Abogados Verastegui & Lazarte

Abogados Verastegui & Lazarte ESPECIALISTAS EN DEFENSA JURIDICA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS - LAVADO DE ACTIVOS - TID - USURPACION - FORMALIZACION DE PREDIOS O TERRENOS ETC

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18/03/2026

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18/03/2026

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¿PRESENTAR UN ESCRITO DESPUÉS DE LAS 5:00 P. M. SE CONSIDERA RECIBIDO AL DÍA SIGUIENTE? ⚖️💻​La Corte Suprema, en la Apel...
16/03/2026

¿PRESENTAR UN ESCRITO DESPUÉS DE LAS 5:00 P. M. SE CONSIDERA RECIBIDO AL DÍA SIGUIENTE? ⚖️💻

​La Corte Suprema, en la Apelación N.° 181-2024/Pasco, ha dejado sentada una aclaración vital para todos los litigantes: las reglas de la Mesa Digital del Ejecutivo no se aplican al Poder Judicial. ¡Tus plazos vencen a las 23:59 horas!

​📝 El Conflicto Jurídico

​Un juzgado declaró inadmisible un escrito presentado a las 23:58:22 horas, aplicando erróneamente un Decreto Supremo (PCM) que indica que lo ingresado después del horario de oficina se entiende recibido al día hábil siguiente.

La Suprema ha corregido este criterio.

​🔍 Puntos Clave de la Decisión:

​1. Administrativo vs. Judicial 🏛️↔️🏢

La Corte precisa que las reglas del D.S. N.° 075-2023-PCM (Mesa Digital Perú) son exclusivas del ámbito administrativo. Los procesos judiciales se rigen por sus propias normas tecnológicas dictadas por el Poder Judicial.

​2. La vigencia de la R.A. N.° 177-2020-CE-PJ 📜

Esta resolución es la norma maestra para el cómputo de plazos digitales. Establece que los escritos presentados entre las 00:00 y las 23:59 horas se consideran recibidos el mismo día, sin importar si es sábado, domingo o feriado.

​3. Autonomía del Poder Judicial ⚖️

Conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del Consejo Ejecutivo (CE-PJ) dictar medidas para la eficiencia tecnológica. Por tanto, ninguna norma del Ejecutivo puede restringir los horarios de la Mesa de Partes Electrónica (MPE).

​4. Blindaje del Derecho de Defensa 🛡️

Imponer horarios administrativos rígidos (como el corte de las 5:00 p. m.) a un proceso penal constituye una restricción indebida al derecho de defensa y a la tutela jurisdiccional efectiva. El plazo legal es de días completos, no de horas de oficina.

​💡 Conclusión

​Si tu plazo vence hoy, tienes hasta el último segundo antes de la medianoche para ingresar tu escrito vía MPE. La justicia digital debe facilitar el acceso, no limitarlo.

​🧐 ¿Te ha pasado?

​¿Alguna vez un juzgado intentó aplicarte el horario administrativo para rechazar un escrito digital? Cuéntanos tu experiencia. 👇

📢 𝗔𝗡𝗨𝗟𝗔𝗖𝗜Ó𝗡 𝗗𝗘 𝗔𝗡𝗢𝗧𝗔𝗖𝗜Ó𝗡 𝗙𝗜𝗦𝗖𝗔𝗟 ⚖️La anulación de la anotación fiscal sirve para eliminar registros, denuncias o investi...
11/03/2026

📢 𝗔𝗡𝗨𝗟𝗔𝗖𝗜Ó𝗡 𝗗𝗘 𝗔𝗡𝗢𝗧𝗔𝗖𝗜Ó𝗡 𝗙𝗜𝗦𝗖𝗔𝗟 ⚖️

La anulación de la anotación fiscal sirve para eliminar registros, denuncias o investigaciones archivadas de los sistemas del Ministerio Público. Permite limpiar los antecedentes penales/policiales de una persona, facilitando su reinserción social y eliminando estigmas cuando el caso fue sobreseído o se cumplió la pena.

