Bufete Colectivo Habana VIEJA

Bufete Colectivo Habana VIEJA Servicios Legales Especializados

21/02/2026

❓ ¿Sabes cuándo se cancelan los antecedentes penales en Cuba y si “caducan” automáticamente?

Una de las dudas más frecuentes es pensar que los antecedentes penales caducan por el simple paso del tiempo. Sin embargo, en la mayoría de los casos no se cancelan automáticamente, sino que deben solicitarse a instancia del propio sancionado y cumplir determinados requisitos legales.

📄 ¿Cuándo procede solicitar la cancelación de los antecedentes penales?

Después de cumplida la sanción, deben transcurrir los siguientes plazos según el tipo de sanción impuesta:
• 10 años: sanciones de privación de libertad de 10 años y un día a 30 años.
• 8 años: sanciones de 6 años y un día a 10 años.
• 5 años: sanciones de 3 años y un día a 6 años.
• 3 años: sanciones de 1 a 3 años.
• 1 año: cuando se trate de cualquier otra sanción.

⚖️ IMPORTANTE: El indulto, por sí solo, NO cancela los antecedentes penales, salvo que la disposición que lo conceda establezca expresamente ese efecto y tenga carácter definitivo.



ℹ️ Más información en https://cubatramite.com/cancelacion-de-antecedentes-penales/

21/02/2026

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21/02/2026

🏠 USUFRUCTO DE VIVIENDAS: Derechos, tipos y cómo convertirlo en propiedad
El Anteproyecto de la Ley de la Vivienda regula el usufructo de viviendas del Estado, estableciendo quiénes pueden acceder a este derecho y quienes pueden adquirir la propiedad.

¿QUÉ ES EL USUFRUCTO?
Es el derecho de usar y disfrutar una vivienda propiedad del Estado sin ser su dueño. El usufructuario vive en la vivienda, pero no puede venderla (aunque puede solicitar cambios de ocupación o arrendamiento).

¿QUIÉNES PUEDEN RECIBIR USUFRUCTO? (Art. 103.1)
Los Consejos de Administración municipal conceden usufructo a personas que:
💰 Bajos ingresos. Personas de las que resulta imposible deducir la mensualidad fijada, sin sacrificar sus necesidades básicas
📉 Insolvencia económica. Personas declaradas en estado de insolvencia
🤝 Asistencia social. Beneficiarias de la asistencia social que no pueden asumir el pago

Formalización (Art. 103.2): La Dirección de la Vivienda municipal mediante contrato formaliza el derecho de usufructo con las personas beneficiadas.
Mejora de ingresos (Art. 103.3): Si el usufructuario mejora sus ingresos, la Dirección de la Vivienda municipal modifica el estatus legal (puede pasar a arrendatario).

DERECHOS DEL USUFRUCTUARIO (Art. 104)
El usufructuario de vivienda propiedad estatal tiene los mismos derechos que los arrendatarios, especialmente:
✅ Cambiar de ocupación. Solicitar aprobación administrativa para cambiar a otro inmueble en régimen de usufructo, arrendamiento o propiedad
✅ Arrendar espacios. Solicitar aprobación administrativa para arrendar habitaciones o espacios de la vivienda.

¿CÓMO CONVERTIR EL USUFRUCTO EN PROPIEDAD?
El Anteproyecto establece dos vías para que usufructuarios y ocupantes adquieran la propiedad:

VÍA 1: USUFRUCTUARIOS ONEROSOS ANTERIORES A 1991 (Disposición Tercera)
¿Quiénes califican?
Personas que estén ocupando vivienda en concepto de:
• Usufructuarios onerosos.
• Ocupantes legítimos.
• Declarados arrendatarios o sus herederos.
Que acudieron a las Direcciones de Vivienda municipales en fecha posterior a febrero de 1991, o que ocupan viviendas en carácter de adquiriente al amparo de la Ley de Reforma Urbana.
Plazo: Tienen 5 años contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley para solicitar la transferencia de la propiedad ante la Dirección de la Vivienda municipal.
Si no solicitas a tiempo: Caducará el derecho quedando como arrendatarios de vivienda del Estado.

