10/09/2020
Amparo en Revisión 750/2018
Una persona falleció y su pareja, con la que vivía en concubinato, reclamó la pensión por viudez ante el IMSS, sin embargo la pensión le fue negada porque el articulo 130 de Ley del Seguro Social limita ese derecho a las parejas integradas por hombre y mujer. El caso llegó a la Corte y se determinó que la norma es inconstitucional porque otorga la pensión sólo a parejas heterosexuales, lo cual es violatorio del derecho a la seguridad social; el principio de igualdad y no discriminación y el derecho de protección a la familia.
Consulta el expediente: bit.ly/2Q58lCp