Nadia tarazona

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Nadia tarazona Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Nadia tarazona, Abogado corporativo, Lima.

24/09/2026

🚨🚌 «¿CARRERITAS EN EL BUS Y SE SUBEN A LA VEREDA?»: Por qué esto no es una simple papeleta, sino cárcel.

Vas como pasajero y el chofer compite a toda velocidad con otra unidad o invade la vereda por ganar pasajeros. ¿Crees que esto solo amerita una multa de tránsito? La ley dice todo lo contrario:

Hasta 8 años de cárcel efectiva: Conducir de forma temeraria pone en riesgo inminente vidas humanas y configura un delito de peligro común. Si provoca un accidente fatal o deja personas con lesiones graves, el chofer enfrenta una pena privativa de la libertad de hasta 8 años de prisión efectiva.

Sanción a la empresa de transportes: La negligencia no queda impune para la compañía. La ATU tiene la facultad de suspender o cancelar definitivamente la autorización de la ruta; además, la empresa responde de manera civil y solidaria por todos los daños e indemnizaciones ocasionados.

Tu escudo como ciudadano: Si el conductor ignora tus reclamos, graba las maniobras o el tablero de velocidad, anota el número de placa y el padrón de la unidad, y presenta la denuncia inmediata ante la Policía Nacional y la ATU.

Tu vida jamás valdrá el precio de un boleto ni una carrera por pasajeros. 🛡️✨

Soy la Dra. Nadia Tarazona y recuerda que tu mejor defensa siempre será conocer tus derechos.

👉 ¿Te ha tocado viajar con choferes que compiten en plena ruta? Te leo en los comentarios.

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22/09/2026

🚨🏫 «CASO LICEO NAVAL: ¿IRÁN A LA CÁRCEL LOS MENORES IMPLICADOS?» La verdad legal tras la conmoción.

El presunto sexu@l en el Liceo Naval abre una duda urgente: ¿qué sanciones reales enfrentan los escolares y qué consecuencias asumirá el colegio?

No van a prisión común: Por mandato legal y pronunciamiento del Tribunal Constitucional, los menores de 18 años no van a cárceles ordinarias ni se les procesa por «delitos», sino por infracciones a la ley penal ante juzgados de familia. Se les aplican medidas socioeducativas: desde libertad asistida hasta un internamiento de 4 a 6 años en un centro juvenil cerrado. Y como ahora, puede dárseles un internamiento preventivo de 4 meses.

El colegio y una responsabilidad millonaria: Al ser persona jurídica el plantel no va a prisión, pero podría responder en la vía civil. En el caso de ordenarse, podría asumir indemnizaciones económicas por los daños y perjuicios y la grave afectación psicológica que podría tener la víctima.

Indecopi en fiscalización activa: Ya investiga si se activaron los protocolos contra la violencia escolar. La institución enfrenta multas de hasta 2 millones de soles (450 UIT), y sus directivos podrían ser denunciados penalmente si es que ocultan o dilatan información.

La seguridad escolar no admite omisiones: la integridad de un menor está por encima de todo. 🛡️✨

Soy la Dra. Nadia Tarazona y recuerda que tu mejor defensa siempre será conocer tus derechos.

👉 ¿Consideras que la legislación para menores infractores debería reformarse? Te leo en los comentarios.

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18/09/2026

🚨🚗 «HUELES A ALCOHOL, VAMOS A LA COMISARÍA»: Lo que tú debes cumplir y lo que el policía DEBE justificar.
Te intervienen, aseguran que tienes aliento etílico y exigen ir a la comisaría porque no tienen alcoholímetro. ¿Estás obligado a ir? Sí, pero bajo reglas claras para ambas partes:
1. Lo que tú debes cumplir: No te atrincheres ni te resistas. Si no hay alcoholímetro en el punto, debes cooperar y acudir al dosaje etílico. Resistirte o negarte al traslado puede costarte una denuncia por el delito de desobediencia a la autoridad y la papeleta M02.
2. Lo que el policía debe justificar: El traslado no es por capricho. El agente está obligado a redactar un acta detallando motivos objetivos: ojos rojos, aliento alcohólico notorio, manejo en zigzag, maniobras temerarias o botellas de licor visibles en el auto.
3. Tu respaldo legal: Si el examen sale negativo (en cero) y te retuvieron sin una justificación real, ese resultado es tu prueba directa para denunciar al mal efectivo ante Inspectoría PNP y la Fiscalía por Abuso de Autoridad.
Cumplir la ley te protege; conocerla te defiende. 🛡️✨
Soy la Dra. Nadia Tarazona y recuerda que tu mejor defensa siempre será conocer tus derechos.
👉 ¿Alguna vez te llevaron a la comisaría para un dosaje que salió negativo? Te leo en los comentarios.
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16/09/2026

🚨🚔 «¡ME ACABAN DE ASALTAR PEDÍ AYUDA Y EL SERENAZGO SIGUIÓ DE LARGO!» Qué hacer si te niegan auxilio.