𝐍𝐨𝐫𝐦𝐚𝐭𝐢𝐯𝐚 𝐚𝐩𝐥𝐢𝐜𝐚𝐛𝐥𝐞 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐥𝐚 𝐬𝐨𝐥𝐢𝐜𝐢𝐭𝐮𝐝:

La Directiva General N° 001-2017-MP-FN "Normas para el mantenimiento de anotaciones o registros generados en las Fiscalías del Ministerio Público.

En su punto número 3.3.1 Del proceso para la anulación de las anotaciones o registros de la(s) identidad(es) del (de los) ciudadanos(s) o persona jurídica generados en las Fiscalías. En el punto a. de oficio, inciso ii, el mismo que refiere: Cuando el juez emita la resolución de no ha lugar a la apertura de instrucción o se ha sobreseído el proceso o el denunciado ha sido absuelto o la acción penal ha prescrito o se haya rehabilitado al condenado, e Fiscal que tenga a cargo la culminación del proceso, procederá el registro, en el Sistema Informático de lo establecido en la Resolución de archivo definitivo (cosa juzgada), 𝒑𝒂𝒓𝒂 𝒍𝒖𝒆𝒈𝒐 𝒑𝒓𝒐𝒄𝒆𝒅𝒆𝒓 𝒂 𝒓𝒆𝒂𝒍𝒊𝒛𝒂𝒓 𝒆𝒍 𝒎𝒂𝒏𝒕𝒆𝒏𝒊𝒎𝒊𝒆𝒏𝒕𝒐 (𝒎𝒐𝒅𝒊𝒇𝒊𝒄𝒂𝒄𝒊ó𝒏, 𝒂𝒏𝒖𝒍𝒂𝒄𝒊ó𝒏, 𝒆𝒍𝒊𝒎𝒊𝒏𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝒐 𝒔𝒖𝒑𝒓𝒆𝒔𝒊ó𝒏) 𝒅𝒆 𝒇𝒐𝒓𝒎𝒂 𝒎𝒂𝒏𝒖𝒂𝒍 𝒐 𝒂𝒖𝒕𝒐𝒎á𝒕𝒊𝒄𝒂 𝒍𝒂𝒔(𝒔) 𝒂𝒏𝒐𝒕𝒂𝒄𝒊ó𝒏(𝒆𝒔) 𝒐 𝒓𝒆𝒈𝒊𝒔𝒕𝒓𝒐(𝒔) 𝒅𝒆 𝒍𝒂(𝒔) 𝒊𝒅𝒆𝒏𝒕𝒊𝒅𝒂𝒅(𝒆𝒔) 𝒅𝒆 (𝒅𝒆 𝒍𝒐𝒔) 𝒄𝒊𝒖𝒅𝒂𝒅𝒂𝒏𝒐(𝒔) 𝒐 𝒑𝒆𝒓𝒔𝒐𝒏𝒂 𝒋𝒖𝒓í𝒅𝒊𝒄𝒂 𝒄𝒐𝒎𝒑𝒓𝒆𝒏𝒅𝒊𝒅𝒐 (𝒔) 𝒆𝒏 𝒆𝒍 𝒄𝒂𝒔𝒐.

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DIFERENCIAS:"CONCURSO IDEAL Y CONCURSO REAL DE DELITOS".En el Derecho Penal, el concurso de Delitos se presenta cuando u...
09/03/2026

DIFERENCIAS:
"CONCURSO IDEAL Y CONCURSO REAL DE DELITOS".
En el Derecho Penal, el concurso de Delitos se presenta cuando una persona comete más de un delito, y el juez debe determinar cómo aplicar las p***s conforme al Código Penal.

⚖️ Concurso Ideal o concurso formal:
Se produce cuando una sola acción u omisión genera varios delitos.
Es decir, un mismo hecho genera la comisión de varios delitos. Ejemplo: Una explosión provocada intencionalmente causa la muerte de una persona, lesiones a otras y daños materiales. Un solo acto produce varios delitos. En este caso, generalmente se aplica la pena del delito más grave, pudiendo incrementarse según lo establezca la ley.