VÍA 2: USUFRUCTUARIOS GRATUITOS DE HABITACIÓN (Disposición Sexta)
¿Quiénes califican?
Los ocupantes de vivienda que en virtud de la Ley de Reforma Urbana fueron declarados:
• Usufructuarios Gratuitos.
• Usufructuarios Permanentes.
• Usufructuarios Estatutos de habitación.
Al amparo del Acuerdo 160 del Consejo Superior de la Reforma Urbana, cuando sus viviendas reúnen las condiciones de adecuadas.
Plazo: Tienen 5 años contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley para solicitar la transferencia de la propiedad en las Direcciones de la Vivienda municipal.
Si no solicitas a tiempo: Caducará el derecho quedando como arrendatarios de vivienda del Estado.
Importante: Los ocupantes cuyo usufructo gratuito de habitación conservan estas condiciones quedan como titulares del derecho de habitación.

RESUMEN: VÍAS PARA ADQUIRIR LA PROPIEDAD
1️⃣ Usufructuarios onerosos/ocupantes legítimos post-1991 → 5 años para solicitar propiedad (Disp. 3)
2️⃣ Usufructuarios gratuitos de habitación de Reforma Urbana → 5 años para solicitar propiedad (Disp. 6)

IMPORTANTE
⚠️ Los plazos de 5 años comienzan cuando entre en vigor la nueva Ley (después de su aprobación)
⚠️ Si no solicitas dentro del plazo, quedas como arrendatario de vivienda del Estado
⚠️ Si caduca el derecho, NO pierdes la vivienda, pero cambias de estatus a arrendatario

Base legal: Artículos 103-109 y Disposiciones Tercera, Sexta y Decimosegunda del Anteproyecto de Ley de la Vivienda 2026

¿Cómo participar en la consulta popular del Anteproyecto de la Ley General de la Vivienda?
Envía tus opiniones al correo electrónico: [email protected]
⏰ La consulta popular está abierta hasta el 28 de febrero de 2026.

👉 https://cubatramite.com/tramites-en-cuba/vivienda-en-cuba/

21/02/2026

🔇 El ruido de las motos no es "progreso": Es contaminación y tiene consecuencias legales.
Vivamos en el centro de la ciudad o en un municipio periférico, hay un sonido que se ha vuelto parte de nuestra banda sonora diaria: el estruendo de una moto con escape modificado. Para algunos es "estilo", para otros, es una carrera de obstáculos para dormir la siesta, concentrarse en el trabajo o simplemente conversar en el portal.
Pero más allá de una molestia personal, esta práctica se ha convertido en un problema de convivencia ciudadana que afecta a toda la comunidad. Y como todo lo que afecta a la sociedad, el Derecho tiene algo que decir al respecto.

🤷🏻‍♀️¿Es legal modificar el escape de una moto?🏍️

La respuesta corta es NO. Y no es una cuestión de "persecución" a los motoristas, sino de respeto al entorno común. El marco legal cubano establece límites para garantizar el bienestar de todos:

🛣️Código de Seguridad Vial: Prohíbe explícitamente circular con vehículos que produzcan ruidos anormales o que hayan sido manipulados para eliminar el silenciador. Circular así no es "más cool", es una infracción de tránsito.

🌳Ley del Medio Ambiente: Reconoce el ruido excesivo como una forma de contaminación. No la vemos, pero intoxica el ambiente y la paz de los barrios.

⚖️Código Civil: Consagra un principio básico de la vida en sociedad: el ejercicio de un derecho no puede ser abusivo ni causar daño a otro. Hacer ruido con una moto adulterada no es libertad; es un abuso que interrumpe el derecho al descanso de decenas de personas.

Este mensaje no es para crear división entre "los que tienen moto" y "los que no". La comunidad la formamos todos, y muchas veces quien conduce la moto ruidosa es el hijo de la vecina, el sobrino del bodeguero o el compañero de trabajo. Son parte de nuestro tejido social.Por eso, el llamado es a la responsabilidad colectiva:

📣Si eres conductor, pregúntate, ¿realmente necesitas que tu vehículo suene así? Circular con el escape original no te quita hombría ni estilo; te quita un problema. Te evitas una multa, la retención del vehículo y, lo más importante, te conviertes en un ciudadano que respeta a su propia comunidad.

📣Si eres familiar o amigo de un conductor, una conversación en casa puede más que mil quejas anónimas. Explícale que el "ruido feo" no es un detalle menor, es una infracción que puede traerle consecuencias legales y económicas.

