Ysabel Urbina Abogada

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Abogada, experiencia en todo tipo de contratos, personas naturales, jurídicas, sucesiones y otros regímenes, constitución de personas jurídicas, procedimientos no contenciosos y demas pertinentes en sede notarial y registral y otros.

📚Esta semana, Sentencia del Décimo Tercer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo, dictada en el procedim...
20/11/2023

📚Esta semana, Sentencia del Décimo Tercer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo, dictada en el procedimiento de Revisión Judicial contra el SAT, resuelve declarar FUNDADA EN PARTE la demanda de Revisión Judicial del Procedimiento de Ejecución Coactiva, declarando SU NULIDAD y ordenando el levantamiento de las medidas cautelares que se hubieran impuesto e IMPROCEDENTE en el extremo que solicita determinar responsabilidad del Ejecutor Coactivo.

👩‍⚖️Asumí esta defensa, ante una situación totalmente injusta y de desprotección de mí patrocinado, al haberse embargado sus cuentas bancarias y ordenado la captura de su vehículo, por una multa impuesta indebidamente, por construcciones realizadas en el predio colindante de propiedad de su vecino.

Mediante esta sentencia conseguí, no solo la nulidad del procedimiento coactivo sino la posibilidad de solicitar la nulidad de la multa impuesta indebidamente.

La sentencia, análiza la notificación de los actos administrativos, al señalar, que con la notificación del título de ejecución se da la oportunidad al administrado que tome conocimiento de la decisión adoptada por la administración y con la notificación de la REC ( Resolución de Ejecución Coactiva) se garantiza al administrado el conocimiento del inicio del procedimiento coactivo; por lo tanto, se requiere la notificación válida del título que sirve de ejecución, así como de la resolución que le da inicio.

También hace mención a la Sentencia del Tribunal Constitucional STC N° 08865-2006-PA/TC, en lo referido a la carga de la prueba de la notificación de los actos administrativos a cargo de la administración demandada y no del demandante.

Para el éxito de una demanda de revisión judicial, recomiendo analizar minuciosamente la debida notificación, no sólo de los actos emitidos dentro del procedimiento coactivo, sino también del título que sirve de ejecución; se debe tener en cuenta, que en los casos donde no se pudo realizar la notificación personal al administrado y la administración opta por las actas de notificación, en ésta deben constar las características del lugar donde se ha notificado, lo que en numerosos casos no se realiza o se hace deficientemente.

Buen trabajo del Décimo Tercer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo, impartiendo justicia con celeridad, demanda interpuesta en el mes de mayo con sentencia favorable en el mes de octubre, total 06 meses, un alivio para los justiciables.

05/11/2023

Falsificación de documentos: el «perjuicio» como elemento del tipo penal [Apelación 6-2019, Corte Suprema]

04/11/2023

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Buen trabajo del 2° Juzgado Civil - Corte Superior de Justiciadel Santa, impartiendo justicia con celeridad con laimplem...
27/09/2023

Buen trabajo del 2° Juzgado Civil - Corte Superior de Justicia
del Santa, impartiendo justicia con celeridad con la
implementación de los Módulos de Litigación Oral.
Después de una adecuada preparación para la audiencia programada, con bastante anticipación, desarrollé la Teoría del Caso en mi alegato de apertura y en una sola audiencia obtuve sentencia
fundada en todos sus extremos con la declaración de consentida.
Tiempo de Duración del proceso de Petición de Herencia,Declaración de Herederos y Nulidad de Asientos Registrales, desde la presentación de la demanda hasta la expedición de la
sentencia consentida, un total de 10 meses.
Esto me llena de satisfacción y ganas de continuar trabajando con compromiso, con la convicción de que podemos tener una justicia efectiva y célere.

Buen trabajo del 2° Juzgado Civil - Corte Superior de Justicia del Santa, impartiendo justicia con celeridad con la implementación de los Módulos de Litigación…

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06/05/2023

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28/04/2023

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28/04/2023

Un comentario sobre el nuevo servicio que ofrece SUNARP sobre Consulta Gratis de Partida Registral, vas a necesitar tu DNI a la mano, pues te solicitan además del número, la fecha de emisión del documento, para validación; además necesitarás tener la información del número de partida o ficha registral (a la fecha han habilitado el Registro de Propiedad, Registro de Personas Jurídicas y Registro de Personas Naturales) y solo accederás a VISUALIZAR la partida que consignes, no sé pueden imprimir y solo tendrás acceso a TUS inscripciones, si no tienes esa información, no podrás utilizar el servicio. El link es el siguiente http//conoce-aqui.sunarp.gob.pe. Saludos.

Genial!
27/04/2023

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30/03/2023

Hace unos días probamos con datos para una supuesta demanda y los resultados no fueron correctos, es toda una revolución, pero nunca reemplazará al ser humano.

LP es el portal jurídico más leído del Perú y el primer centro de capacitación para abogados...

28/03/2023

⚖Notificación bajo puerta es nula si no cumple formalidades del art. 161 del CPC
📑Expediente 00339-2021-PHC/TC
✔️ Para más detalles clic aquí 👉 https://lpd.pe/pZYQD

Una importante modificación, la estaremos comentando.
22/03/2023

Una importante modificación, la estaremos comentando.

Ley 31715: modifican la ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.

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