31/01/2026
⚖️ ¿Varias concubinas? Todas tienen derecho a la pensión: La SCJN rompe el molde tradicional
Históricamente, la Ley del Seguro Social castigaba la coexistencia de relaciones: si un trabajador fallecido tenía dos o más concubinas, ninguna recibía la pensión. La Suprema Corte acaba de declarar este artículo como inconstitucional.
🏛️ TE EXPLICO:
La Segunda Sala determinó que la prohibición del artículo 130 de la Ley del IMSS vulnera el derecho a la protección de la familia y a la seguridad social.
El criterio: La existencia de múltiples relaciones de concubinato no es razón para negar el derecho.
La solución: El IMSS debe reconocer a cada persona que acredite la calidad de concubina y dividir el monto de la pensión por partes iguales entre ellas.
Diversidad familiar: La Corte reconoce que el modelo de familia no es único y que el Estado debe proteger a todas las personas que dependían del trabajador, sin importar su esquema de convivencia.
💡 ¿Por qué esto es noticia hoy?
Porque se acaba de consolidar como jurisprudencia obligatoria (Amparo en revisión 505/2023). Ninguna autoridad puede volver a usar el argumento de "exceso de concubinas" para dejar a alguien en el desamparo.