11/06/2021
⚠️ El progenitor que no convive NO COLABORA, es su OBLIGACION prestar alimentos.
🤷♀️ En los casos en los que los padres de los niños se encuentran separados, mucha veces llegan a consultas las mamás que viven con los niños cansadas de "reclamarles a los padres que les ayuden" con sus propios hijos...
👉 ES IMPORTANTE RECORDAR que no es una colaboración o un favor a la madre lo que se le reclama... Es ni mas ni menos que el cumplimiento de su obligación!
Es una responsabilidad que recae sobre ambos padres, pero que reclama el progenitor con quien convive de manera principal del niño, que es quien afronta los gastos diarios.
Esta obligación se encuentra regulada en el Código Civil y Comercial de la Nación en su art. 659 e incluye los gastos de manutención, vestimensta, esparcimiento, salud, vivienda, y TODO lo que los niños necesitan para vivir...
✔ Siempre se aconseja llegar a un acuerdo en relación a este tema, toda vez que ambos padres conocen las necesidades de sus hijos y por ellos lo mejor es que mantengan un trato cordial.
Pero... ¿Que pasa si no nos ponemos de acuerdo? Si resulta muy difícil establecer un monto de cuota, será en definitiva el Juez de Familia quién determine el monto y forma de la cumplir. 👩⚖