Plaza Herz & Asociados

Plaza Herz & Asociados Asesoría Legal personalizada

A travez de nuestra página tratamos de brindar información de interés y actualidad jurídica y sus aspectos legales, que impactan su cotidianidad.

Si no posees en tu empresa una estructura salarial correcta y si además de ello, en un juicio laboral  no tienes como de...
15/08/2025

Si no posees en tu empresa una estructura salarial correcta y si además de ello, en un juicio laboral no tienes como demostrar correspondencia entre el Contrato, lo depositado y el recibo de pago será muy dificil para tu abogado desvirtuar los alegatos del trabajador en un eventual litigio.

La clave es la estructura salarial! Si quieres saber como lograrlo y minimizar el impacto de las Prestaciones Sociales en tu empresa. Contáctanos.

Esquema de objeciones!!! Ir a una Audiencia de Juicio Oral, implica preparación de la misma en base a la teoría del caso...
27/07/2025

Esquema de objeciones!!!

Ir a una Audiencia de Juicio Oral, implica preparación de la misma en base a la teoría del caso que hayamos formulado. Siempre y a pesar de los años y la experiencia, da nervios.

Porque es mejor tenerla y no necesitarla que, necesitarla y no tenerla.

🧩 Proposición fáctica → ⚖️ Juricidad → 🔍 Teoría probatoriaEn el saber abogar, la columna vertebral del ejercicio es la c...
19/07/2025

🧩 Proposición fáctica → ⚖️ Juricidad → 🔍 Teoría probatoria

En el saber abogar, la columna vertebral del ejercicio es la creación y estructuración de la teoría del caso. Es la arquitectura de la actividad desplegada por el abogado dentro del juicio. Este es el arte que se esconde detrás de esta profesión.

Es conectar el hecho alegado con la norma jurídica aplicable al hecho y el elemento probatorio que genere certeza de ese hecho.

En teoría es algo sencillo visto así, complejo y técnico es en la práctica, mas aún cuando los Juicios son orales y públicos.

Muchas felicidades a todos los hombres y mujeres, que cumplen la imprescindible función de Investigador Criminal.Bien es...
23/02/2023

Muchas felicidades a todos los hombres y mujeres, que cumplen la imprescindible función de Investigador Criminal.

Bien es válida la oportunidad para recordar y reflexionar sobre aquellos funcionarios lamentablemente asesinados en cumplimiento del deber.

Dios y Federación

23/11/2012

Calcula con nosotros tus prestaciones sociales o las de tu negocio¡¡¡¡ Precios solidarios

05/07/2012

"La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (...) suspende la medida de embargo (...) por la cantidad de (...) Bs. 24.425.216,40 (5,6 millones de dólares) sobre bienes propiedad de la sociedad mercantil Globovisión Tele, C.A.", señala un comunicado del TSJ difundido hoy. El Supremo anunció el pasado 28 de junio la medida del embargo de los bienes de Globovisión porque el medio no había cancelado la multa de 9,3 millones de bolívares (algo más de 2,1 millones de dólares) que le impuso en octubre del año pasado la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel).

La medida de suspensión del embargo era esperada por los abogados del canal, quienes el viernes pasado, un día después del anuncio de la sanción, decidieron cancelar "bajo protesta" la multa de 2,1 millones de dólares.

12/06/2012

A través de la Resolución DM/N° 22-12, del Ministerio del Poder Popular para la Alimentación, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.938 de fecha 06 de junio de 2012, fueron establecidos los lineamientos y criterios que rigen la emisión de la Guía de Movilización, Seguimiento y Control de Materias Primas Acondicionadas, y de Productos Alimenticios Acondicionados, Transformados o Terminados, destinados a la comercialización, consumo humano y consumo animal con incidencia directa en el consumo humano, en el territorio nacional. Esta Resolución deroga la Resolución N° DM/N° 020-11 de fecha 26 de mayo del 2011 publicada en la Gaceta Oficial N° 39.683 de fecha 27 de mayo de 2011.

El objeto de esta Resolución es establecer los lineamientos y criterios que rigen lo concerniente a requisitos, condiciones, trámite, formato, emisión y registro de la Guía Única exigida para la movilización, seguimiento y control de materia prima acondicionada, y de productos alimenticios acondicionados, transformados o terminados, destinados a la comercialización, consumo humano y consumo animal con incidencia directa en el consumo humano, en el territorio nacional, y su régimen especial en los estados fronterizos Apure, Táchira, y Zulia.

Restricciones y Requisitos Especiales

Para los casos de movilización de materia prima acondicionada, y productos alimenticios acondicionados, transformados, o terminados aptos para el consumo humano, o consumo animal con incidencia en el consumo humano, en los estados fronterizos Apure, Táchira, y Zulia, se implementan los mecanismos que permitan ejercer los controles destinados a garantizar la distribución justa y equitativa de alimentos.

Movilización de Productos al Detal

Cuando las circunstancias lo requieran, la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control podrá ser emitida para la movilización al detal de materia prima acondicionada, y productos alimenticios acondicionados, transformados, o terminados aptos para el consumo humano, o consumo animal con incidencia en el consumo humano.

Limitación

La Guía Única de Movilización, Seguimiento, y Control, emitida para productos al detal, corresponderá por unidad vehicular de transporte y para movilizar y suministrar varios rubros a dos (02) o más clientes a lo largo de la ruta a cubrir, cuyas cantidades estarán limitadas de cien (100) hasta quinientos (500) kilogramos en los estados fronterizos Apure, Táchira y Zulia; y de mil (1000) hasta cinco mil (5000) kilogramos en el resto del país.

