Estudio Juridico Integral y Gestoria Juridica Dra. Laura Henriquez

Estudio Juridico Integral y Gestoria Juridica Dra. Laura Henriquez ESTUDIO JURIDICO INTEGRAL Y GESTORIA JURIDICA Tramites en el Registro de la Propiedad Inmueble - Catastro- Registro Civil de las Personas

Estudio Juridico Integral y Gestoria Juridica:
Tramites de Familia: Divorcios- Separacion de Sociedad Conyugal- Alimentos- Régimen de Visitas- Cuidado Personal- Tutelas- Curatelas-
Juicios Laborales: Trabajo en Negro- Diferencias Salariales- Despidos- Accidentes Laborales e Initinere- ART-
Jubilaciones y Pensiones
Juicios Civiles: Sucesiones- Usucapion- Juicios de Escrituracion-
Juicios por Daños y Perjuicios: accidentes de transito- Reclamos por seguros.

Caras duras!! Industria del juicio? Uno se cansa de ver la precarización laboral, el abuso, la falta de registración y l...
10/10/2022

Caras duras!! Industria del juicio? Uno se cansa de ver la precarización laboral, el abuso, la falta de registración y la explotación del empleador.
Se quejan de los costos que significa un empleado? Vayan a quejarse a la camara empresarial y exijan sus derechos ante el Gobierno en lugar de querer cobrarse lo q deben aportar a costa del trabajador.

29/07/2022
20/10/2016

Todo lo que tenés que saber sobre la "reparación histórica" a jubilados

Cada pasivo del orden nacional puede saber si le corresponden o no ajustes de haberes y/o retroactivos. Quienes estén en esa situación recibirán una propuesta de arreglo de la Anses. Hay más de tres años de plazo para decidir qué hacer.

En la web de Anses ya se puede conocer si el jubilado es beneficiario de la llamada ley de “reparación histórica”.

En la web de Anses ya se puede conocer si el jubilado es beneficiario de la llamada ley de “reparación histórica”.

–¿Cómo puedo saber si estoy incluido?

–Hay que ingresar a www.anses.gob.ar/reparacionhistorica y con la clave de seguridad social, el sistema informa estas cuatro posibilidades: A, caso afirmativo (corresponde aplicar la ley N° 27.260); B, caso afirmativo, sin cambio en el haber (ya que la aplicación de la ley no genera diferencias, son los casos de los jubilados más recientes); C, caso en estudio (Anses está analizando la situación individual y promete una definición después del 15 de septiembre); D, caso negativo (no se aplica la ley 27.260).

–¿Qué fallos reconoce la ley de reparación?

–Son los fallos de la Corte Suprema conocidos como Badaro, Elli, Sánchez y Monzó, tengan o no juicio iniciado. Son quienes trabajaron en relación de dependencia y se jubilaron con las leyes 18.037 o la 24.241 o quienes, entre 1991 y 1995, y/o entre 2002 y 2006, no recibieron los ajustes correspondientes.

–Tengo aportes como autónomo y relación de dependencia, ¿me corresponde?

–Es posible, hay que ver en qué años se hicieron. Puede hacer la consulta para ver si es beneficiario o no.

–¿Cuándo empiezo a cobrar?

–En el mes siguiente al que se firma el acuerdo.

–¿En qué consistirá la propuesta de pago que Anses hará para cada jubilado?

–En un aumento inmediato del haber jubilatorio y, sólo para los que iniciaron juicio antes del 31 de mayo de 2016, el pago de un retroactivo.

–¿De cuánto es la suba de la jubilación?

–Depende de cada caso, pero el promedio será del 35 por ciento para quien no hizo juicio y del 50 por ciento para quien sí lo hizo. La suba surge por calcular diferente el haber inicial con el que se jubiló el beneficiario. El nuevo haber se seguirá actualizando en marzo y en septiembre.

–¿Cuándo me van a pagar?

–Anses prevé cumplir con 100 mil sentencias el mes, es decir que llevaría dos años cumplir con todos en el caso de que los 2,4 millones de jubilados aceptaran. Cuando el jubilado acepte el acuerdo (que se hará por la web desde septiembre), tiene que esperar ser citado por Anses. Se dará prioridad a los mayores de 80, a los que padezcan alguna enfer­medad grave y a quienes, aplicado el incremento, éste sea menor al 30 por ciento del haber mínimo (hoy 1.488 pesos) y que el haber ajustado no supere las dos mínimas y media. Esa cifra es hoy de 12.397 pesos.

–¿Tengo que ir a la delegación de Anses?

–No, sólo habrá que ir para firmar el acuerdo. Antes, la manifestación de la voluntad se hace por la web y Anses citará por mail (por eso es importante actualizar los datos) a cada beneficiario para ir a firmar. Sólo se recomienda que concurran quienes no tienen a nadie que los pueda ayudar para tramitar la clave de seguridad social y actualizar sus datos.

–¿Es retroactivo? ¿Hasta cuándo?

–Depende del caso. Quienes tienen sentencia firme, cobrarán retroactividades desde los dos años previos a la notificación de la demanda de juicio a la Anses. Quienes no tengan sentencia firme, recibirán hasta un tope de 48 meses de retroactividad y quienes no hayan iniciado juicio, no cobrarán retroactivo. En los tres casos se cobra el aumento del haber.

–¿Cómo cobro el retroactivo?

–En promedio, Anses calcula que serán 300 mil pesos por jubilado con juicio iniciado. Tanto los que tienen sentencia firme como los que no, cobrarán la mitad del monto apenas firmen el acuerdo y la otra mitad, en 12 cuotas trimestrales, ese decir, en los siguientes tres años. Las cuotas aumentarán en marzo y en septiembre.