📣Si eres un vecino afectado, no te calles, pero actúa con conciencia. El diálogo sigue siendo la primera herramienta. Si la situación persiste, existen vías legales y autoridades (Tránsito, CITMA) para canalizar la queja de forma cívica. No se trata de "acusar", sino de exigir el cumplimiento de las normas que nos protegen a todos.

En Bufetes Colectivos VC creemos que el Derecho no es solo para los grandes conflictos, sino para proteger la calidad de vida en lo pequeño de cada día. Una ciudad habitable se construye con gestos cotidianos: respetar el sueño del otro, no contaminar el ambiente con ruido y entender que la libertad de uno termina donde empieza la tranquilidad del vecino.

Si en tu comunidad este problema se ha vuelto insostenible y necesitas orientación sobre cómo actuar de forma legal y organizada, estamos aquí para asesorarte.

😅 😅 😅
21/02/2026

😅 😅 😅

Así es en efecto 😊👍💯 #

21/02/2026

¡Abrimos matrícula para el Taller Emprende presencial!

El taller comenzará el 23 de febrero en el horario de 9:00am a 1:00pm en la modalidad presencial.
⚠️ Es requisito imprescindible ser mayor de 18 años y no haberse graduado del taller anteriormente

⚠️
Solo los matriculados a través del enlace pueden pagar y pasar el curso

Los inscritos deberán realizar el pago de la matrícula el 23 de febrero de 9:00 am -1:00 pm en la sede del Proyecto.
👇👇👇
Centro Cultural Padre Félix Varela, ubicado en Tacón y Chacón (justo detrás de la Catedral de La Habana)

Puedes realizar tu inscripción a través del siguiente enlace 👇👇👇
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSd6D5vyOdtXJNZIwFgAQ4uW4tvCr0L2J3D31H9By1fnVAMjoQ/viewform?usp=publish-editor

Si quieres conocer un poco más del Taller Emprende, chequea esto 👇👇👇

https://proyectocubaemprende.org/blog/248

21/02/2026

🛵 ¿Repartes a domicilio o tienes un negocio con servicio de delivery? Esto👇🏻 te interesa😉

En Cuba es común verlo. Una persona reparte comida y otros productos para un negocio. El cliente le paga directamente. Y todo funciona. Hasta que algo sale mal. 🛵💥

Hoy queremos hablarte de una realidad que afecta a cientos de cubanos: la contratación informal de repartidores a domicilio. No para alarmar, sino para informar. Porque lo que no se conoce, no se puede reclamar ni proteger.

📌 ¿Qué está pasando?
Muchos negocios (MIPYMES o TCP) utilizan repartidores sin firmar ningún tipo de contrato. El repartidor recibe el pago directo del cliente y "se gana la comisión". En apariencia, es un trabajo libre e independiente.Pero jurídicamente, esto es más complejo de lo que parece.

🔍 ¿Cuándo una persona NO es realmente independiente?
Aunque no haya un papel firmado, el Código de Trabajo vigente permite presumir que existe una relación laboral real cuando el repartidor ejecuta su labor con conocimiento y sin oposición del empleador, lo cual es demostrable si:
✅ Trabaja de forma habitual para el mismo negocio.
✅ Está sujeto a horarios, turnos o indicaciones del dueño.
✅ Utiliza la plataforma, la imagen o los recursos del negocio para obtener los pedidos.
✅ Su ingreso depende de la organización que le asigna el trabajo.

Si esto ocurre, aunque te paguen en la mano y aunque no hayas firmado nada, legalmente eres un trabajador de ese negocio. Y como trabajador, tienes derechos.

⚠️ ¿Qué derechos pierdes cuando trabajas sin contrato?
Muchas personas aceptan esta modalidad porque "es la que hay" o porque "da libertad". Pero pocas veces se explican las consecuencias reales:
🔴 No cotizas para tu jubilación. El tiempo que trabajes así no contará para tu futura pensión. Es tiempo perdido legalmente.
🔴 Si te accidentas o enfermas, estás solo. No hay protección económica alguna por esa incapacidad temporal para trabajar. Tu medio de trabajo (tu bici, tu moto) es tu único respaldo.
🔴 Si te "despiden", no puedes reclamar. El dueño puede simplemente dejar de llamarte y tú no tienes cómo demostrar que trabajabas allí.
🔴 No puedes acreditar ingresos. Para pedir un crédito, para alquilar, para cualquier trámite que requiera demostrar tu solvencia, no tienes un papel que avale lo que ganas.

