22/10/2025
🌿 ¡BUENAS NOTICIAS! 🌿
👉 El Estado ecuatoriano ha dispuesto la CONDONACIÓN de deudas hasta por USD 10.000,00, conforme la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Monetario y Financiero.
💬 ¿A quién beneficia esta medida?
A personas que mantienen deudas con:
🏦 BanEcuador
🏦 Corporación Financiera Nacional (CFN)
🏦 Banco del Pacífico
🏦 Entidades financieras públicas en proceso de liquidación
💡 ¿Qué tipo de créditos pueden ser condonados?
Solo los créditos calificados como incobrables o de dudoso recaudo, es decir, aquellos que ya no presentan posibilidad real de recuperación por parte de la entidad.
💰 Monto máximo del beneficio:
Hasta USD 10.000,00, incluyendo capital, intereses, multas, recargos, comisiones y otros valores pendientes.
⚖️ Base legal:
Esta condonación se encuentra establecida en el artículo 207.1 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Monetario y Financiero, recientemente publicada en el Registro Oficial, que autoriza a las entidades financieras públicas a extinguir este tipo de obligaciones bajo condiciones específicas.
📋 Importante:
🔹 La condonación aplicará solo a las operaciones que cumplan los requisitos fijados por la ley y su reglamentación.
🔹 No se trata de un proceso automático; cada caso deberá ser evaluado por la entidad correspondiente.
🔹 Próximamente, el Ejecutivo emitirá el Decreto Reglamentario que precisará el procedimiento para acceder a este beneficio.
🙌 Esta es una oportunidad para que muchas familias, pequeños emprendedores y productores puedan recuperar su estabilidad económica y seguir adelante.
📣 Comparte esta información — podrías ayudar a alguien a liberarse de una deuda injusta o incobrable.
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