Te roban en la calle, pides ayuda a gritos a una patrulla municipal y continúan su marcha con total indiferencia. ¿Estás indefenso? No, la ley te ampara y su inacción tiene graves consecuencias legales:

1. Deber legal de auxilio: La Ley 31297 (Ley del Servicio de Serenazgo Municipal) los obliga a brindar auxilio y protección inmediata a cualquier vecino en peligro. Prestarte ayuda no es opcional ni un favor; es su función directa por mandato de la ley.

2. Son servidores públicos ante el Código Penal: Para efectos penales, todo sereno es servidor público (Art. 425° CP). Dejarte desamparado ante un delito flagrante configura Omisión de Actos Funcionales (Art. 377° CP), delito sancionado con cárcel y causal de despido inmediato por falta muy grave.

3. Qué hacer en ese instante:

Anota el número visible de la móvil (en puertas o techo) y la placa.

Registra la hora exacta y la calle.

Ingresa una queja formal ante la municipalidad solicitando el reporte GPS de la unidad y las grabaciones de las cámaras de seguridad para formalizar la denuncia fiscal.

Tus arbitrios financian ese patrullaje; jamás toleres la indiferencia ni el abandono de la autoridad. 🛡️✨

Soy la Dra. Nadia Tarazona y recuerda que tu mejor defensa siempre será conocer tus derechos.

👉 ¿Alguna vez un patrullero o serenazgo ignoró tu llamado de emergencia? Te leo en los comentarios.

15/09/2026

🚨🥩 ¡CARNE ROJA PERO POR PINTURA, NO POR FRESCA!
Vas por tus compras, ves la carne con un color vivo y resulta que le aplicaron tinte para ocultar que está guardada. Esto no es ninguna «viveza criolla», es una conducta que podría ser sancionada con dureza por la ley:
Delito contra la salud pública (Art. 288° CP): Adulterar o vender alimentos no aptos para el consumo humano se castiga con 4 a 8 años de cárcel efectiva.
Infracción grave ante Indecopi: Engañar al consumidor haciéndole creer que compra un producto fresco atenta contra la Ley de Protección al Consumidor y puede generar multas de más de 2 millones de soles (hasta 450 UIT).
Cómo actuar: Toma fotos o graba el producto en el puesto. Si ya compraste, exige y guarda tu comprobante de pago para identificar al responsable y denuncia de inmediato ante la Gerencia de Fiscalización de tu municipio, Indecopi o la Fiscalía.
Con la salud de tu familia jamás se negocia ni se juega. 🛡️✨
Soy la Dra. Nadia Tarazona y recuerda que tu mejor defensa siempre será conocer tus derechos.
👉 ¿Alguna vez compraste carne que desteñía o parecía pintada? Te leo en los comentarios.
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14/09/2026

🦙🍺 ¿DARLE CERVEZA A UNA LLAMA ES TRADICIÓN? ¡NO!, Darle alcohol a una animal te puede mandar a prisión

Tras viralizarse imágenes en Cusco donde le dan cerveza a una llama durante una fiesta patronal, la Fiscalía y la municipalidad abrieron investigaciones para sancionar a los responsables. Lo que muchos justifican como «broma» o «costumbre», pero para la ley podría ser un delito.

Maltrato animal penado con cárcel: La Ley N° 30407 (Ley de Protección y Bienestar Animal) y el Art. 206-A del Código Penal castigan los actos de crueldad contra animales domésticos o silvestres. Suministrar alcohol intoxica su organismo y puede acarrear hasta 3 años de prisión.

E incluso, podría llegar hasta 8 años si el animal muere: Si la ingesta forzada de sustancias causa la muerte del animal, la pena se agrava con hasta 8 años de cárcel efectiva, días-multa e inhabilitación definitiva para tener mascotas.

Responsabilidad compartida: Las tradiciones culturales no son un cheque en blanco para el abuso; tanto quienes ejecutan el acto como los organizadores pueden responder penalmente.

Si presencias un hecho similar, registra con tu celular y denuncia de inmediato en la comisaría o Fiscalía. 🛡️✨

Soy la Dra. Nadia Tarazona y recuerda que tu mejor defensa siempre será conocer tus derechos.

👉 ¿Qué opinas sobre el uso de animales en estas celebraciones? Te leo en los comentarios.

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04/09/2026

🚨💼 «¡FALTÉ AL TRABAJO POR Y ME DESCONTARON EL DÍA!» ¿Puedo demandar a mi jefe?
Un joven se volvió viral tras faltar a su empleo para «farmear aura» y amenazó con hacerle juicio a su empresa porque le descontaron el sueldo. Si este caso ocurriera bajo la legislación laboral peruana, ¿quién tiene la razón ante la ley?
📌 1. Solo justificas con sustento legal:
Avisar por WhatsApp que no vas a ir no es una justificación. La ley solo valida ausencias por descanso médico (Certificado o CITT de EsSalud), licencias con goce estipuladas por norma o fuerza mayor comprobada.
📌 2. El descuento es 100% legal:
El salario remunera el trabajo efectivo prestado. Si te ausentas voluntariamente por motivos personales sin autorización previa, el empleador tiene pleno derecho de descontar el día y la parte proporcional del descanso semanal.
📌 3. Riesgo de despido sin liquidación:
Cuidado con acumular ausencias: faltar más de 3 días consecutivos sin justificar configura abandono de trabajo (Art. 25° inc. h del D.Leg. 728), lo que faculta a la empresa a despedirte con justa causa y sin indemnización.
Conoce tus deberes, defiende tus derechos y sé responsable con tus obligaciones. 🛡️✨
Soy la Dra. Nadia Tarazona y recuerda que tu mejor defensa siempre será conocer tus derechos.
👉 ¿Alguna vez te descontaron el día por una falta imprevista? Te leo en los comentarios.
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02/09/2026