⚖️ Concurso Real o concurso material:
Se presenta cuando una persona realiza varias acciones diferentes, y cada una constituye un delito independiente. Ejemplo: Una persona roba un vehículo, luego falsifica documentos y posteriormente comete una estafa. Cada conducta es un delito distinto. En este caso, las p***s se acumulan conforme a los límites establecidos por el Código Penal.

🚨 En conclusión:
• Concurso ideal: una sola acción → varios delitos.
• Concurso real: varias acciones → varios delitos.

¿𝐄𝐋 𝐏𝐀𝐃𝐑𝐄 𝐎 𝐌𝐀𝐃𝐑𝐄 𝐃𝐄 𝐓𝐔 𝐇𝐈𝐉𝐎 𝐍𝐎 𝐒𝐄 𝐇𝐀𝐂𝐄 𝐑𝐄𝐒𝐏𝐎𝐍𝐃𝐀𝐁𝐋𝐄 𝐃𝐄 𝐒𝐔 𝐎𝐁𝐋𝐈𝐆𝐀𝐂𝐈𝐎𝐍?𝐍𝐨𝐬𝐨𝐭𝐫𝐨𝐬 𝐥𝐨 𝐨𝐛𝐥𝐢𝐠𝐚𝐦𝐨𝐬𝘾𝙊𝙉𝙎𝙐𝙇𝙏𝘼, 𝙎𝙄𝙉 𝘾𝙊𝙎𝙏𝙊 𝘼𝙇𝙂𝙐𝙉𝙊⚖️📱𝙒...
04/03/2026

¿𝐄𝐋 𝐏𝐀𝐃𝐑𝐄 𝐎 𝐌𝐀𝐃𝐑𝐄 𝐃𝐄 𝐓𝐔 𝐇𝐈𝐉𝐎 𝐍𝐎 𝐒𝐄 𝐇𝐀𝐂𝐄 𝐑𝐄𝐒𝐏𝐎𝐍𝐃𝐀𝐁𝐋𝐄 𝐃𝐄 𝐒𝐔 𝐎𝐁𝐋𝐈𝐆𝐀𝐂𝐈𝐎𝐍?
𝐍𝐨𝐬𝐨𝐭𝐫𝐨𝐬 𝐥𝐨 𝐨𝐛𝐥𝐢𝐠𝐚𝐦𝐨𝐬

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02/03/2026

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👉Tú o un Familiar están Pasando por una Situación Similar?Si tienes un familiar detenido por encontrarse en el lugar y e...
28/02/2026

👉Tú o un Familiar están Pasando por una Situación Similar?
Si tienes un familiar detenido por encontrarse en el lugar y el momento equivocado, como es un vehiculo donde estaban llevando sustancias ilícitas…
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10/02/2026

👨‍💼🧑‍⚖️Somos tu mejor solución en casos penales y demás, somos un estudio jurídico con más de 10.000 casos ganados en 15 años de experiencia. 👨🏻‍⚖️👨🏻‍⚖️👨🏻‍⚖️🤜

🔻 𝐏𝐑𝐈𝐒𝐈𝐎́𝐍 𝐏𝐑𝐄𝐕𝐄𝐍𝐓𝐈𝐕𝐀 𝐍𝐎 𝐄𝐒 𝐂𝐀𝐒𝐓𝐈𝐆𝐎:𝐄𝐋 𝐏𝐑𝐄𝐂𝐄𝐃𝐄𝐍𝐓𝐄 𝐃𝐄𝐋 𝐓𝐑𝐈𝐁𝐔𝐍𝐀𝐋 𝐂𝐎𝐍𝐒𝐓𝐈𝐓𝐔𝐂𝐈𝐎𝐍𝐀𝐋 𝐐𝐔𝐄 𝐏𝐑𝐎𝐓𝐄𝐆𝐄 𝐋𝐀 𝐋𝐈𝐁𝐄𝐑𝐓𝐀𝐃 𝐏𝐄𝐑𝐒𝐎𝐍𝐀𝐋👉 EXP. 377...
06/01/2026

