04/09/2026
⚖️ La delgada línea entre opinar y difamar
Para los que andan desbocados en las redes escribiendo disparates, acabando con la moral de las personas y afirmando cosas que no les constan: la ignorancia es atrevida. y la ley la castiga.
El tema que esta en la palestra publica en estos momentos, nos da luz para aclarar que el que sale a desacreditar públicamente a una persona, no es un chisme cualquiera; es un delito penal y civil.
sumado a lo que muchos hacen en los comentarios, no es un chisme cualquiera. Es un delito penal y civil.
📖 El Artículo 44 de la Constitución protege el buen nombre.
📖 El Artículo 1382 del Código Civil obliga a reparar el daño causado: manchar la reputación ajena obliga a indemnizar.
📖 El Artículo 29 de la Ley 6132 penaliza usar redes o medios para difamar la honra ajena — tener "pruebas" no da derecho a ventilarlas públicamente, eso es trabajo de los tribunales. Y borrar pruebas no borra la infracción.
📖 El Artículo 2 de la Ley 1306-Bis contempla las injurias graves como causa de divorcio: humillar e imputar faltas en público da fundamento legal para accionar formalmente.
Mientras los jueces de teclado escriben más rápido de lo que piensan, la realidad es que esta exposición pública da base legal para contrademandar y exigir indemnización por daño moral.
📲 ¿Tienes dudas sobre difamación, injuria o cómo proteger tu imagen en redes? Escríbeme.
Jennifer Cabrera | Abogada Penalista | 809-928-6010