🚨🐶 «¡¡JUSTICIA PARA KAYSER! ¡CONFESÓ QUE LO MATÓ Y FUGÓ A LIMA!» Cárcel para el agresor del perrito Kayser.
Un audio reveló la confesión del sujeto que acuchilló cruelmente al perro Kayser en Huarochirí y admitió que escapó a la capital para eludir la flagrancia. ¿Qué consecuencias legales afrontará?
📌 1. Pena de cárcel efectiva (Art. 206-A del Código Penal):
Cometer actos de crueldad contra un animal con resultado de muerte está severamente sancionado por la ley penal peruana con p***s de prisión efectiva e inhabilitación para la tenencia de mascotas.
📌 2. Confesión y peligro de fuga procesal:
El audio acredita de manera directa el uso del arma blanca y la admisión de haber huido a Lima para evadir a la policía, lo cual sustenta el peligro procesal para ordenar su inmediata captura y medidas cautelares.
📌 3. Ninguna pelea previa es justificación:
Alegar un altercado anterior entre canes no califica como legítima defensa. Planificar, buscar y matar a un animal indefenso es un delito sancionado con todo el peso de la ley.
Los animales sienten, tienen derechos y este acto de crueldad no puede quedar impune. 🛡️✨
Soy la Dra. Nadia Tarazona y recuerda que tu mejor defensa siempre será conocer tus derechos.
👉 ¿Exiges la máxima sanción y captura inmediata para este agresor? Te leo en los comentarios.
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30/08/2026

🚨👮‍♀️ ¡NO QUISO PAGAR EL TAXI, AGREDIÓ A POLICÍAS Y LLAMÓ A SU HIJA “FISCAL”Las p***s de cárcel que podría afrontar.

Una mujer en presunto estado de ebriedad se negó a pagar un taxi y, al intentar ser llevada a la comisaría, agredió a los efectivos e intentó intimidarlos asegurando que su hija trabajaba en la fiscalía. ¿A qué sanciones penales se expone?

📌 1. Violencia y Resistencia a la Autoridad (Arts. 366° y 367° del Código Penal):

Golpear o agredir físicamente a un policía en pleno ejercicio de sus funciones es un delito grave sancionado con 8 a 12 años de prisión efectiva.

📌 2. Amenazas con supuestas influencias:

Decir «mi hija trabaja en la fiscalía» no frena una detención en flagrancia. Al contrario, evidencia desacato y agrava la conducta de intimidación ante el fiscal.

Un conflicto de pocos soles por una tarifa de taxi terminó en una detención penal por descontrol y agresión.

La autoridad se respeta y la ley se cumple para todos sin excepción. 🛡️✨

Soy la Dra. Nadia Tarazona y recuerda que tu mejor defensa siempre será conocer tus derechos.

👉 ¿Qué opinas sobre este tipo de conductas en las comisarías? Te leo en los comentarios.

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29/08/2026

🚨🏫 «¡SUJETO FINGIÓ SER SU TÍO Y SE LO LLEVÓ DEL COLEGIO!» ¿Qué Delitos y sanciones podrían evaluarse tras el caso el colegio Mariano Melgar en Breña?
Un desconocido ingresó a una escuela en Breña, firmó el registro con datos reales de un familiar y retiró a un escolar de menor de edad a un inmueble cercano. Por fortuna el menor logró escapar, pero las consecuencias legales que podrían enfrentarse son sumamente graves:
📌 1. Delitos del captor (Código Penal):
Llevarse a un menor y privarlo de su libertad configura Secuestro Agravado (Art. 152° del CP), con p***s que llegan a Cadena Perpetua, además del delito de Falsedad Genérica por falsear su identidad en el registro.
📌 2. Responsabilidad penal del personal escolar:
El director y los encargados de puerta tienen la posición de garante de los alumnos. Entregar a un niño sin verificar su identidad configura el delito de Exposición a Peligro (Art. 125° del CP), sancionado con hasta 4 años de cárcel.
📌 3. Sanciones administrativas (Minedu y UGEL):
Se iniciarán procesos disciplinarios por falta muy grave, cuyas sanciones van desde la suspensión sin goce de haber (de 31 días a 12 meses) hasta la destitución e inhabilitación definitiva de los responsables.
La seguridad de nuestros hijos no se negocia: los protocolos escolares deben cumplirse estrictamente. 🛡️✨
Soy la Dra. Nadia Tarazona y recuerda que tu mejor defensa siempre será conocer tus derechos.
👉 ¿Tu colegio exige DNI físico a quien retira a tus hijos? Te leo en los comentarios.
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