🔻 𝐏𝐑𝐈𝐒𝐈𝐎́𝐍 𝐏𝐑𝐄𝐕𝐄𝐍𝐓𝐈𝐕𝐀 𝐍𝐎 𝐄𝐒 𝐂𝐀𝐒𝐓𝐈𝐆𝐎:
𝐄𝐋 𝐏𝐑𝐄𝐂𝐄𝐃𝐄𝐍𝐓𝐄 𝐃𝐄𝐋 𝐓𝐑𝐈𝐁𝐔𝐍𝐀𝐋 𝐂𝐎𝐍𝐒𝐓𝐈𝐓𝐔𝐂𝐈𝐎𝐍𝐀𝐋 𝐐𝐔𝐄 𝐏𝐑𝐎𝐓𝐄𝐆𝐄 𝐋𝐀 𝐋𝐈𝐁𝐄𝐑𝐓𝐀𝐃 𝐏𝐄𝐑𝐒𝐎𝐍𝐀𝐋

👉 EXP. 3771-2004-HC/TC 𝑷𝑰𝑼𝑹𝑨 𝑷𝑹𝑬𝑪𝑬𝑫𝑬𝑵𝑻𝑬 𝑽𝑰𝑵𝑽𝑼𝑳𝑨𝑵𝑻𝑬

¿𝑫𝒆 𝒒𝒖𝒆́ 𝒕𝒓𝒂𝒕𝒂 𝒆𝒔𝒕𝒆 𝒄𝒂𝒔𝒐?
El Tribunal Constitucional analizó el caso de una persona que llevaba más de 9 años detenida sin sentencia firme, alegando que se había vulnerado su derecho a la libertad personal.

¿𝑸𝒖𝒆́ 𝒆𝒔 𝒍𝒂 𝒑𝒓𝒊𝒔𝒊𝒐́𝒏 𝒑𝒓𝒆𝒗𝒆𝒏𝒕𝒊𝒗𝒂?
Es una medida excepcional, no un castigo.
Solo se aplica para asegurar que el proceso penal se realice correctamente y no puede durar más de lo necesario.
👉 Prisión preventiva NO significa culpabilidad.

¿𝑬𝒙𝒊𝒔𝒕𝒆 𝒖𝒏 𝒍𝒊́𝒎𝒊𝒕𝒆 𝒅𝒆 𝒕𝒊𝒆𝒎𝒑𝒐?
Sí.
El TC recuerda que la prisión preventiva tiene plazos máximos, establecidos en la ley (art. 137 del CPP), y además debe respetar el plazo razonable, conforme a la Constitución y los tratados de derechos humanos.

🧠 Presunción de inocencia: el eje central
Mientras no exista sentencia:
Toda persona es inocente
El Estado debe actuar con diligencia
No se puede justificar una detención prolongada por negligencia judicial
📢 La demora del juez NO puede pagarla el detenido.

¿𝑸𝒖𝒆́ 𝒅𝒊𝒄𝒆𝒏 𝒍𝒐𝒔 𝒅𝒆𝒓𝒆𝒄𝒉𝒐𝒔 𝒉𝒖𝒎𝒂𝒏𝒐𝒔?
Tanto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos como la Convención Americana de Derechos Humanos establecen que:
Toda persona detenida tiene derecho a ser juzgada en un plazo razonable o ser puesta en libertad.