🤔¿Y el dueño del negocio? También asume riesgos😱
Para el propietario del negocio, esta práctica tampoco es segura:
❗ Está violando la legislación laboral vigente.
❗ No está protegiendo a quienes hacen posible su negocio, lo que a largo plazo afecta la sostenibilidad y la imagen de su emprendimiento.
❗ Si el trabajador decide reclamar, un tribunal podría reconocer la relación laboral y obligarlo a pagar todos los derechos que fueron evadidos: vacaciones, seguridad social, etc.

🤔¿Y el cliente? También corre riesgos😱
Cuando aceptamos que el repartidor trabaje "por fuera", sin contrato y con pago directo, pensamos que el único perjudicado es él. Pero como consumidor, tú también pierdes:
❓ ¿A quién reclamas si el producto llega dañado? El repartidor dice que no es su responsabilidad, el negocio dice que no es su trabajador. Te quedas en medio de la nada.
📍 ¿Quién responde por tus datos? Tu dirección y teléfono quedan en manos de una persona sin respaldo legal ni supervisión.
🛡️ ¿Dónde queda tu garantía? La cadena de responsabilidad se rompe y tu derecho a reclamar se esfuma.
⚖️Como consumidor, también tienes derecho a exigir que los negocios operen de forma legal y formal. Porque cuando todo es informal, todos perdemos: el repartidor, el negocio y tú.

🤷🏻‍♀️¿Qué podemos hacer?
En Bufetes Colectivos VC creemos que el primer paso para construir un entorno laboral más justo es conocer la ley.

👉 Si eres repartidor: Infórmate. Pregunta. No normalices la informalidad. Tu trabajo merece protección y dignidad.

👉 Si tienes un negocio: Formaliza. Contratar legalmente no es un gasto, es una inversión en tranquilidad y en el futuro de tu emprendimiento.

🤔¿Tienes dudas? ¿Quieres saber más?En nuestras oficinas te ofrecemos orientación legal sobre esta y otras situaciones cotidianas. Porque el Derecho también es para la vida real.

Somos , en defensa de tus derechos.

📸Generada con IA

21/02/2026

✈️ IMPORTANTE ACLARACIÓN: Autorización para tramitar pasaporte y autorización de viaje de un menor
En Cuba es muy común pensar que, CON la autorización para obtener un pasaporte y viaje de un menor, ya puede viajar.

👉 No es así.
📌 Estas son dos autorizaciones distintas, aunque en la práctica muchos notarios en Cuba incluyen ambas autorizaciones en un único documento, esto no cubre todos los supuestos ni todos los destinos.
• Una cosa es el permiso para obtener el pasaporte del menor.
• Otra distinta es la autorización de viaje al exterior.

⚠️ La autorización de viaje suele exigirse de forma expresa cuando:
🔹 El menor viaja a un país con requisitos específicos.
🔹 El permiso inicial solo fue otorgado para viajar con uno de los padres y luego cambia el acompañante.
🔹 El menor viaja con una tercera persona (no madre ni padre).

🌍 Además, algunos consulados extranjeros en Cuba suelen solicitar requisitos específicos para aceptar la autorización de viaje de un menor se indique de forma detallada:

✅ Por ello, no existe una autorización “universal” válida para todos los países. Los requisitos pueden variar según el destino. Siempre es recomendable verificar los requisitos del país al que viajará el menor y no asumir que la autorización que ya se tiene cubre todos los supuestos.

Más información en los comentarios 👇

21/02/2026

Taller de apoyo psicosocial a través del psicodrama a personas trans

👉Dirigido a :
Estudiantes universitarios trans.

📅 Sábado, 28 de Febrero
⏰ 9:00am-4:00pm
📍Centro de Estudios de Bienestar Psicológico (calle 19 e/Ly K, #156, Vedado, La Habana)
🚨Inscripción gratuita.
Modalidad presencial.

📞Para participar, contactar al:
55996628

Dirección

Aguacate 502 ESquare A Muralla
Havana

Horario de Apertura

Lunes 08:30 - 17:00
Martes 08:30 - 17:00
Miércoles 08:00 - 17:00
Jueves 08:30 - 17:00
Viernes 08:30 - 17:00

Teléfono

+5378632176

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