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Buleje & Abogados Asesoría en Materia de Derechos del consumidor y Fondos Colectivos.

Buenas tardes, si bien no estamos publicando constantemene en redes sociales, seguimos asesorando a personas en temas de...
24/09/2024

Buenas tardes, si bien no estamos publicando constantemene en redes sociales, seguimos asesorando a personas en temas de protección al consumidor y fondos colectivos, respecto a este último caso, pueden ingresar al grupo de whatsapp de problemas con fondos colectivos en el siguiente link: Abre este enlace para unirte al grupo de WhatsApp: https://chat.whatsapp.com/KoV6gOv073M5shi6OcGvev

23/06/2023

Buenas tardes:

Al público en general, les recuerdo que actualmente, y de conformidad a la información publicada en la página web de la Superintendencia del Mercado de Valores, las únicas empresas de fondos colectivos autorizadas para operar en el Perú son las siguientes:

1. AUTOPLAN EMPRESA ADMINISTRADORA DE FONDOS COLECTIVOS S.A.
2. EAFC MAQUISISTEMA S.A.
3. EL CLAN EAFC S.A.
4. FONBIENES PERU EAFC S.A.
5. PANDERO S.A. EAFC
6. PLAN RENTABLE PERU S.A.C. EAFC.
7. PROMOTORA OPCION S.A. EAFC.

Cualquier duda o consulta contactarme al Messenger o al 942627748.

Les doy el link para acceder a la página web de cada unas de dichas empresas: https://www.smv.gob.pe/ServicioDefensoriaInversionista/Frm_SabDirectorio_Safm?data=C1DFDB1CAFC18D1AF8FCA9DEDB36C2314DC14DD98C

Saludos,

Les compartimos los testimonios y agradecimientos de clientes correspondiente a los meses de Marzo y Abril del presente,...
02/05/2023

Les compartimos los testimonios y agradecimientos de clientes correspondiente a los meses de Marzo y Abril del presente, muchas gracias a todos¡¡¡¡¡

18/01/2023
Comparto con ustedes alguno de los agradecimientos por parte de clientes que han ganado sus casos y que pudieron recuper...
12/01/2023

Comparto con ustedes alguno de los agradecimientos por parte de clientes que han ganado sus casos y que pudieron recuperar el total de sus aportes¡¡¡ Gracias por su confianza¡¡¡¡

15/11/2022

Recordar que las modalidades de adjudicación del certificado de compra en una Empresa Administradora de Fondos Colectivos, son el SORTEO y el REMATE. Una vez adjudicado, recién se podrá adquirir el bien elegido, es decir, si les dicen que ustedes pueden tener el auto de sus sueños con tan sólo pagar una inicial, ESO ES MENTIRA.
Por otro lado, tener en cuenta que, si bien los fondos colectivos son una forma de financiar la compra de un auto, dicho sistema funciona de manera completamente distinta a la de un crédito vehicular convencional.

El pasado 17 de Marzo se ha publicado la Ley N° 31435, la cual modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor...
05/04/2022

El pasado 17 de Marzo se ha publicado la Ley N° 31435, la cual modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571), y reduce el plazo de atención de reclamos en materia de Protección al Consumidor.

Con este cambio, ahora los proveedores están obligados a atender los reclamos y dar respuesta a los mismos en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles IMPRORROGABLES.

Dicha modificatoria también se aplica para los reclamos presentados a través del Libro de Reclamaciones o por cualquier otro medio establecido por el proveedor a esos efectos.

Cabe señalar que la ley entrará en vigencia a los 60 días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación, es decir, desde el 21 de mayo de 2022.

Recibo a diario quejas y reclamos contra empresas administradoras de fondos colectivos, por supuesta falta de informació...
26/12/2021

Recibo a diario quejas y reclamos contra empresas administradoras de fondos colectivos, por supuesta falta de información o en algunos casos mala información brindada por los vendedores.

Recomiendo a las personas tener mucho cuidado antes de firmar cualquier documento (sea este digital o no), revisando bien su contenido para en base a ello tomar una decisión correcta.

La acusación más frecuente es que les prometieron la entrega del vehículo de manera inmediata y con tan solo pagar una “inicial”, esto es TOTALMENTE FALSO.

Cuando uno ingresa a un Sistema de Fondos Colectivos, celebra un contrato con el fin de adjudicarse un certificado de compra, el cual posteriormente será aplicado en la adquisición de un vehículo nuevo.

Las formas de adjudicación son Sorteo y Remate, salvo los casos especiales de adjudicación anticipada que cada empresa puede poner a disposición de sus nuevos asociados, sin embargo, esto no tiene nada que ver con el hecho de asegurar que pagando una determinada cantidad de dinero te llevarás tu carro, esta promesa repito ES FALSA.

Cabe señalar que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 61° del Reglamento del Sistema de Fondos Colectivos y de sus empresas administradoras, la empresa Administradora es responsable solidaria frente a los Asociados y al Fondo Colectivo por los perjuicios causados por los vendedores con los que mantenga contrato.

23/01/2021

La Superintendencia del Mercado de Valores define al Sistema de Fondos Colectivos de la siguiente manera:

“El sistema de fondos colectivos es una modalidad bajo la cual se adquieren bienes y/o servicios a través de los aportes mensuales de un determinado número de cuotas a pagar periódicamente por las personas naturales o jurídicas asociadas en un Grupo, quienes someten sus intereses individuales respecto de los intereses del Grupo.
La adquisición de los bienes y/o servicios objeto del Contrato se da dentro del plazo de vigencia del Grupo, mediante adjudicaciones periódicas a efectuar por sorteo o remate u otra modalidad, las cuales son financiadas con el fondo colectivo constituido por las denominadas “Cuotas Capitales” aportadas por los asociados.

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