Fiscal Consultancy de México S.C.

Fiscal Consultancy de México S.C. Después de haber visto como una gran cantidad de abogados se conducen de manera mecánica bajo el principio de nada por debajo o sobre la ley.

¿Debe ser considerada la materia fiscal como delincuencia organizada o como un peligro a la seguridad nacional? ¿Aplicar...
10/12/2022

¿Debe ser considerada la materia fiscal como delincuencia organizada o como un peligro a la seguridad nacional? ¿Aplicar prisión preventiva de oficio?

Respuesta corta: No.

Respuesta larga o justificación: En el contexto histórico, como una forma de retener las mafias y conducta criminales que dañan al estado en su acepción primaria y global que significan un auténtico peligro a cada nación se pactó entre países un derecho penal internacional, ver acuerdos de Austria, a condición que el estado no se convirtiera en un mafiosos más, en un ente igual al que pretende combatir luego es que se debía respetar:

Derechos humanos.

El principio de última ratio, es decir mínima intervención del derecho penal.

Se habría de identificar objetivamente las conductas que en realidad significarán un peligro a cada nación, y no usar impunemente el poder del estado para atacar o reprimir a ciertos colectivos, mucho menos para socavar garantías individuales. ¡No se puede pretender solucionar todos los problemas de un país con la represión, aplicando a rajatabla todo el poder punitivo del estado!

El regimen penal contra le delincuencia organizada, prisión de oficio se ha de entender como excepcional y no como la regla.

El artículo primero de la constitución mexicana, pone como el más alta valor a tutelar los derechos humanos, principio de pro persona, todos somos inocentes a menos que el estado nos pruebe lo contrario.

La prisión preventiva destruye, atenta contra el principio de inocencia, un individuo en tal situación no puede ejercer su derecho de defensa como si se encontrará en libertad, no hablemos de la ruina económica del procesado y su familia.

Las autoridades en México en un afán de combatir lo que no ha podido aplicando el derecho ordinario, procede inquisidoramente, arbitrariamente y de forma caprichosa a usar el régimen de excepción penal, aumentando el catálogo de delitos que ingresan a delincuencia organizada y aplicando prisión de oficio. El 50% de los presos están con prisión de oficio y sin recibir condena así durante años. Ningún país está en tan lastimosa situación.

De ahí a que la Corte Interamericana de Derechos humanos, haya condenado a Mexico por el uso genérico de política penal de excepción.

En materia fiscal ordinariamente el estado puede realizar facultades de comprobación, cobrar los impuestos determinados sin ningún tipo de juicio previo, bloquear cuentas bancarias y ahora suspender sellos o certificados electrónicos para impedir facturar. Con tal poder estatal el régimen penal de excepción resulta desmedido, resulta un proceder arbitrario, violatorio de derechos públicos subjetivos y del principio último ratio. ¡Infantil o estupido pretender ponderar materia fiscal con terrorismo por ejemplo!

La promulgación del ejecutivo y su camarilla legislativa, auntentico crimen organizado, socava derechos humanos, su decreto o reforma en materia fiscal no es solo inconstitucional sino incluso anticonstitucional pues ataca a la Carta Magna de los mexicanos.

Esta no es una posición política o punto de vista, es un razonamiento jurídico a la luz del derecho positivo. No atiende a tus gustos o preferencias.

Así que para un proceder de las autoridades con el régimen de excepción penal la medicina es la defensa jurídica ante las instancias de control constitucional.

El derecho tiene su fuente exclusiva en la naturaleza,  leyes autenticas, como la de gravedad, la termodinámica o movimi...
16/04/2021

El derecho tiene su fuente exclusiva en la naturaleza, leyes autenticas, como la de gravedad, la termodinámica o movimiento; dejadme usar una palabra rimbombante para esta postura y es: Iusnaturalismo.

Los gobiernos por medio de sus institucionales estatales reconoce estos principios naturales y se comprometen a salvaguardarlos en beneficio de los particulares; reproduciendo los mandatos en cuerpos normativos escritos, una palabreja más: derecho positivo.

Nosotros siempre respetaremos el derecho positivo que sea compatible con el natural, pero en caso de oponerse seremos irrespetuosos, irreverentes e implacables pues representa una norma espuria, demonios otra palabreja, malditas palabras que han secuestrado los conceptos.

A 30 años de regirse por los principios universales, de salir del mundo de la letra para desentrañar la autentica voluntad del legislador; hermenéutica y se acabaron las palabrejas.

Cenas con velietas para vos.

Larga vida a Fiscal: el imperio.

Fiscal, nuevamente vences a la autoridad en una contienda jurídica, logrando la nulidad lisa y llana del acto.Pero no pu...
26/11/2020

Fiscal, nuevamente vences a la autoridad en una contienda jurídica, logrando la nulidad lisa y llana del acto.

Pero no puedes evitar sentirte decepcionado cuando la sala de conocimiento concluye que ya no analizará el resto de tus agravios pues con el primer golpe asestado fue suficiente.

Bien, pues ahí una reforma fiscal anunciada.El nuevo gobierno que deja de perseguir al verdadero crimen y apuntalando en...
16/10/2019

Bien, pues ahí una reforma fiscal anunciada.

El nuevo gobierno que deja de perseguir al verdadero crimen y apuntalando en las leyes del odiado Fox y Cedillo, Ley de Seguridad Nacional y Ley Federal contra la Delincuencia Organizada respectivamente, decide incluir al sector empresarial; el mas vulnerable y con algunos recursos a despojar.

