05/06/2026
Nuestro representado mantenía una deuda de $26,000, la cual se logró liquidar mediante un pago de $19,000 diferido a un plazo de 6 meses, generando un ahorro de $7,000. El acuerdo se consolidó sin el cobro de intereses convencionales ni moratorios. Tras la cancelación total de lo convenido, se declaró la extinción de la obligación y se ordenó el levantamiento de la prohibición de enajenar sobre el bien inmueble de mi defendido.
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