01/06/2026
Dictamen de estados financieros del ejercicio fiscal 2025
En términos de la legislación vigente, el dictamen de estados financieros para efectos fiscales debe presentarse a más tardar el 15 de mayo del año inmediato posterior al ejercicio dictaminado. En este sentido, el pasado 15 de mayo venció el plazo para la presentación del dictamen correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
El dictamen de estados financieros constituye uno de los principales mecanismos de fiscalización previstos en el Código Fiscal de la Federación (CFF). A través de este instrumento, un contador público inscrito emite una opinión sobre la situación fiscal del contribuyente, con base en la revisión de sus estados financieros y del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
De conformidad con el artículo 32-A del CFF, están obligadas a presentar el dictamen fiscal las personas morales que en el ejercicio inmediato anterior declarado hayan obtenido ingresos acumulables superiores al monto previsto en dicha disposición, así como aquellas cuyas acciones se encuentren colocadas entre el gran público inversionista.
Asimismo, dicho precepto permite que ciertos contribuyentes ejerzan voluntariamente la opción de dictaminar sus estados financieros. No obstante, una vez manifestada dicha opción en la declaración anual, su presentación se convierte en una obligación; por ello, quienes optaron por dictaminar y no presentaron el dictamen dentro del plazo legal pueden enfrentar las mismas consecuencias que aquellos contribuyentes obligados por disposición expresa.
Los contribuyentes obligados que no cumplieron con la presentación se encuentran expuestos a las consecuencias previstas en los artículos 83, fracción X y 84, fracción IX del CFF, los cuales contemplan sanciones para quienes no presenten el dictamen fiscal o no lo presenten dentro del plazo legal, las cuales pueden ir de los $17,330.00 hasta $173,230.00.
En un entorno de creciente supervisión por parte del SAT, resulta recomendable que los contribuyentes verifiquen si se encontraban obligados a presentar el dictamen o si ejercieron voluntariamente dicha opción al presentar su declaración anual, ya que identificar oportunamente posibles incumplimientos permite evaluar alternativas de regularización y mitigar contingencias fiscales futuras.