Tal vez la intensión del estado sea esa, aniquilar al empresario y manejar por completo la economía, al mas puro estilo hegeliano o marxista, ¿podrá o lo importante es constituir una burocracia en el poder?

La reforma aprobada por los "representantes del pueblo", se enmascara en la denominada cruzada contra los factureros, pero la realidad es que se dirige contra el contribuyente, veamos:

Será delincuencia organizada: El contrabando y el defraudador fiscal, ojo defraudador son las empresas, los factureros no pueden o deben pagar impuestos, pues su castigo es la no existencia. El mismo decreto reconoce que el facturaro comete un acto pero el contribuyente un resultado que daña al fisco. Con esto se da carta abierta para ir por los bienes del contribuyente.

Y por supuesto procede la prisión preventiva, para el caso de defraudación fiscal, otra vez el contribuyente; para el facturero solo que expida, venda, enajene; muchas hipótesis que le permiten autenticas salidas legales; al empresario no. ¿ o por qué no adicionar al Código de Procedimientos Penales como lo señala el CFF, al qué expida o enajene?, una coma por una "o" es una verdadero paraíso legal.

De sobra está que el 113 del CFF, el que adquiera facturas, se deroga, claro lo que importa es el empresario como defraudador, ¿limites?, si claro, pero ya sabemos que la autoridad fiscal es buenísima cuando de incrementar utilidades o base de impuestos, con la palabra mágica de la presunción.

Más el 256 fracción V del Código de Procedimientos Penales se reforma, para dar la posibilidad al facturero de ser perdonado y salir con una medalla de héroe, si refiere a quién beneficiaron las facturas que expidió, se conoce como criterio de oportunidad.

Más en la Gaceta parlamentaria los representantes de la chusma se despiden haciendo énfasis que las reforma será vigente a partir del 01 de enero del 2020 y deroga todas las demás disposiciones que se le opongan, salvo tratándose de factureros pues a éstos se les aplicará la ley mas benévola.

Ahí el atole con el dedo, duro contra el contribuyente, en virtud que al verdadero crimen organizado es imposible ordeñarle recursos.

Ahora señores contribuyentes tendrán que contar con abogado fiscal sí o sí.

- Autoridad determina crédito fiscal.- Interponemos defensa en contra de ilegal resolución.- Acusamos que la resolución ...
27/09/2018

- Autoridad determina crédito fiscal.
- Interponemos defensa en contra de ilegal resolución.
- Acusamos que la resolución carece de firma autógrafa.
- Autoridad cínicamente defiende el acto.
- La Sala analiza, y falla en nuestro favor.

¡No pasaran!

Goethe había precisado que gris es la teoría y verde el árbol de la práctica.Solo abrirás los ojos cuando percibas la na...
28/05/2018

Goethe había precisado que gris es la teoría y verde el árbol de la práctica.

Solo abrirás los ojos cuando percibas la naturaleza, ahí la verdadera ley.

Si el dragón es de nueve cabezas no has de cortar cabeza por cabeza, has de dirigir un golpe certero y quirúrgico al cor...
20/07/2017

Si el dragón es de nueve cabezas no has de cortar cabeza por cabeza, has de dirigir un golpe certero y quirúrgico al corazón, así el engendro se desplomara dejando de existir.

1.- IMSS perpetua bloqueo de cuentas como coronación a una serie de actos sistemáticos y abusivos en contra de un gobernado. Por más que imploro clemencia.

2.- El gobernado es informado de nuestra existencia, acude al Búnker en pro de protección.

3.- Tomamos el caso y de un solo golpe acabamos con todos los actos y quimeras varias de la autoridad. Abusos de autoridad en serie que en un acto son castigados con su muerte jurídica.

Fiscal Consultancy
El Imperio

27/06/2016
Una de el poder del estado embargando pensión por vejez.1.- El todo poderoso estado por conducto de su príncipe recaudad...
08/01/2016

Una de el poder del estado embargando pensión por vejez.

1.- El todo poderoso estado por conducto de su príncipe recaudador investido y ornamentado de imperio embarga una pensión por vejez.

2.- El beneficiario de la pensión, nuestro cliente hoy entrañable amigo, recurre a nuestro abrigo protector.

3.- Tan pronto sabemos del asunto, indignados pero con la cabeza fría, demandamos a la autoridad fiscal reprochando a manera de poema jurídico el arbitrario acto.

4.- inicia la contienda cada quien a su esquina, la autoridad aduce la existencia de un millonario crédito fiscal a su favor, nosotros respondemos que no nos interesan son justificaciones, pues nada le otorga potestad para arremeter contra una pensión que es equiparable a salario.

5.- resultado del primer asalto: El juzgado de distrito nos otorga la suspensión a efecto que cese el bloqueo de cuenta bancaria y se permita al gobernado disponer libremente de su pensión.

6.- Nuestro combate será quirúrgico, con nosotros no hay daños colaterales, primero dejamos en claro que la autoridad nunca más debe afectar una pensión.

7.- Después, después le tiramos su teatro del crédito fiscal, ¿cómo?, pues anulandolo.

La única vía para hacer justicia es mediante el respecto del derecho, que no es precisamente el escrito mas bien el no escrito, el natural ahí reside el secreto; todo ser humano en sus santos cabales ha de ser un bogado por ser una cuestión de naturaleza inherente.

Dirección

1600 Avenida Libertad #48, Pedregal De Carrasco
Coyoacan
04700

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Fiscal Consultancy de México S.C. publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Fiscal Consultancy de México S.C.:

Compartir