16/09/2026
En Honduras, un contrato aceptado por correo o mensaje puede obligarte igual que uno firmado en papel.
La Ley sobre Firmas Electrónicas reconoce la firma electrónica como equivalente a la manuscrita desde 2013.
Y desde 2020 la ley admite celebrar contratos por medios electrónicos cuando consta de manera fehaciente la voluntad de las partes: correos, mensajes de texto, grabaciones o aceptación electrónica de contratos.
Quedan fuera los actos que exigen solemnidades que no pueden cumplirse en documento electrónico y los asuntos del derecho de familia.
Si negociás precios, plazos o entregas por correo o WhatsApp, esos mensajes pueden formar contrato y servir de prueba. Revisá qué aceptás por escrito y guardá los respaldos: la regla también corre a tu favor cuando el que incumple es el otro.
¿Cerrás negocios por correo o por mensaje?
Contenido informativo; no constituye asesoría legal.