25/06/2024
🔴🔵PRINCIPIOS QUE RIGEN LA CONCILIACIÓN
En Perú, la Ley de Conciliación (Ley N° 26872) establece ciertas disposiciones y principios conciliatorios que deben ser respetados durante el proceso de conciliación. Aunque la ley no especifica sanciones específicas por el incumplimiento de estos principios de manera detallada, existen consecuencias y medidas que pueden aplicarse en caso de violación de los principios conciliatorios fundamentales. A continuación se detallan algunas posibles repercusiones:
1. Impugnación del Acuerdo: Si se demuestra que una de las partes actuó de mala fe o incumplió con los principios de buena fe, confidencialidad, imparcialidad u otros, el acuerdo conciliatorio podría ser impugnado. Esto significa que el acuerdo podría ser declarado inválido o no ejecutable por un tribunal competente.
2. Sanciones Económicas: Aunque no están especificadas directamente en la ley de conciliación, dependiendo de la gravedad del incumplimiento y las circunstancias del caso, las partes afectadas podrían recurrir a demandas adicionales para solicitar daños y perjuicios debido a las acciones incorrectas durante el proceso de conciliación.
3. Pérdida de Confianza: El incumplimiento de los principios conciliatorios puede llevar a la pérdida de la confianza entre las partes, lo que a su vez puede complicar futuras negociaciones y la resolución de conflictos pendientes.
4. Sanciones Disciplinarias para el Conciliador: Si un conciliador no cumple con los principios de imparcialidad, neutralidad o confidencialidad, podría enfrentar acciones disciplinarias por parte del MINJUS.
La Ley de Conciliación promueve la solución de conflictos de manera amigable y respetuosa de los derechos de todas las partes involucradas, por lo que el cumplimiento de los principios conciliatorios es fundamental para la eficacia y la legitimidad del proceso conciliatorio en el país.
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