Sanciones

Toda persona que realice actividades de despacho, transporte y movilización de productos alimenticios acondicionados, transformados o terminados, destinados a la comercialización, consumo humano y consumo animal, con incidencia directa en el consumo humano, sin la correspondiente Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control que lo autoriza, o incurra en las irregularidades contempladas en el articulo 21, estará sujeta a los procedimientos y sanciones previstas en la ley.

Obtención de Guía

Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que realice actividades de movilización de materia prima acondicionada, o de productos alimenticios terminados destinados a la comercialización, consumo humano y consumo animal con incidencia directa en el consumo humano, debe solicitar, en los casos que corresponda, por ante la Superintendencia Nacional de Silos, Almacenes y Depósitos Agrícolas, la correspondiente Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control.

Excepción

La Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control no es exigible cuando se trate de movilización de varios rubros alimenticios acondicionados, transformados, o terminados aptos para el consumo humano, o consumo animal con incidencia en el consumo humano en cantidades variadas hasta quinientos (500) kilogramos en el territorio nacional, y hasta cien (100) kilogramos en los estados fronterizos Apure, Táchira, y Zulia.

En todo caso, quienes movilicen productos mediante esta modalidad deben soportar su legítima tenencia mediante la facturación emitida por el proveedor, y éste último está obligado a registrar en el Sistema Integral de Control Agroalimentario (SICA), en los casos que corresponda, los despachos realizados a los fines de mantener coherencia entre sus inventarios físicos, y los inventarios llevados por el Sistema Integral de Control Agroalimentario (SICA).

12/06/2012

A través de la Resolución 031, del Ministerio del Poder Popular para el Turismo, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.939 de fecha 07 de junio de 2012, fueron establecidos los requisitos y recaudos técnicos y legales para la tramitación de los actos administrativos emitidos por parte del Ministerio del Poder Popular para el Turismo, con el objeto de simplificar y racionalizar los requisitos que deben consignar los interesados ante este Ministerio, para la obtención de las Condiciones de Desarrollo y Autorización de Ocupación del Territorio en las Zonas de Interés Turístico, la Factibilidad Socio-técnica o la Conformidad Turística para los proyectos de inversión turística, este Despacho.

La Factibilidad Socio-Técnica contemplada en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de Turismo, será otorgada por el Ministerio del Poder Popular para el Turismo, previa evaluación por parte de la Dirección General de Proyectos Turísticos de este Ministerio, para propuestas de:

• Construcción y ampliación, cuyo proyecto en cuestión pudiera incluir dotación y equipamiento, para establecimientos turísticos.

• Adquisición de unidades de transporte turístico.

• Adquisición de instrumentos, dispositivos e insumos para los servicios de recreación, seguridad, socorro y salvamento acuático, aéreo y terrestre para los turistas.

• Cualquier propuesta considerada turística por este Ministerio.

La Conformidad Turística contemplada en la Ley de Crédito para el Sector Turismo, será otorgada a los prestadores de servicios turísticos, previa evaluación por parte de la Dirección General de Proyectos Turísticos de este Ministerio, en los casos de:

• Adquisición, remodelación, dotación y equipamiento de establecimientos turísticos.

• Dotación, equipamiento y reparación de instrumentos, dispositivos e insumos para los servicios de recreación, seguridad, socorro y salvamento acuático, aéreo y terrestre para los turistas.

• Reparación, dotación y equipamiento de unidades de transporte turístico.

• Cualquier propuesta que permita mejorar su capacidad operativa.

Los proyectos de establecimientos turísticos, deberán incluir de manera adicional en el componente social de su propuesta, los siguientes aspectos:

1. Definir la forma de comercialización del servicio, si es directa o mediante operadores. En el caso de utilizar operadores mencionar si son privados, públicos o comunidades organizadas.

2. Mencionar el atractivo turístico al cual esta asociado el proyecto. Indicando su ubicación geográfica y el tipo de atractivo, (puede ser natural, cultural, histórico, arquitectónico, recreativo entre otros).

3. Indicar que tipo de servicio de alojamiento piensa prestar, tarifas, descuentos por permanencias largas, planes especiales por grupos, planes o tarifas de carácter social.

4. Indicar si el proyecto de alojamiento comprende servicios adicionales de recreación, gastronomía o transporte relacionados.

5. Indicar una estimación de los puestos de trabajo directos e indirectos se generarían en el entorno directo. 6. Establecer que tipo de servicio se propone efectuar, de acuerdo a las posibilidades de acceso de la población al disfrute del mismo.

7. Si el servicio es susceptible de ser utilizado por usuarios que no estén relacionados al uso del tiempo libre con fines turísticos, establecer en que porcentaje.

8. En el caso de proyectos de establecimientos gastronómicos, deberán indicar el tipo de preparaciones a la que se dedicara, precisando si se trata de comida internacional, comida venezolana tradicional, comida propia de una comunidad inmigrante, comida creativa, comida propia de un pueblo originario.

9. En el caso de ofrecer comida nacional, indicar si la misma esta registrada en el catalogo del patrimonio cultural venezolano.

10. Indicar que tipo de expresiones, contenidos o manifestaciones relacionadas a la cultura o tradiciones nacionales, serán desarrollados o promovidos mediante la prestación de los servicios turísticos del proyecto.

07/06/2012

PUEDES SEGUIRNOS EN TWITTER

Dirección

Caracas
1203

Teléfono

+584142921923

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Plaza Herz & Asociados publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Plaza Herz & Asociados:

Compartir