23/07/2026
📍 El Juzgado Unipersonal de Familia N° 11 de Rosario, con la firma de las Dras. Florencia Martínez Belli y Andrea Mariel Brunetti, dispuso que la Empresa Provincial de la Energía (EPE) actúe como agente de retención e incluya el monto de la cuota alimentaria dentro de la boleta del servicio eléctrico del padre demandado.
🔎 El contexto del caso:
El progenitor alimentante nunca cumplió con el pago de la cuota alimentaria provisoria que se había decretado en marzo de 2023 para su hija menor de edad. Antes de llegar a esta medida, la Justicia ya había intentado todo: la inscripción en el registro de deudores, la prohibición de salida del país, el embargo de cuentas —que se encontraban vacías— y la suspensión de su licencia de conducir. Nada funcionó. 😔
💰 ¿Cómo funciona la medida?
El dinero deberá incorporarse en la factura del servicio eléctrico, depositarse en la cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario y, en caso de falta de pago, proceder al corte del suministro.
📖 El fundamento legal:
La resolución se apoya en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que habilita a los magistrados a imponer medidas razonables para asegurar el cumplimiento de una sentencia alimentaria ante incumplimientos reiterados. Según el fallo, no se trata de una sanción sino de un mecanismo para que el derecho del niño sea efectivamente garantizado.
🌟 ¿Por qué es histórico?
Se trata de una resolución inédita en la provincia, que encuentra un mecanismo innovador para garantizar el cumplimiento de las obligaciones al alimentante. Y aunque no es la primera vez que se aplica en el país —hubo antecedentes en Chaco y Tucumán— representa el primer antecedente de este tipo en la región.