⚖️ ¿𝑸𝒖𝒆́ 𝒅𝒆𝒄𝒊𝒅𝒊𝒐́ 𝒆𝒍 𝑻𝒓𝒊𝒃𝒖𝒏𝒂𝒍 𝑪𝒐𝒏𝒔𝒕𝒊𝒕𝒖𝒄𝒊𝒐𝒏𝒂𝒍?
En este caso concreto:
❌ No ordenó la excarcelación
📌 Porque el plazo legal aún no se había vencido según la normativa especial aplicable al nuevo proceso
PERO…
🚨 𝑴𝒆𝒏𝒔𝒂𝒋𝒆 𝒄𝒍𝒂𝒗𝒆 𝒅𝒆𝒍 𝒑𝒓𝒆𝒄𝒆𝒅𝒆𝒏𝒕𝒆
El Tribunal dejó un precedente vinculante:
✔️ La prisión preventiva no puede ser indefinida
✔️ Las demoras injustificadas vulneran derechos fundamentales
✔️ Los jueces pueden ser responsables por dilaciones INDEBIDAS.

👇Ver documento completo aquí:👇
https://drive.google.com/file/d/1Pq3uWemb1VOBn9qj7n_PhFAMR0-AkCHp/view?usp=sharing

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Hoy se público en nuevo cuadro de aranceles y tasas del Poder Judicial, les compartimos.https://www.bn.com.pe/tramites.....
05/01/2026

Hoy se público en nuevo cuadro de aranceles y tasas del Poder Judicial, les compartimos.
https://www.bn.com.pe/tramites.../tupa/poder-judicial.pdf

🔻 Cárcel Sustituida por Trabajo! La Corte Suprema Aplica Ley Penal Más Favorable (DL 1585) 🤯👉 Casación N.º 574-2023/ICA ...
13/12/2025

🔻 Cárcel Sustituida por Trabajo! La Corte Suprema Aplica Ley Penal Más Favorable (DL 1585) 🤯

👉 Casación N.º 574-2023/ICA y la Ultractividad Benigna ⚖️

La Corte Suprema de Justicia ha emitido una sentencia crucial que impacta directamente en la situación de muchas personas condenadas, al aplicar el principio de Ultractividad Benigna (aplicación de la ley más favorable al reo) en materia de conversión de pena.

1. La Regla de Oro: El Principio de Favorabilidad ✨
🔸Aplicación Inobjetable: La Corte Suprema determinó que, ante un conflicto de leyes penales en el tiempo, se aplica la más favorable al reo por imperio del Artículo 6 del Código Penal. Esto está en concordancia directa con los artículos 103 y 139, numeral 11, de la Constitución.
🔸Ultractividad Benigna: El delito del caso se cometió bajo una ley que limitaba la conversión de la pena a 4 años, pero se aplicó el nuevo Decreto Legislativo N.º 1585.

2. El Beneficio Directo: Conversión hasta 5 Años de Prisión 📈
🔸Antigua Ley (Ley 29499): La conversión de la pena privativa de libertad en prestación de servicios a la comunidad operaba solo para p***s no mayores de cuatro (4) años.
🔸Nueva Ley (DL 1585): Desde el 23 de noviembre de 2023, la conversión opera para p***s no mayores de cinco (5) años.

📢 ¡La Decisión Clave!
Si tu condena de pena privativa de libertad NO SUPERA los cinco (5) años, puedes solicitar que sea convertida a jornadas de prestación de servicios a la comunidad.
🔶En el caso analizado, la sentenciada recibió una pena efectiva de 4 años y 4 meses, y la Corte Suprema ordenó la conversión de esa pena a doscientos veintidós (222) jornadas de prestación de servicios a la comunidad.

3. El Límite: La Pena Impuesta no Puede ser Arbitraria 🛑
La Corte Suprema fue enfática: el principio de proporcionalidad no puede usarse para disminuir la pena por debajo de los límites legales (el sistema de tercios) si no existen factores legalmente reconocidos (como bonificación procesal, tentativa, o eximentes imperfectas).
🔶La pena final debe ser establecida conforme al Principio de Legalidad y luego, aplicar el beneficio de conversión si cumple el nuevo requisito de no superar los 5 años.

✴️¿Tú o un Familiar están Pasando por una Situación Similar?
Si tienes una condena de hasta 5 años y quieres explorar la conversión de pena para recuperar tu libertad, la jurisprudencia de la Corte Suprema te respalda.

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