09/05/2026
𝐀𝐧̃𝐨 “𝐂𝐚𝐫𝐜𝐞𝐥𝐚𝐫𝐢𝐨”
El día de ayer, la Presidenta de Costa Rica anunció la firma de un documento, asegurando que el año penitenciario pasaría a ser de 360 días.
Sin embargo, eso ya ocurre en Costa Rica desde hace más de treinta años.
Cuando escuché el anuncio, decidí investigar un poco, porque desde que inicié a estudiar Derecho, era de 360 días. Lo más viejito que encontré fue de 1993, la sentencia n.° 0521-1993 de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia ya aplicaba expresamente el cómputo penitenciario sobre la base de 360 días.
La resolución literalmente señala:
“...consideramos que el año de prisión equivale a 360 días…”
Es decir, hace más de tres décadas la Sala Tercera ya utilizaba exactamente el mismo criterio que ahora se presenta públicamente como una supuesta novedad. Treinta y tres años no es un detalle menor. Estamos hablando de un criterio aplicado por los tribunales costarricenses desde el siglo pasado.
Por eso resulta francamente absurdo presentar esto como una gran transformación del sistema penitenciario. El año penitenciario de 360 días ya era aplicado por los tribunales costarricenses cuando muchas de las figuras políticas que hoy pretenden anunciarlo como novedad eran niños.
En otras palabras, se intentó vender como “reforma histórica” algo que el sistema penal costarricense reconoce y utiliza desde el siglo pasado.
Adjunto un extracto de la resolución mencionada.