Tu asesor jurídico sin costó

Tu asesor jurídico sin costó Asesoría jurídica sin costo a grupos vulnerables y dignificación de Cuerpos Policiales !!!

18/02/2021

Conoce el funcionamiento de los órganos en materia CIVIL y FAMILIAR. Recuerda seguir todos las medidas de sanidad al visitar nuestras instalaciones. ➡️https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/wp-content/uploads/circular_CDMX-03-2021.pdf

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27/05/2020

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El Consejo de la Judicatura de la aprobó ampliar los efectos del “Plan de Contingencia para el " mediante el Acuerdo 25-17/2020.

El Acuerdo autoriza la ampliación de suspensión de labores y por consecuencia, la suspensión de plazos procesales en el , que inició el 18 de marzo, hasta el 15 de junio de 2020. Se reanudan labores el 16 de junio de 2020, salvo pronunciamiento del Consejo de la Judicatura de la .

🔴 Puedes revisar la información completa en nuestro portal institucional:https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/wp-content/uploads/ACUERDO_25_17_2020.pdf

Te compartimos algunos puntos importantes:

📌 Quedan exceptuados los órganos jurisdiccionales en materia Penal y del Sistema Procesal Penal Acusatorio, incluyendo Justicia para Adolescentes, la Unidad de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Provisional del Proceso, Unidades de Unidades de Gestión Judicial y de Gestión Judicial Especializadas.

📌 Para atender lo relacionado con las personas privadas de la libertad, protegiendo sus derechos fundamentales, se autoriza a los 4 órganos Jurisdiccionales en Materia de Ejecución de Sanciones Penales de la , ubicados en los Reclusorios Preventivos Norte y Sur, para pronunciarse conforme a derecho corresponda respecto de las peticiones que en su caso sean promovidas por las autoridades penitenciarias; y en cuanto a las órdenes de reaprehensión que se lleguen a cumplimentar, actúen
conforme a las necesidades del servicio.

📌 Se autorizó la modificación de los calendarios del Segundo Trimestre de 2020, del Turno de los Juzgados Civiles, Familiares y Penales de Primera Instancia, para el cumplimiento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de ; y del Segundo Trimestre de 2020, del Turno Extraordinario de los Juzgados Penales de Primera Instancia.

🔴 Puedes revisar la información completa en nuestro sitio web:https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/wp-content/uploads/ACUERDO_25_17_2020.pdf

📌 El establecerá guardias con el personal estrictamente necesario para continuar realizando las actividades administrativas inherentes a dicho centro y continuará con la operación del sistema electrónico y plataforma digital que permita realizar convivencias materno o paterno-filial a través de la modalidad de videollamada.

📌 Se mantendrá el servicio de la Línea Telefónica de Apoyo y Contención psicoemocional para las y los usuarios de la Coordinación de Intervención Especializada para Apoyo Judicial.

📌 Se reitera el compromiso del PJCDMX para la implementación de plataformas y uso de tecnologías para llevar a cabo audiencias a distancia por video conferencia o videollamada, convivencias que se llevan a cabo en el CECOFAM, y el otorgamiento de medidas de protección a que hace referencia la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de esta Ciudad, en términos
de los acuerdos dictados por el .

🔴Te compartimos el enlace para revisar el acuerdo completo:https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/wp-content/uploads/ACUERDO_25_17_2020.pdf

  y publico en general que tengan demandas en proceso o que estén por iniciar   !!!
27/05/2020

y publico en general que tengan demandas en proceso o que estén por iniciar !!!

Esto les puede servir queridos amigos !!!!   !!!
04/05/2020

Esto les puede servir queridos amigos !!!! !!!

25/03/2020

¿Qué establece la Ley Federal del Trabajo en caso de Contingencia Sanitaria? O bien llamada pandemia derivada del COVID-19 (corona virus)

En caso de ser decretada por el Gobierno Federal y se impidiera a los empleados realizar sus labores, el Artículo 42 bis 427 frac. VII, 429, 432 y demás relativos y aplicables a la Ley Federal del Trabajo establecen lo siguiente:

Se procederá a pagar a los trabajadores el equivalente a un día de salario mínimo general vigente ($123.22), por cada día que dure la contingencia, la cual no deberá sobrepasar el periodo de un mes.

En caso de exceder el período establecido, quedarán suspendidas las relaciones laborales sin la obligación de cubrir cuotas y salarios.

Al terminar la contingencia los trabajadores podrán reintegrarse a sus labores sin afectaciones.
Por lo tanto si eres adulto mayor, mujer embarazada, madre soltera con hijos menores de 12 años, tienes problemas de asma, SIDA, VIH, algún tipo de cirrosis, diálisis, Emodialisis, padre soltero con hijos menores de doce años o algún tipo de Cáncer o enfermedad que baje tus defensas es ilegal que te despidan o no te paguen durante toda esta cuarentena!!! Si tienes dudas contáctanos!!! En te
apoyamos y te respaldamos con la asesoría jurídica que necesitas !!!! Isaac Santiago Cañaveral Kris Iuris Cami Citlalli Santiago Raul Jimenez Salvador Sanchez Alquicira SP Esteban Miris Pb Juan Manuel Olvera Gonzalez !!!!

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