15/06/2026
📌CAPITULACIONES MATRIMONIALES📌
¿Qué son?
☑️Son acuerdos económicos o personales mediante los cuales los cónyuges establecen las normas que regirán sus bienes y determinados aspectos de su relación matrimonial.
¿Cómo se otorgan?
☑️Se otorgan mediante Escritura Pública autorizada ante Notario.
¿Cuándo pueden otorgarse?
☑️A partir del 2018, las capitulaciones matrimoniales pueden otorgarse antes o después de la celebración del matrimonio. También se pueden enmendar las que tengan vigentes.
¿Qué puede acordarse?
☑️Puede pactarse la separación de bienes, un régimen económico combinado y otros acuerdos válidos relacionados con la vida matrimonial.
¿Qué ocurre si no se otorgan?
☑️Si no se otorgan Capitulaciones Matrimoniales, regirá la Sociedad Legal de Gananciales.
¿Qué implica ello?
☑️Como norma general, los bienes y deudas adquiridos durante el matrimonio pertenecerán a ambos cónyuges, salvo las excepciones dispuestas por ley.
¿Qué beneficios tiene hacer Capitulaciones Matrimoniales?
☑️Protección de los bienes personales de cada cónyuge, antes y durante el matrimonio.
☑️Pueden modificarse en cualquier momento y adaptarse a las circunstancias de la pareja.
☑️Ayudan a evitar conflictos legales en el futuro.
☑️Beneficiosas para parejas que tengan hijos de matrimonios anteriores, en cuanto a las pensiones alimentarias.
☑️Brinda mayor seguridad y tranquilidad a la pareja.
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Lcda. Sheila G. San Martín Rodríguez
Abogada-Notario