–¿Con qué índice se van a actualizar las jubilaciones?

–Las jubilaciones se van a actualizar siguiendo los criterios que estableció la Corte Suprema en sus fallos. Para quienes se jubilaron antes de 1993, por la Ley 18.037, los haberes se ajustarán por el índice INGR (Índice General de las Remuneraciones). Se mantiene el mismo índice hasta marzo de 1995, luego se aplica el Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) hasta junio de 2008 y desde entonces, la movilidad actual (Ley 26.417). Para quienes se jubilaron por la ley actual (24.241) los haberes se ajustarán con el Isbic (Índice de Salarios Básicos de la Industria y Construcción) hasta marzo de 95, el Ripte hasta junio de 2008 y luego, la movilidad general.

–¿Se aplicará el Impuesto a las Ganancias?

–Las sentencias retroactivas siempre pagaron. Ahora no pagarán sobre los intereses y se aplicará criterio del devengado, más beneficioso para el jubilado.

¿Qué va a pasar con los abogados previsionales?
Si la adhesión es masiva, quedará poco de la actividad. Quienes hicieron juicio pagarán a su abogado los honorarios, más allá de que el abogado le recomiende o no un acuerdo. Suele ser del 15% al 20% del monto por cobrar. Para los que no hicieron juicio, Anses se hace cargo del abogado en el trámite para firmar el acuerdo.

¿Qué pasa si no acepto?
No recibe el aumento. Puede iniciar el litigio contra la Anses desde cero o, si ya lo tiene iniciado, esperar a que le salgan la sentencia y el pago de la sentencia, como era hasta ahora. Ese mecanismo no cambia, aunque seguirá igual de lento.

Si firmo el acuerdo...
¿Puedo iniciar juicio? Una vez que se formalice un acuerdo con la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), ya no se puede iniciar juicio, porque el arreglo va a estar homologado en sede judicial, y eso significa que ya es cosa juzgada.

Plazos
¿Tengo que decidir ya? No. En la primera semana se septiembre estará, en la web de Anses, una propuesta de pago para cada jubilado. Usted puede tomarse todo el tiempo necesario para decidir: la propuesta rige por tres años, renovables otro tres.

Yo me jubilaré ahora
¿Esto me cambia algo? Desde el 1° de agosto, el nuevo haber inicial se actualizará por el índice de salarios nivel general entre 2002 y 2006, luego Ripte hasta junio de 2008 y luego, movilidad general. Anses calcula que los nuevos haberes serán 20% más altos.

MÁS INFORMACIÓN
Entrevista con Emilio Basavilbaso: No creo que el jubilado lo piense demasiado
“La asistencia de Anses a la Caja dependerá de la armonización”

VIOLENCIA DE GENERO:La violencia en el hogar se produce cuando alguien se cree con el poder de abusar de otro u otros, c...
18/01/2013

VIOLENCIA DE GENERO:

La violencia en el hogar se produce cuando alguien se cree con el poder de abusar de otro u otros, cuando ocasiona un daño físico, psicológico o económico a otro miembro de la familia.
Un interesante artículo del Presidente de la Sociedad Española de Psicología de la Violencia.


Lo que busca toda violencia es la anulación del otro. Y no necesariamente en términos físicos, sino también la anulación identitaria. Si partiéramos de la base ideal de que una relación entre dos personas es simétrica, la violencia siempre va encaminada a modificar ese equilibrio, a que a través de la fuerza se anule el porcentaje de influencia de la otra persona. En el caso de violencia hacia la mujer se da otro componente importante, que es el de la posesión y que va encaminado a dominar e imponer totalitariamente una serie de parámetros. ¿Por qué? Porque tradicionalmente el hombre ha sido educado en base a la idea de que la mujer, de alguna manera, le pertenece, es inferior o es algo que puede manejar. Los agresores usan ese presupuesto ideológico para justificar la violencia que ejercen.
El agresor, en principio, no es un enfermo pero sí es un delincuente, tal y como están establecidas las leyes.
«Los hijos son receptores de esa violencia aunque no reciban ninguna bofetada»


Los hijos son siempre receptores directos de la violencia aunque no hayan recibido una bofetada, ningún zarandeo, ni una mala respuesta.
De entrada, son espectadores de un clima de estrés, de tensión...
Eso les afecta porque no saben interpretarlo. Se contaminan los procesos de referencia que tiene el niño a la hora de construir su conducta o su propia personalidad. Diría que el efecto traumático puede ser más grave incluso cuando el padre trata con cariño a los hijos de manera clara y luego agrede de manera evidente a la madre.
La sintomatología psicológica en los niños, es similar a la de las madres: estrés postraumático, trastornos de ansiedad, desordenamiento de la conducta. En cuanto a la transmisión intergeneracional del maltrato, existe la posibilidad de que los niños masculinos repitan el patrón del agresor y las niñas el de la víctima, pero es un fenómeno que no se da siempre. Hay una serie de factores de riesgo, y haber sido expuesto a la violencia en la familia de origen es uno de ellos, pero no es determinante. Hay otros factores que son sociales, como cualquier código machista, una educación autoritaria.


Andrés Montero Gómez
Psicólogo
Presidente de la Sociedad Española de Psicología de la Violencia

Dirección

Avellaneda
1870

Horario de Apertura

Martes 16:30 - 20:00
Miércoles 16:30 - 20:00
Jueves 16:30 - 20:00

Teléfono

+541132085871

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Estudio Juridico Integral y Gestoria Juridica Dra. Laura Henriquez publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Estudio Juridico Integral y Gestoria Juridica Dra. Laura Henriquez:

Compartir