Corvetto Salinas Abogados

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Comparto con ustedes el link del Gobierno del Perú que nos sirve para calcular los días hábiles o calendarios.Puede ser ...
13/02/2023

Comparto con ustedes el link del Gobierno del Perú que nos sirve para calcular los días hábiles o calendarios.
Puede ser de utilidad para saber exactamente cuando vencen los plazos procesales.

https://lnkd.in/eEKBWrir

Los días hábiles son los períodos válidos para realizar una actividad que puede ser laboral, judicial o administrativa y que la ley designa como aptos o no, para contabilizar plazos. Los días calendario son los que componen un año de 365 o 366, según el año que curse. Son...

Comunicado del Ministerio de Trabajo sobre el Teletrabajo: empleadores cuenta con un plazo de 60 días para adecuarse a l...
31/12/2022

Comunicado del Ministerio de Trabajo sobre el Teletrabajo: empleadores cuenta con un plazo de 60 días para adecuarse a la Ley 31572, contados a partir de la publicación del Reglamento (que aun no se publica). Mientras tanto continuan rigiendo las reglas del trabajo remoto.

24/12/2022

Por decreto supremo 309-2022-EF publicado en la fecha, la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2023 será de S/ 4,950.00… ¿se justifica un incremento de S/ 350.00 en un sólo año?

24/12/2022
01/04/2022

SE ESTABLECEN DIAS NO LABORABLES COMPENSABLES PARA EL SECTOR PÚBLICO EN EL AÑO 2022
Se ha publicado el Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM, en virtud del cual, a efectos de fomentar el desarrollo del turismo interno, el Gobierno ha establecido días no laborables sujetos a compensación o recuperación de horas no trabajadas que, conjuntamente con los feriados ordinarios, crean fines de semana largos propicios para la práctica del turismo interno. En consecuencia, se declaran días no laborables para los trabajadores del sector público a nivel nacional los siguientes días del año 2022: lunes 2 de mayo, 24 de junio, 29 de agosto, 7 de octubre, 31 de octubre, 26 de diciembre y 30 de diciembre.
Para fines tributarios, dichos días serán considerados hábiles.
Las horas dejadas de laborar durante los días no laborables establecidos serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente decreto supremo previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

Mañana a las 12 del día estaremos en Ventana Laboral, comentando sobre las ventajas y desventajas del trabajo remoto.   ...
09/03/2022

Mañana a las 12 del día estaremos en Ventana Laboral, comentando sobre las ventajas y desventajas del trabajo remoto.

Pronunciamiento: abogadas y abogados especialistas en Derecho Laboral manifestamos nuestra preocupación por la ilegal mo...
25/02/2022

Pronunciamiento: abogadas y abogados especialistas en Derecho Laboral manifestamos nuestra preocupación por la ilegal modificación que limita la Tercerización en nuestro país.

Empresas con 20 o más trabajadores deben contar con un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
16/02/2022

Empresas con 20 o más trabajadores deben contar con un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

Empresas con 20 o más trabajadores deben contar con un Comité de Seguridad y Salud en el trabajo
16/02/2022

Empresas con 20 o más trabajadores deben contar con un Comité de Seguridad y Salud en el trabajo

05/01/2022

DECLARAN FERIADO NACIONAL EL 9 DE DICIEMBRE EN CONMEMORACIÓN A LA BATALLA DE AYACUCHO.

Por Ley N° 31381 se modifica el artículo 2 de la Ley 24682 y se declara el 9 de diciembre como día feriado nacional en todas las entidades e instituciones públicas.

La norma en mención modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo 713, en los siguientes términos;

“Artículo 6.- Son días feriados los siguientes:

- Año Nuevo (01 de enero)

- Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)

- Día del Trabajo (01 de mayo)

- San Pedro y San Pablo (29 de junio)

- Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)

- Santa Rosa de Lima (30 de agosto)

- Combate de Angamos (08 de octubre)

- Todos los Santos (01 de noviembre)

- Inmaculada Concepción (08 de diciembre)

- Batalla de Ayacucho (09 de diciembre)

- Navidad del Señor (25 de diciembre)”.

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