prórroga del decreto que prohíbe despidos, no se podrá despedir sin justa causa durante 60 días más a pa...
25/05/2020

De acuerdo a la prórroga del decreto que prohíbe despidos, no se podrá despedir sin justa causa durante 60 días más a partir del día 31 de mayo, es decir, no podrán cursarse comunicaciones de despido durante los meses de junio y julio.
Tampoco se podrán terminar relaciones laborales con motivo de la falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por idéntico plazo.
Ante cualquier duda, asesorate, resguardá tus derechos!

CUOTA ALIMENTARIA.La Cuota Alimentaria es un deber comprendido dentro del Código Civil y Comercial de la Nación.El térmi...
18/05/2020

CUOTA ALIMENTARIA.
La Cuota Alimentaria es un deber comprendido dentro del Código Civil y Comercial de la Nación.
El término “alimentaria” no implica que solo abarca a los alimentos, sino que apunta a la satisfacción de todas las necesidades básicas del beneficiario de la misma. Comprende la manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad, etc.
🔹¿Querés saber si te corresponde?
🔹¿Querés reclamar la fijación de la cuota, el incumplimiento de cuotas atrasadas o un aumento? Comunicate con el estudio, vía telefónica, por mail o inbox.

A partir de mañana, martes 12 de mayo, la Municipalidad de Bahía Blanca habilitó el ejercicio de las profesiones liberal...
12/05/2020

A partir de mañana, martes 12 de mayo, la Municipalidad de Bahía Blanca habilitó el ejercicio de las profesiones liberales, por lo que podremos trabajar libremente.
Sin embargo, por recomendación de nuestro colegio profesional, y para seguir contribuyendo al resguardo de la salud de todos, la atención seguirá siendo primordialmente por vía telefónica o electrónica.

Somos un estudio jurídico con un gran compromiso social y por eso nos adaptamos a la situación excepcional que estamos a...
06/05/2020

Somos un estudio jurídico con un gran compromiso social y por eso nos adaptamos a la situación excepcional que estamos atravesando para brindarte el asesoramiento más completo de manera digital o telefónica
Podés realizar tu consulta:
🔹por llamada o WhatsApp al 291-4616034 📲
🔹a través de mensaje privado 📥
🔹o vía e-mail a [email protected] 📧
Además podés abonar a través de mercado pago.





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