Metti & Diaz - Estudio Jurídico

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Estudio Jurídico "METTI & DIAZ", ubicado en la ciudad de Almafuerte, provincia de Córdoba. Trabajamos en toda la zona: Embalse, Río Tercero, Hernando, Villa General Belgrano.

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07/02/2023

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La familia como CREACIÓN DE DIOS 🙌🙏🥰
23/07/2022

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06/05/2022
El seguro de responsabilidad civil comprensiva cubre el pago de indemnizaciones por daños a terceros en toda la extensió...
31/03/2022

El seguro de responsabilidad civil comprensiva cubre el pago de indemnizaciones por daños a terceros en toda la extensión de tu local o espacios cercanos como veredas, calzadas y parklets.

👉Ya sea por algún inconveniente estructural que produzca daños materiales o lesiones físicas, o bien por responsabilidad del personal a tu cargo, con esta cobertura no se verá afectado tu patrimonio financiero.

⚠️¡¡Pero ojo!! 👀 Consulta con tu Productor Asesor qué adicionales podes incluir, según tu actividad específica.

🤔Veamos un ejemplo:
"Tenes un Bar, y al mozo se le cayó la bandeja arriba de la cabeza del cliente, provocándole una cortadura; listo!! tu póliza de RC Comprensiva se hará cargo", pero si un cliente se intoxica por la comida, será necesario que tengas el adicional de suministro de alimentos.

🤩Recordá que con esta cobertura está cubierto tu patrimonio (comercio/pyme/autónomo) y el damnificado, ya que una compañía con solvencia lo estará indemnizando.

¿Querés cotizar tu póliza? ¡Escribime!
😉Te garantizo Costo, Cobertura y Atención.

⚖️ ESTUDIO JURÍDICO METTI & DÍAZ

Flavio Iván METTI MASSA
Gisela Beatriz DÍAZ

📞 03571-15311156

¿Te quedaron dudas? Contáctanos!⚖️ ESTUDIO JURÍDICO METTI & DÍAZFlavio Iván METTI MASSAGisela Beatriz DÍAZ📞 03571-153111...
22/03/2022

¿Te quedaron dudas? Contáctanos!

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Flavio Iván METTI MASSA
Gisela Beatriz DÍAZ

📞 03571-15311156

➡️ ¿Qué es?El régimen de comunicación es lo que antes se llamaba “régimen de visitas”. Es el deber de mantener comunicac...
14/03/2022

➡️ ¿Qué es?

El régimen de comunicación es lo que antes se llamaba “régimen de visitas”. Es el deber de mantener comunicación adecuada con el pariente con quien no se convive. El artículo 555 del Código Civil y Comercial establece que quien tenga a su cargo el cuidado de personas menores de edad, con capacidad restringida, o enfermas o imposibilitadas deberá permitir la comunicación de éstos con sus parientes.

▶️ ¿Quiénes pueden exigir el derecho de comunicación?

✅ Ascendientes (por ejemplo, padres, abuelos).

✅ Descendientes (por ejemplo, hijos, nietos).

✅ Hermanos.

✅ Parientes por afinidad en primer grado (por ejemplo, suegros, cuñados).

➡️ Quien tiene a su cargo el cuidado de dicha persona, ¿puede oponerse a la comunicación de ésta con sus parientes?

👉Sí, puede oponerse basándose en posibles perjuicios a la salud física o psíquica de aquella.


▶️ ¿Quién resuelve el pedido de régimen de comunicación y su oposición?

👉Es el juez quien debe resolver ambas cuestiones, y si decidiera conceder el régimen de comunicación, deberá establecer las condiciones en que éste se llevará a cabo (los medios, las personas, los lugares, los días y horarios).

➡️ ¿Qué se puede hacer si una de las partes impide la comunicación a la otra?

👉La parte perjudicada puede solicitar al juez sanciones para la persona que obstruya la comunicación.

👉🏻¿Necesitas solicitar un régimen de comunicación? ¡No dudes en contactarnos! 📲

Estudio Metti & Díaz 🏛️
3571 - 311156
[email protected]

Todo lo que DIOS hace, es bueno.
02/03/2022

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07/02/2022

Regalo que disfrutamos en el campa de Adolescentes. Los cielos cuentan la gloria de Dios, y el firmamento anuncia la obra de sus manos (Sal 19.1).

Matrimonio y unión convivencial ¿es lo mismo?🤔Hay mucha desinformación al respecto, por eso te dejamos algunos puntos en...
18/01/2022

Matrimonio y unión convivencial ¿es lo mismo?🤔

Hay mucha desinformación al respecto, por eso te dejamos algunos puntos en claro para que puedas tomar la mejor decisión:

✳️El régimen matrimonial es el que más va a protegerte, en cuanto a bienes y derechos sobre la vivienda familiar.

✳️Los convivientes no heredan, por lo tanto solo si te casas heredas a tu esposo/a.

✳️Los bienes gananciales se consideran solo los adquiridos dentro de un matrimonio, no hay régimen de ganancialidad en las uniones convivenciales.

✳️En ambos regímenes se puede hacer un convenio pre unión para establecer pautas.

¿Tenés alguna duda sobre estas modalidades? Contanos y te respondemos en comentarios.

08/01/2022

Arrancó Jesús María 2022.

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