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14/03/2024

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02/03/2024

En materia de tránsito y en órdenes de comparendo la honorable Corte Constitucional indica

El comparendo es una citación de carácter policivo, para que el presunto infractor concurra a una audiencia ante la autoridad competente. No se trata de un medio de prueba, pues no constituye un documento idóneo para demostrar la ocurrencia de los hechos y es en la audiencia pública ante la autoridad de tránsito que se decretarán y practicarán las pruebas que sean conducentes y se sancionará o absolverá al inculpado.

Frente al diligenciamiento del formato ante la comisión de una contravención detectada por el sistema de ayudas tecnológicas, la entidad señaló que corresponde a la autoridad de tránsito enviar por correo y/o correo electrónico, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la validación del comparendo, copia del mismo y sus soportes al propietario del vehículo y a la empresa a la cual se encuentra vinculado, en el evento de que se trate de un vehículo de servicio público

30/01/2024

Más que una reforma a la justicia, en este país están dadas las circunstancias, para que sea convocada una Asamblea Constituyente con el objeto de reformar estructuralmente la constitución, y todos los entuertos jurídicos de los poderes. Pero adivinen:
A pesar de que la constitución política de Colombia, dice que la soberanía reside en el pueblo, y que éste, la ejercerá de manera directa o a través de sus representantes; esto es falso ¿saben por qué?

Dentro de la construcción jurídica colombiana, el pueblo, no puede convocar a una Asamblea Constituyente, porque, tiene que pedirle permiso al congreso, a ver si ellos se apiadan de quienes los eligieron (el pueblo) y lo autorizan.

El pueblo no puede revocar un mandato constitucional de ningún otro funcionario público, que no sea, alcalde o gobernador. Es decir, no podemos revocar al presidente, al contralor, al procurador, al fiscal, a magistrados, a congresistas, ni a ningún otro funcionario. En caso de actos arbitrarios y grotescos, por parte de estos funcionarios, contrarios a la constitución y al pueblo, no podemos decirles que se vayan.

La reforma a la justicia que se ha propuesto, es un simple paño de agua caliente, para atender un cáncer que ya hizo metástasis.

La encerrona jurídica, en la que por más de 200 años nos han sumido las oligarquías de este país, nos tiene con una camisa de fuerza para evitar que hagamos propuestas que apoyen el progreso y el desarrollo del pueblo, porque son ellos quienes tienen el monopolio de decirnos cómo es que debemos vivir.

Colombia es un país, donde la expresión popular, es controlada por quién el mismo pueblo elige.

Es un país, dónde se le cercena el derecho a sus ciudadanos, poder a través del mecanismo de recolección de firmas, organizarse por sí mismos, y exigir los cambios que el momento histórico amerita, pero que los intereses de unos pocos, no permiten.

Somos un ganado que solo pone votos y que no puede tener iniciativa.

Fiscal ANGELICA MONSALVE.

12/08/2023

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Sanción moratoria por la no consignación de las cesantías.La sanción moratoria no es automática, por lo que el juez debe...
25/05/2023

Sanción moratoria por la no consignación de las cesantías.

La sanción moratoria no es automática, por lo que el juez debe constatar si el demandado suministró elementos de persuasión que acrediten una conducta provista de buena fe y que para alegar la misma, es pertinente reiterar que ésta equivale al obrar con lealtad, rectitud y de manera honesta, en contraposición a obrar de mala fe, puesto que quien actúa así, pretende obtener ventajas o beneficios sin una suficiente dosis de probidad o pulcritud.

Ver: Sentencia Nº 76-520-31-05-003-2016-00348-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 24-02-2023

del trabajador laboral laboral

23/05/2023

A juicio proceso que cursa en contra de Álvaro Uribe Vélez

Si conocen a esta persona, en Abogados Online COL le prestaremos la asesoría jurídica de manera gratuita, como compromis...
10/05/2023

Si conocen a esta persona, en Abogados Online COL le prestaremos la asesoría jurídica de manera gratuita, como compromiso social.

EMPLEADOS DE UNA FUNDACIÓN BANCARIA DE EL ESPINAL LE COBRARON A UNA MUJER EN SU TRABAJO Y LE HICIERON PERDER SU EMPLEO

// Tras 20 días de atraso en su deuda los empleadores con tremendo show decidieron ir a cobrar a la empresa...Le hicieron perder el trabajo a una mujer

Empleados de una reconocida fundación bancaria que presta dinero a mujeres en el Espinal, decidieron ir a la empresa en donde laboraba su cliente a cobrarle la cuota por 20 días de mora, las funcionarias con amenazas de embargo, pérdidas de bienes y con tremendo show, le dijeron a la deudora que pagará de inmediato la deuda pendiente.

El 'patrón' al observar ese episodio, decidió no darle más trabajo a su empleada, pues según el, esa clase de espectáculos no se pueden permitir en la empresa .

La morosa le suplico a las funcionarias que por favor este tipo de situaciones no lo tratarán en la empresa, debido a que tuvo una situación económica que no lo esperaba, en donde su respuesta arrogante fue "No nos vamos hasta que no cancele la cuota".

Las funcionarias del banco decidieron llamar a los agentes de policía para llegar aún acuerdo , pero los uniformados le recordaron el artículo 28 de la Constitución Política de Colombia.

Al final del episodio las empleadas del banco se marcharon sin cuota y la mujer que laboraba para pagar la misma perdió su empleo, el dueño de la empresa decidió no darle más trabajo.

Esperamos asesoría con el fin de mirar si la actuación de las funcionarias del banco era la adecuada, como también el actuar del jefe que sacó a su empleada por la situación presentada.

Imagen - Tomada de Internet

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𝑷𝒆𝒓𝒊ó𝒅𝒊𝒄𝒐 🗞 𝐄𝐋 𝐄𝐒𝐏𝐈𝐍𝐀𝐋
En el 2023 seguimos 𝑻𝒓𝒂𝒃𝒂jando 𝒑𝒐𝒓 𝒏𝒖𝒆𝒔𝒕𝒓𝒐 𝑬𝒔𝒑𝒊𝒏𝒂𝒍, 𝑬𝒍 𝑬𝒔𝒑𝒊𝒏𝒂𝒍 𝒅𝒆 𝒕𝒐𝒅𝒐𝒔!!!

09/05/2023

en en su Ciclo de conferencias “Nuevas Fronteras Jurídicas” donde se hablará sobre el "Análisis de la responsabilidad por el mando y su aplicación en la justicia transicional colombiana". Bienvenidos

https://www.youtube.com/watch?v=g5EBf_aig_g

CORTE ADVIERTE QUE LA CALIFICACIÓN DE LA PÉRDIDA DE CAPACIDAD LABORAL ES UN DERECHO QUE TIENE TODO CIUDADANO.https://gof...
25/04/2023

CORTE ADVIERTE QUE LA CALIFICACIÓN DE LA PÉRDIDA DE CAPACIDAD LABORAL ES UN DERECHO QUE TIENE TODO CIUDADANO.

https://goferediciones.com/sentencia-t-250-de-2022/

En Abogados Online COL estamos para brindarte la mejor asesoría legal del mercado.

20/04/2023

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